miércoles, 1 de agosto de 2018

#SCJN - TESIS - Multa judicial; Adultos mayores; Detención ilegal; Revisión en Amparo.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S  C  J  N


Tesis y Jurisprudencias del 11 de agosto de 2017


M A T E R I A    C O M Ú N


Revisión en Amparo; Medios de prueba en el proceso penal acusatorio y oral; Detención ilegal, tortura e incomunicación del sentenciado; Conceptos de violación inoperantes en el Amparo; Compurgación simultánea de la pena de prisión; Adultos mayores; Amparo contra leyes; Suspensión provisional; Multa judicial; Tribunales Colegiados de Circuito auxiliares.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, publicadas el pasado día 11 de agosto de 2017, donde sobresalen los siguientes rubros:



  • REVISIÓN EN AMPARO. CARACTERÍSTICAS DEL PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS OTORGADO A FAVOR DE UN APODERADO LEGAL, PARA QUE ÉSTE PUEDA DESISTIRSE DEL RECURSO RELATIVO EN NOMBRE DE QUIENES REPRESENTA (LEGISLACIONES FEDERAL Y DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).
  • MEDIOS DE PRUEBA EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL. SU EXCLUSIÓN DENTRO DE LA AUDIENCIA CELEBRADA EN LA ETAPA INTERMEDIA, POR REGLA GENERAL, NO ES UN ACTO DENTRO DE JUICIO DE EJECUCIÓN IRREPARABLE.
  • DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES Y SU ENVÍO A LA AUTORIDAD HACENDARIA. EN EL AMPARO PROMOVIDO CONTRA LA APLICACIÓN DE LOS PRECEPTOS QUE LOS PREVÉN, PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL -ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO- VIGENTE EN 2014).
  • DETENCIÓN ILEGAL, TORTURA E INCOMUNICACIÓN DEL SENTENCIADO EXPUESTOS COMO VIOLACIONES PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. CONDICIONES PARA SU ESTUDIO EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL.
  • CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES EN EL AMPARO DIRECTO EN MATERIA PENAL. LO SON AQUELLOS QUE TIENEN POR OBJETO QUE SE EXCLUYAN MEDIOS DE PRUEBA DERIVADOS DE LA ILEGAL DETENCIÓN, TORTURA E INCOMUNICACIÓN DEL SENTENCIADO, SI ÉSTOS NO SE DESAHOGARON COMO PRUEBA EN LA ETAPA DE JUICIO DEL SISTEMA DE JUSTICIA ACUSATORIO Y, POR TANTO, NO FUERON EL FUNDAMENTO PARA DECLARAR EN LA SENTENCIA LA EXISTENCIA DEL DELITO Y LA RESPONSABILIDAD PENAL.
  • COMPURGACIÓN SIMULTÁNEA DE LA PENA DE PRISIÓN. SI EL SENTENCIADO PROMUEVE EL INCIDENTE RELATIVO SIN ANEXAR LAS DOCUMENTALES OFERTADAS EN SU ESCRITO INICIAL, LAS QUE SON INDISPENSABLES PARA RESOLVERLO, Y EL JUEZ OMITE INFORMAR DICHA CIRCUNSTANCIA A AQUÉL Y A SU DEFENSOR, ELLO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE AMERITA SU REPOSICIÓN.
  • ADULTOS MAYORES. AL PERTENECER A UN GRUPO VULNERABLE QUE LOS INCLUYE EN UNA CATEGORÍA SOSPECHOSA, OPERA EN SU FAVOR LA SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE CONFORME AL ARTÍCULO 79, FRACCIONES VI Y VII, DE LA LEY DE AMPARO.
  • ADHESIÓN DEL ESTADO MEXICANO A LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES. CONTRA LA OMISIÓN O ABSTENCIÓN DEL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL DE LLEVARLA A CABO ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
  • AMPARO CONTRA LEYES. PROCEDE EL REQUERIMIENTO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA CUANDO EN EL INFORME JUSTIFICADO SE PRECISA LA NORMA REALMENTE APLICADA AL QUEJOSO EN EL CÁLCULO DEL IMPUESTO PREDIAL, DIVERSA A LA SEÑALADA EN EL ESCRITO INICIAL.
  • SUSPENSIÓN PROVISIONAL. NO PROCEDE CONCEDERLA PARA EL EFECTO DE PARALIZAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD INSTAURADO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL RESPECTO DE UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN INMOBILIARIA, Y PARA QUE NO SE DICTE LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA.
  • COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA LA EJECUCIÓN -POR VICIOS PROPIOS- DE UNA MULTA JUDICIAL, EFECTUADA POR LA DIRECCIÓN PARA EL COBRO DE MULTAS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. CORRESPONDE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.
  • TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO AUXILIARES. NO PUEDEN DECLARARSE INCOMPETENTES POR RAZÓN DE LA MATERIA [ABANDONO DE LA TESIS 2a. XI/2012 (10a.) (*)].




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