sábado, 20 de junio de 2020

#SCJN - TESIS - Art 182 de la Ley de Amparo; Pasaporte, negar expedición a niñas, niños y adolescentes por impedimento administrativo; Pensión por viudez; Prescripción de la pretensión punitiva; Tortura; Términos judiciales.






SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN



S   C   J   N



M A T E R I A   C O N S T I T U C I O N A L



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de marzo de 2019



Términos judiciales; Tortura; Prescripción de la pretensión punitiva de delitos perseguidos por querella; Pensión por viudez; Pasaportes, negar expedición a niñas, niños y adolescentes por impedimento administrativo; Art 182 de la Ley de Amparo.





La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 22 de marzo de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes:





  1. TÉRMINOS JUDICIALES. EL ARTÍCULO 136 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE DURANGO, AL REDUCIR EL ÚLTIMO DÍA DEL VENCIMIENTO DE AQUÉLLOS A LAS QUINCE HORAS, VULNERA EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 17 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y 8, NUMERAL 1, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, POR LO QUE DEBE DESAPLICARSE DICHA PORCIÓN NORMATIVA.
  2. TORTURA. ES INNECESARIO ORDENAR EN EL AMPARO DIRECTO LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA QUE SE INVESTIGUE ESE TIPO DE ACTOS COMO VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS, SI SE ACTUALIZAN VIOLACIONES PROCESALES QUE DAN LUGAR A PRESCINDIR DE LA CONFESIÓN DEL QUEJOSO O ALGÚN OTRO ACTO AUTOINCRIMINATORIO.
  3. PRESCRIPCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA DE DELITOS PERSEGUIDOS POR QUERELLA. DEBE EXAMINARSE CON BASE EN EL PRECEPTO VIGENTE EN LA ÉPOCA EN QUE ÉSTE SE CONSUMÓ, POR SER CONFORME AL CUAL INICIÓ EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE, SIN QUE SEA APLICABLE RETROACTIVAMENTE EN BENEFICIO DEL INCULPADO LA REFORMA QUE REDUCE ESE TÉRMINO, CUANDO CONCURRAN DERECHOS DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
  4. PENSIÓN POR VIUDEZ. EL ARTÍCULO 14, FRACCIÓN I, INCISO A), DEL RÉGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES ANEXO AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, BIENIO 2011-2013, DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, AL ESTABLECER PARA SU OTORGAMIENTO MAYORES REQUISITOS AL VARÓN QUE A LA MUJER, VIOLA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE IGUALDAD JURÍDICA Y NO DISCRIMINACIÓN, PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 1o. Y 4o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
  5. PASAPORTES. NEGAR SU EXPEDICIÓN A LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES POR LA EXISTENCIA DE UN IMPEDIMENTO ADMINISTRATIVO REGISTRADO EN CONTRA DE ALGUNO DE SUS PADRES O TUTORES, CONSTITUYE UN ACTO QUE TRASCIENDE INJUSTIFICADAMENTE A SU DERECHO FUNDAMENTAL AL LIBRE TRÁNSITO.
  6. AMPARO DIRECTO. EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 182 DE LA LEY DE AMPARO NO VULNERA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA.







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