miércoles, 24 de marzo de 2021

#SCJN - TESIS - Acción reivindicatoria; Incidente de liquidación de sentencia; Pensión compensatoria asistencial; Pensión compensatoria asistencial y resarcitoria; Usucapión en la vía sumaria.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    C I V I L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 13 de diciembre de 2019


Usucapión en la vía sumaria; Pensión compensatoria asistencial y resarcitoria; Pensión compensatoria asistencial; Incidente de liquidación de sentencia; Acción reivindicatoria. 




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 13 de diciembre de 2019, donde sobresalen los siguientes precedentes: 




  • USUCAPIÓN EN LA VÍA SUMARIA. EL ALLANAMIENTO DE LA DEMANDADA SÓLO GENERA QUE SE PRONUNCIE SENTENCIA, MAS NO QUE LA ACTORA QUEDE RELEVADA DE ACREDITAR LOS HECHOS CONSTITUTIVOS DE SU ACCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
  • PENSIÓN COMPENSATORIA ASISTENCIAL Y RESARCITORIA. TIENEN PRESUPUESTOS Y FINALIDADES DISTINTAS.
  • PENSIÓN COMPENSATORIA ASISTENCIAL. ELEMENTOS QUE DEBE ATENDER EL JUEZ PARA QUE SU MONTO Y MODALIDAD RESPETEN EL DERECHO DE ACCESO A UNA VIDA DIGNA.
  • INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA. ES NECESARIO SUSTANCIARLO CUANDO SE RECLAMA EL PAGO DE PRESTACIONES EN MONEDA EXTRANJERA.
  • ACCIÓN REIVINDICATORIA. CUANDO SE DECLARE SU IMPROCEDENCIA, EL ACTOR NO PIERDE LA PROPIEDAD Y POSESIÓN DE LA COSA EN CONTROVERSIA POR ESE SOLO HECHO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 627 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

#SCJN - TESIS - Honorarios profesionales; Prueba pericial en genética molecular.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A     C O N S T I T U C I O N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 10 de enero de 2020


Prueba pericial en genética molecular; Honorarios profesionales.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 10 de enero de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes rubros: 




  1. PRUEBA PERICIAL EN GENÉTICA MOLECULAR. LA CONDUCTA EVASIVA DEL DEMANDADO PARA SU DESAHOGO, CONTRARÍA EL PRINCIPIO DE LEALTAD PROCESAL Y VULNERA EL DERECHO DEL MENOR DE EDAD PARA CONOCER SU IDENTIDAD PARENTAL.
  2. HONORARIOS PROFESIONALES. AUNQUE LA ACTORA POR SU CONDICIÓN DE GÉNERO (INDÍGENA) ARGUMENTE QUE SU CLIENTE NO LE HAYA CUBIERTO LA CONTRAPRESTACIÓN PACTADA POR SU ACTIVIDAD PROFESIONAL DESARROLLADA, LA AUTORIDAD JUDICIAL PUEDE REDUCIR OFICIOSAMENTE EL IMPORTE DE AQUÉLLOS, AL CONSIDERARLOS UNA EXPLOTACIÓN DEL HOMBRE POR EL HOMBRE.

martes, 23 de marzo de 2021

#SCJN - TESIS - Acto de autoridad para efectos del Juicio de Amparo; Alegatos en el Amparo Directo; "Protocolo para la legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes"; MP de la Federación adscrito a la autoridad de Amparo; Suspensión definitiva en el Juicio de Amparo; Vista a que se refiere el segundo párrafo del art 64 de la Ley de Amparo.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    C O M Ú N


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 03 de enero de 2020


Vista a que se refiere el segundo párrafo del art 64 de la Ley de Amparo; Suspensión definitiva en el Juicio de Amparo; Publicidad de resoluciones de los Tribunales Colegiados de Circuito sobre Constitucionalidad o convencionalidad de una norma general; MP de la Federación adscrito a la autoridad de Amparo; Competencia por territorio para conocer del Juicio de Amparo indirecto por violación al Derecho de Petición; "Protocolo para la legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes"; Alegatos en el Amparo Directo; Acto de autoridad para efectos del Juicio de Amparo.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 03 de enero de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. VISTA A QUE SE REFIERE EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 64 DE LA LEY DE AMPARO. ES INNECESARIO QUE SE OTORGUE SI LA IMPROCEDENCIA PARCIAL DEL JUICIO NO IMPIDE EL ANALISIS INTEGRAL DE LA LITIS CONSTITUCIONAL PLANTEADA.
  2. SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA APLICACIÓN Y EFECTOS DEL ARTÍCULO 25, FRACCIÓN VI, INCISOS A) Y B), DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2019.
  3. PUBLICIDAD DE RESOLUCIONES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO SOBRE CONSTITUCIONALIDAD O CONVENCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL. ES INNECESARIA CUANDO EN RELACIÓN CON EL TEMA DE QUE SE TRATE EXISTA JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN QUE LO DEFINA, Y EL TRIBUNAL DEBA APLICARLA AL CASO CONCRETO.
  4. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN ADSCRITO A LA AUTORIDAD DE AMPARO. CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA LA SENTENCIA QUE CONCEDE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL PARA QUE EL JUEZ DE CONTROL CALIFIQUE LA DETERMINACIÓN DE ABSTENCIÓN DE INVESTIGAR, AL NO AFECTAR EL INTERÉS ESPECÍFICO QUE REPRESENTA.
  5. COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO POR VIOLACIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN, EN EL QUE SE RECLAMA LA RESPUESTA INCONGRUENTE DE LA AUTORIDAD MINISTERIAL CON LO SOLICITADO, EN RELACIÓN CON LA DEVOLUCIÓN DE UN INMUEBLE ASEGURADO. AL TRATARSE DE UN ACTO DE NATURALEZA POSITIVA SIN EJECUCIÓN MATERIAL, SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN SE PRESENTÓ LA DEMANDA.
  6. "PROTOCOLO PARA LA LEGITIMACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO EXISTENTES". ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL QUE SE SOLICITE EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO EN SU CONTRA.
  7. ALEGATOS EN EL AMPARO DIRECTO. DEBEN TENERSE POR NO FORMULADOS CUANDO SE RECIBAN TRANSCURRIDO EL PLAZO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 181 DE LA LEY DE LA MATERIA, SIN QUE SE HAYAN PRESENTADO EN LA OFICINA PÚBLICA DE COMUNICACIONES DEL LUGAR DE RESIDENCIA DEL INTERESADO O BIEN EN FORMA ELECTRÓNICA A TRAVÉS DEL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA.
  8. ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. TIENE ESE CARÁCTER LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES EN LA QUE COMUNICA A UN SOLICITANTE QUE NO APROBÓ LA EVALUACIÓN PARA OBTENER LA CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO.

#SCJN - TESIS - Delitos cometidos por abogados, patronos y litigantes; Desaparición forzada de personas; Recurso de Revocación, en observancia al Principio de Definitividad.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    P E N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de diciembre de 2019


Recurso de Revocación, en observancia al Principio de Definitividad; Desaparición forzada de personas; Delitos cometidos por abogados, patronos y litigantes.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, publicadas el pasado día 06 de diciembre de 2019, donde destacan los siguientes precedentes: 



  • RECURSO DE REVOCACIÓN. EN OBSERVANCIA AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, DEBE AGOTARSE PREVIO A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO CONTRA EL AUTO QUE NO ADMITE LA APELACIÓN EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO.
  • DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS. LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA DEMANDA DE AMPARO PRESENTADA EN SU CONTRA, SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO ANTE QUIEN SE PROMUEVE.
  • DELITOS COMETIDOS POR ABOGADOS, PATRONOS Y LITIGANTES. EL ELEMENTO NORMATIVO "LITIGANTE" PARA EFECTOS DE DETERMINAR LA CALIDAD ESPECÍFICA DE SUJETO ACTIVO EN DICHOS ILÍCITOS, NO COMPRENDE AL ACTOR O DEMANDADO QUE PARTICIPA EN UNA CONTIENDA, SINO QUE CORRESPONDE AL PROFESIONAL DEL DERECHO QUE COMPARECE A ÉSTA EN DEFENSA DE AQUÉLLOS (LEGISLACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y DEL ESTADO DE COAHUILA ABROGADA).

#SCJN - TESIS - Pensión por vejez, Art 33 de la derogada LSS de 1973; Prima de antiguedad y recompensa por años de servicios, prestaciones laborales de distinta naturaleza; Renuncia por escrito, valor probatorio; Sindicatos burocráticos, Toma de Nota en cambio de directiva.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A   L A B O R A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de diciembre de 2019


Sindicatos burocráticos, Toma de Nota en cambio de directiva; Renuncia por escrito, valor probatorio; Prima de antigüedad y recompensa por años de servicios, prestaciones laborales de distinta naturaleza; Pensión por vejez, art 33 de la derogada LSS de 1973.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 06 de diciembre de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. SINDICATOS BUROCRÁTICOS. REQUISITOS PARA QUE PROCEDA LA TOMA DE NOTA DE CAMBIO DE DIRECTIVA DE UN COMITÉ EJECUTIVO SECCIONAL.
  2. RENUNCIA POR ESCRITO. PARA OTORGARLE VALOR PROBATORIO CUANDO EL PATRÓN AFIRMA QUE FUE PRESENTADA EN UN DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO, ES NECESARIO ADMINICULARLA CON OTRA PRUEBA.
  3. PRIMA DE ANTIGÜEDAD Y RECOMPENSA POR AÑOS DE SERVICIOS. SON PRESTACIONES LABORALES DE DISTINTA NATURALEZA, Y NO SON EQUIPARABLES ENTRE SÍ (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO).
  4. PENSIÓN DE VEJEZ. EL TOPE MÁXIMO DE DIEZ VECES EL SALARIO MÍNIMO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 33 DE LA DEROGADA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973, NO RIGE PARA LOS ASEGURADOS DEL NUEVO RÉGIMEN TUTELADO EN LA LEY VIGENTE DE 1997.

#SCJN - TESIS - Contrato de Seguros de gastos médicos, cláusula de exclusión de padecimientos ni de tratamientos; Recurso de Revocación, legislación del Estado de Oaxaca.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 03 de enero de 2020


Recurso de Revocación, legislación del Estado de Oaxaca; Contrato de Seguros de gastos médicos, cláusula de exclusión de padecimientos ni de tratamientos.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 03 de enero de 2020, donde destacan los siguientes rubros: 



  1. RECURSO DE REVOCACIÓN. ES OPORTUNO, AUN CUANDO SE INTERPONGA ANTES DE QUE SE NOTIFIQUE EL AUTO RECURRIDO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA).
  2. CONTRATO DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS. CUANDO NO EXISTE UN MEDICAMENTO ESPECÍFICO PARA TRATAR AL ASEGURADO Y EL RECETADO POR SU MÉDICO TRATANTE ES DE PATENTE Y AUTORIZADO PARA TRATAR UNA ENFERMEDAD DE ORIGEN SIMILAR A LA SUYA, DICHA SITUACIÓN NO PUEDE GENERAR LA PROCEDENCIA DE LA CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE PADECIMIENTOS NI DE TRATAMIENTOS.

#SCJN - TESIS - Facultades de verificación de la Secretaría de la Función Pública; Impuesto Predial; Tutela jurisdiccional efectiva.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    C O N S T I T U C I O N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 03 de enero de 2020


Tutela jurisdiccional efectiva; Impuesto predial; Facultades de verificación de la Secretaría de la Función Pública.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 03 de enero de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  • TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA. NO SE GARANTIZA ESTE DERECHO AL QUEJOSO PRIVADO DE LA LIBERTAD, POR EL HECHO DE QUE EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, AL CONOCER DEL RECURSO DE REVISIÓN, LE NOMBRE UN DEFENSOR POR NO TENER UN LICENCIADO EN DERECHO QUE LO REPRESENTE, SI EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO NO SE LE DESIGNÓ A UNO OFICIOSAMENTE, POR LO QUE DEBE REVOCARSE LA SENTENCIA RECURRIDA Y ORDENARSE LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
  • IMPUESTO PREDIAL. EL ARTÍCULO 22, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, AL ESTABLECER UNA REDUCCIÓN EN SU PAGO A LOS PREDIOS RÚSTICOS DESTINADOS A FINES AGROPECUARIOS O LOS QUE TENGAN USO HABITACIONAL POR PARTE DE SUS PROPIETARIOS, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
  • FACULTADES DE VERIFICACIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. EL ARTÍCULO 125 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, AL PREVER QUE DICHA DEPENDENCIA PODRÁ INICIAR “EN CUALQUIER TIEMPO” INTERVENCIONES DE OFICIO, VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA.

domingo, 21 de marzo de 2021

#SCJN - TESIS - Art 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores del ISSSTE; Principio Pro Persona.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 20 de septiembre de 2019


Principio Pro Persona; Art 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores ISSSTE.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 20 de septiembre de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes rubros:



  1. PRINCIPIO PRO PERSONA. ANTE UN CONCEPTO CONTENIDO EN UN PRECEPTO QUE ADMITE DOS O MÁS SIGNIFICADOS DESDE UNA PERSPECTIVA GRAMATICAL, DEBEN AGOTARSE OTROS MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN, A FIN DE VERIFICAR SI AQUÉLLOS PUEDEN REPUTARSE COMO OBJETIVAMENTE VÁLIDOS Y, POR ENDE, SER SUSCEPTIBLES DE SOMETERSE A DICHA REGLA HERMENEÚTICA.
  2. ISSSTE. EL ARTÍCULO 12 DEL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL RÉGIMEN DEL ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY RELATIVA, VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL PRINCIPIO DE PREVISIÓN SOCIAL.


Para mayor información, en el siguiente vínculo: 


https://docs.google.com/document/d/1jW2NxJof8yglrLToHPN__lJU47iQEGyrZijX75q8wd8/edit?usp=sharing



www.falconylagunes.com




sábado, 20 de marzo de 2021

#SCJN - TESIS - Acto de autoridad; Escrituración en el remate; Impedimento o excusa por razones de amistad o animadversión planteado en términos de la fr VIII del art 51 de la Ley de Amparo.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    C O M Ú N


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 20 de septiembre de 2019


Impedimento o excusa por razones de amistad o animadversión planteado en términos de la fr VIII del art 51 de la Ley de Amparo; Escrituración en el remate; Acto de autoridad. 




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 20 de septiembre de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde destacan los siguientes precedentes:



  • IMPEDIMENTO O EXCUSA POR RAZONES DE AMISTAD O ANIMADVERSIÓN PLANTEADO EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE AMPARO. ASPECTOS IMPRESCINDIBLES QUE DEBEN CONCURRIR PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA CAUSA RELATIVA.
  • ESCRITURACIÓN EN EL REMATE. LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN, PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, ES LA QUE ORDENA SU OTORGAMIENTO EN FORMA VOLUNTARIA.
  • ACTO DE AUTORIDAD. NO TIENE ESTE CARÁCTER LA NEGATIVA DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA A REESTRUCTURAR O RENEGOCIAR UN CRÉDITO.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 23 de agosto de 2019


Revisión en Amparo Directo, cuando se hace improcedente; Reparación integral del daño en desaparición forzada de personas (Violación de Derechos Humanos); Facultad de Atracción, cuando versa sobres aspectos de Constitucionalidad; Facultad de Atracción en materia contenciosa administrativa; Agravios inoperantes en la reclamación.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 23 de agosto de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde destacan los siguientes rubros:

#SCJN - TESIS - Competencia por materia para conocer de un reclamo por pago de honorarios; Prescripción de la acción; Sociedad conyugal.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 21 de junio de 2019


Sociedad conyugal; Prescripción de la acción; Competencia por materia para conocer de un reclamo por pago de honorarios.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 21 de junio de 2019, donde sobresalen los siguientes precedentes:



  1. SOCIEDAD CONYUGAL. PARA DETERMINAR SI UN BIEN ADQUIRIDO POSTERIORMENTE A LA SEPARACIÓN MATERIAL DE LOS CÓNYUGES CORRESPONDE A ESE RÉGIMEN, DEBE PRECISARSE SI EN LA FECHA DE SU ADQUISICIÓN, EL CÓNYUGE DEMANDANTE SE DEDICÓ PREPONDERANTEMENTE AL HOGAR, ASÍ COMO AL CUIDADO Y EDUCACIÓN DE LOS HIJOS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 196 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE COLIMA).
  2. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN. SE INTERRUMPE CON LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, AUN CUANDO EN EL JUICIO RESPECTIVO SE DECRETE LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO).
  3. COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DE UN RECLAMO POR PAGO DE HONORARIOS. CUANDO LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO ENTRE LAS PARTES ACTORA Y DEMANDADA, NO TUVO POR OBJETO LA SATISFACCIÓN DEL INTERÉS PÚBLICO, CORRESPONDE A UN JUEZ EN MATERIA CIVIL.

miércoles, 17 de marzo de 2021

#SCJN - TESIS - Acceso a la Justicia; Acción proforma; Principio de Non Reformatio in Peius.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    C O N S T I T U C I O N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 21 de junio de 2019


Principio de Non Reformatio in Peius; Acción proforma; Acceso a la Justicia.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 21 de junio de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  • PRINCIPIO DE NON REFORMATIO IN PEIUS. SU ANÁLISIS EN LOS CASOS DONDE LA QUEJOSA Y RECURRENTE SEA UNA PERSONA MENOR DE EDAD.
  • ACCIÓN PROFORMA. EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE JALISCO, AL EXIGIR QUE EL ENAJENANTE CUENTE CON LEGITIMACIÓN LEGAL PARA TRANSMITIR EL BIEN INMUEBLE, NO ES INCONVENCIONAL, AL SER ACORDE CON LOS PARÁMETROS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
  • ACCESO A LA JUSTICIA. CONSTITUYE UN DERECHO FUNDAMENTAL PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 17, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y 8, NUMERAL 1, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.



Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente vínculo: 














martes, 16 de marzo de 2021

#SCJN - TESIS - Detención en flagrancia; Feminicidio, cuando se acredita el elemento normativo de este delito; Medio de prueba en el Proceso Penal Acusatorio y Oral.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    P E N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de septiembre de 2019 


Medios de prueba en el Proceso Penal Acusatorio y Oral; Feminicidio, cuando se acredita el elemento normativo de este delito; Detención en flagrancia.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, publicadas el pasado 06 de septiembre de 2019, donde sobresalen los siguientes rubros: 



  1. MEDIOS DE PRUEBA EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL. CONTRA EL AUTO QUE LOS ADMITE EN LA ETAPA INTERMEDIA ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
  2. FEMINICIDIO. CUANDO NO SE ACREDITA EL ELEMENTO NORMATIVO DE ESTE DELITO, RELATIVO A LAS CUESTIONES DE GÉNERO, EL JUEZ PUEDE REALIZAR LA TRASLACIÓN TÍPICA CORRESPONDIENTE AL TIPO BÁSICO DE HOMICIDIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
  3. DETENCIÓN EN FLAGRANCIA. SE ACTUALIZA SI AL REVISAR A UN PASAJERO QUE INGRESA AL PAÍS POR ALGUNA TERMINAL INTERNACIONAL, SE ADVIERTE QUE POSEE SUSTANCIAS PROHIBIDAS DENTRO DE SU ORGANISMO (NARCÓTICOS), AUN CUANDO PARA CONSTATARLO SE UTILICEN APARATOS TECNOLÓGICOS, COMO LOS RAYOS "X".




Para mayor información, en el siguiente enlace: 















#SCJN - TESIS - Acción de reinstalación o de indemnización; Conflictos individuales de Seguridad Social; Excepción de cosa juzgada; Trabajadores al Servicio del Estado.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    L A B O R A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de septiembre de 2019


Trabajadores al Servicio del Estado; Excepción de cosa juzgada; Conflictos individuales de Seguridad Social; Acción de reinstalación o de indemnización. 




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 06 de septiembre de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde destacan los siguientes rubros: 



  1. TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CORRESPONDE AL PATRÓN JUSTIFICAR LA TEMPORALIDAD DEL NOMBRAMIENTO Y SU CAUSA MOTIVADORA.
  2. EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA. SE ACTUALIZA EN EL JUICIO LABORAL CUANDO EN UN LAUDO YA SE ANALIZÓ LO RELATIVO A LA DEBIDA CUANTIFICACIÓN DE LA PENSIÓN JUBILATORIA, CON BASE EN DETERMINADAS PRESTACIONES.
  3. CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL. QUÉ DEBE ENTENDERSE POR "ÚLTIMO ESTADO DE LA CUENTA INDIVIDUAL DE AHORRO PARA EL RETIRO", COMO REQUISITO QUE DEBERÁ CONTENER LA DEMANDA PREVISTO EN LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 899-C DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
  4. ACCIÓN DE REINSTALACIÓN O DE INDEMNIZACIÓN. EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR UBIQUE EL DESPIDO INJUSTIFICADO EN UN DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO POR LEY, O INHÁBIL PARA ÉL, POR CORRESPONDER AL DE SU DESCANSO SEMANAL NO CONLLEVA NECESARIAMENTE LA IMPROCEDENCIA DE AQUÉLLA.




Para mayor información, en el siguiente enlace: