sábado, 25 de noviembre de 2017

#SCJN - TESIS - Visita domiciliaria; Depósitos en efectivo; Comprobantes fiscales; Actos negativos por abstención con efectos positivos.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 24 de febrero de 2017


M A T E R I A    F I S C A L


Visita domiciliaria; Carta invitación, depósitos en efectivo; Pequeños contribuyentes; Multa omisión en entero de contribuciones; Criterio no vinculativo; Comprobantes fiscales, "descripción del servicio"; Sobreseimiento en el JCAF; JCAF Vs actos negativos por abstención con efectos positivos.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN) dio a conocer el pasado día 24 de febrero de 2017, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA FISCAL, de donde destacan los siguientes precedentes:


  • VISITA DOMICILIARIA. EL ARTÍCULO 44, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL PREVER QUE LA IDENTIFICACIÓN DE LOS VISITADORES DEBE EFECTUARSE DESPUÉS DE QUE SE NOTIFIQUE LA ORDEN CORRESPONDIENTE, GARANTIZA EL DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO.
  • RESOLUCIÓN QUE RECAE A LA SOLICITUD DE PRECISIÓN DEL CONTENIDO DE UNA CARTA INVITACIÓN EMITIDA PARA ACLARAR LA SITUACIÓN FISCAL DEL CONTRIBUYENTE CON MOTIVO DE LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO A UNA CUENTA BANCARIA. TIENE EL CARÁCTER DE DEFINITIVA PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD, CUANDO LO VINCULA A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y A EFECTUAR, EN SU CASO, EL ENTERO CORRESPONDIENTE (LEGISLACIÓN ABROGADA).
  • PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. LAS TABLAS PREVISTAS EN LOS ACUERDOS QUE APRUEBAN LAS CUOTAS FIJAS BIMESTRALES DE LOS EJERCICIOS FISCALES DE 2010 A 2013, APLICABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS INSCRITAS EN ESE RÉGIMEN EN EL ESTADO DE MICHOACÁN, AL INCLUIR EN SU PRIMER RENGLÓN A QUIENES OBTENGAN INGRESOS DE CERO PESOS, TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
  • MULTA POR LA OMISIÓN EN EL ENTERO DE CONTRIBUCIONES. EL ARTÍCULO 77, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL PREVER SU INCREMENTO, TRANSGREDE EL ARTÍCULO 23 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
  • CRITERIO NO VINCULATIVO 27/ISR/NV, CONTENIDO EN EL ANEXO 3 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE ENERO DE ESE AÑO. AL NO SER SUSCEPTIBLE DE GENERAR, POR SÍ, UNA AFECTACIÓN AL PARTICULAR, DADO SU CARÁCTER ORIENTADOR, ES IMPROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN EN SU CONTRA.
  • COMPROBANTES FISCALES. LA "DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO" A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 29-A, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, DEBE CONSTAR EN ELLOS Y NO EN UN DOCUMENTO DISTINTO, A EFECTO DE DEMOSTRAR QUE LOS GASTOS QUE AMPARAN SON ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES PARA LOS FINES DE LA ACTIVIDAD DEL CONTRIBUYENTE Y, POR ENDE, ACREDITABLES PARA SU DEDUCCIÓN.
  • SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SI PARA DECRETARLO LA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA SE SUSTENTA EN UNA TESIS AISLADA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, AUN CUANDO PREVIAMENTE HUBIERA ADMITIDO A TRÁMITE LA DEMANDA CON FUNDAMENTO EN UN DIVERSO CRITERIO AISLADO DEL PROPIO ALTO TRIBUNAL, NO CONTRAVIENE EL ARTÍCULO 217 DE LA LEY DE AMPARO.
  • JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PROCEDE CONTRA ACTOS NEGATIVOS POR ABSTENCIÓN CON EFECTOS POSITIVOS.


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