martes, 26 de diciembre de 2017

#SCJN - TESIS - Autotransporte; CFE; Reconsideración en la LFCE; Modelo de costos de interconexión móvil; Agente Aduanal Sustituto.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 17 de febrero y 03 de marzo de 2017


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A


Autotransporte; CFE; Rec de Reconsideración art 39 LFCE; Modelo de costos de interconexión móvil; Indemnización por daños y perjuicios Ley de Justicia Administrativa Edo de Tabasco; Baja del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; Agente Aduanal sustituto; Litisconsorcio pasivo necesario.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN) dio a conocer el pasado día 17 de febrero y 03 de marzo de 2017, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, donde destacan los siguientes precedentes:


  • VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE. LA SUSTITUCIÓN DE LOS LARGUEROS O TRAVESAÑOS ORIGINALES POR OTROS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA, HACE QUE EL CHASIS PIERDA SU CARÁCTER ESENCIAL Y, POR TANTO, NO PUEDA CONSIDERARSE DE FABRICACIÓN NACIONAL.
  • COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS QUE REALIZA CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD, SIEMPRE QUE EL CONTRATO RESPECTIVO, SE HAYA CELEBRADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE SU REGLAMENTO.
  • RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA. AL OPERAR EL SISTEMA DE LITIS ABIERTA, CUANDO SE INTERPONE CONTRA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE PODER SUSTANCIAL EN UN MERCADO RELEVANTE, PUEDEN REITERARSE LOS ARGUMENTOS MANIFESTADOS CONTRA EL DICTAMEN PRELIMINAR, ABUNDAR EN ELLOS, TRATAR DE MEJORARLOS O EXPONER OTROS NOVEDOSOS (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 6 DE JULIO DE 2014).
  • MODELO DE COSTOS DE INTERCONEXIÓN MÓVIL PARA EL PERIODO 2012-2014. ES LEGAL QUE LA EXTINTA COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES HAYA USADO EL CONCEPTO DE "OPERADOR HIPOTÉTICO EFICIENTE" PARA DETERMINAR LAS TARIFAS CORRESPONDIENTES.
  • INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS PREVISTA EN LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO DE TABASCO. LA AFECTACIÓN QUE LA ORIGINA DEBE ACREDITARSE INCIDENTALMENTE, UNA VEZ QUE CAUSE ESTADO LA SENTENCIA EN LA QUE SE DECLARE LA ILEGALIDAD DEL ACTO IMPUGNADO.
  • BAJA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS. EL BENEFICIO DE LA CONDENA CONDICIONAL OTORGADO A UN MILITAR SENTENCIADO PENALMENTE PERMITE INICIAR EL PROCEDIMIENTO RELATIVO EN SU CONTRA, AL IMPEDIRLE CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES CASTRENSES POR CAUSAS NO IMPUTABLES A LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.
  • AGENTE ADUANAL SUSTITUTO. SI PRETENDE QUE SE LE EXPIDA UNA PATENTE DE TITULAR, DIVERSA A LA DEL AGENTE QUE PODÍA SUSTITUIR, DEBE CUMPLIR TODOS LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 159 DE LA LEY ADUANERA, INCLUIDO EL DE APROBAR EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS A QUE SE REFIERE SU FRACCIÓN IX, AUN CUANDO AFIRME HABER PRESENTADO EL DIVERSO PARA EL CARGO QUE OSTENTA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013).
  • LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO. NO SE ACTUALIZA CUANDO, CONFORME A SU GRADO DE PARTICIPACIÓN, SE SANCIONA A DIVERSAS PERSONAS POR LA COMISIÓN DE UNA PRÁCTICA MONOPÓLICA ABSOLUTA (LEGISLACIÓN ABROGADA).




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