jueves, 28 de agosto de 2014

SCJN - Firma Electrónica Certificada del PJF.

Suprema Corte de Justicia de la Nación 

Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer el día 27 de agosto de 2014, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo General de Administración II/2014, de diecinueve de agosto de dos mil catorce, del Comité de Gobierno y Administración, por el que se regula el uso de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL), en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El presente Acuerdo General tiene por objeto precisar los procedimientos y los órganos competentes en la SCJN para realizar los actos relaciones con la obtención, renovación y revocación de los certificados digitales de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL).

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martes, 26 de agosto de 2014

SCJN - Constitucional eliminación del REPECO

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Constitucional la eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer el contenido de la versión taquigráfica de la Sesión Pública Ordinaria del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, celebrada el lunes 25 de agosto de 2014, relativa a la constitucionalidad de la eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes.

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SHCP - Listado contribuyentes que no desvirtuaron hechos, operaciones inexistentes

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos, operaciones inexistentes.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el día 26 de agosto de 2014, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el oficio 500-05-2014-24071, mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio no ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF) y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del CFF.

Al respecto, mediante el respectivo oficio individual, notificó a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente que se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del CFF, dándoles a conocer de forma pormenorizada los fundamentos y motivos correspondientes, oficios cuya notificación se realizó conforme lo dispone el artículo 134 del citado ordenamiento legal, de acuerdo con la fracción VII, segundo párrafo del Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del CFF publicado en el DOF.

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SAT - Informe Tributario y de Gestión, segundo trimestre 2014

Servicio de Administración Tributaria 

Principales resultados del segundo trimestre de 2014

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través de su página de Internet, el Informe Tributario y de Gestión 2014, correspondiente al segundo trimestre de 2014.

Al respecto, se observaron indicios de una aceleración de la economía mexicana, así como una recaudación por arriba de lo registrado durante el mismo período del año pasado producto de las nuevas medidas de carácter de la reforma hacendaria, además:
  1. Los ingresos tributarios administrados por el SAT ascendieron a 934,149 millones de pesos, lo que significó un aumento real anual de 7.4 por ciento y de 12.6 por ciento una vez que se ajusta por el efecto del programa "Ponte al Corriente".
  2. Al mes de junio de 2014, el padrón de contribuyentes estuvo conformado por 43.7 millones de contribuyentes, lo que significó un aumento de 4.3 millones de contribuyentes (10.8%) respecto al mismo período de 2013, lo cual se debió a la incorporación de 93,543 personas morales, 1.7 millones de personas físicas y 2.4 millones de asalariados.
  3. El SAT ha continuado con el esfuerzo por realizar las devoluciones de forma ágil.
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viernes, 22 de agosto de 2014

SCJN - Tesis y jurisprudencias del 22 agosto de 2014.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tesis y jurisprudencias del 22 de agosto de 2014

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer las tesis y jurisprudencias correspondientes a su publicación del día 22 de agosto de 2014, destacando algunos rubros y que son del tenor siguiente:

  • SEGURIDAD SOCIAL. EL ACTO JURÍDICO QUE CONDICIONA EL DERECHO A ELLA ES LA RELACIÓN LABORAL, POR LO QUE ACREDITADA ÉSTA, ES IMPROCEDENTE LA PRESCRIPCIÓN RESPECTO DE LA INSCRIPCIÓN O INCORPORACIÓN RETROACTIVA DEL TRABAJADOR AL RÉGIMEN CORRESPONDIENTE, Y DEL PAGO DE LAS APORTACIONES RESPECTIVAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
  • RECURSO DE REVOCACIÓN. PROCEDE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 117, FRACCIÓN I, INCISO A), DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CONTRA CRÉDITOS EMITIDOS CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO EN LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES PARA EL PAGO DE CONTRIBUCIONES, HASTA EN TANTO NO HAYA INICIADO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN.
  • PERSONALIDAD EN EL JUICIO CONTENCISO ADMINISTRATIVO. EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA NO ESTÁ OBLIGADO A ESTUDIAR LA FALTA DE ESE PRESUPUESTO DE QUIEN CONTESTÓ LA DEMANDA A NOMBRE DE LA AUTORIDAD EMISORA DEL ACTO IMPUGNADO, CUANDO LE SEA PLANTEADA EN LOS ALEGATOS.
  • REVISIÓN FISCAL. ES PROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO REGULADO EN LOS ARTÍCULOS 150 Y 153 DE LA LEY ADUANERA.
  • REINSTALACIÓN Y PRÓRROGA DE CONTRATO DE TRABAJO. SON ACCIONES INCOMPATIBLES.
  • REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO. SU DENUNCIA ES IMPROCEDENTE RESPECTO DE DILACIONES EN UN JUICIO LABORAL, CUANDO ÉSTAS GUARDAN RELACIÓN FORMAL CON EL CUMPLIMIENTO QUE DEBIÓ DARSE AL FALLO PROTECTOR, AL TRATARSE DE ACTOS PROCESALES QUE LA RESPONSABLE TUVO QUE EFECTUAR OPORTUNAMENTE DURANTE EL PROCEDIMIENTO LABORAL Y HASTA LA EMISIÓN DEL LAUDO.
  • INTERROGATORIO LIBRE COMO MEDIO ACCESORIO DE PRUEBA EN MATERIA LABORAL. PUEDE OFRECERSE EN EL ESCRITO EN QUE SE ANUNCIA LA PRUEBA PRINCIPAL, ESTO ES, ANTES DE SU PERFECCIONAMIENTO.
  • FIDEICOMISO. PARA SU CELEBRACIÓN ES INDISPENSABLE EL CONSENTIMIENTO DE LA INSTITUCIÓN FIDUCIARIA.
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SHCP - Tercera Resolución de Modificaciones RMF 2014 Anexos 3 y 25.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, Anexos 3 y 25

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el 21 de agosto de 2014, los Anexos 3 y 25 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 19 de agosto de 2014, que se refieren:

Anexos:
   Criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras

25  Acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América para mejorar el cumplimiento fiscal internacional incluyendo respecto de FATCA

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SCJN - Homologación del IVA en franja fronteriza.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Homologación del IVA en región fronteriza

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer el contenido de la versión taquigráfica de la sesión pública ordinaria del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, celebrada el jueves 21 de agosto de 2014, referente al tema sobre la homologación del IVA en la región fronteriza.

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martes, 19 de agosto de 2014

PRODECON - Respuesta del SAT favorece contribuyentes del RIF.

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Respuesta del SAT que favorece a los contribuyentes del RIF

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, la respuesta por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en materia del Régimen de Incorporación Fiscal sobre lo siguiente:


  • Confirmación del último párrafo del artículo 111 de la Ley del ISR, el período transitorio del RIF al régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, tendrá una duración de diez ejercicios a partir de la fecha en que el contribuyente se dé de alta en el nuevo régimen.
  • Confirmación que independientemente de la fecha en que el contribuyente se incorpore al RIF aplicarán todas las disminuciones que se señalan en la tabla que establece el antepenúltimo párrafo del citado artículo 111.
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SHCP - Actualización contribuyentes incumplidos y emiten comprobantes apócrifos.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Actualización de la lista de contribuyentes incumplidos y notificación de aquellos que emiten comprobantes fiscales apócrifos

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el día 18 de agosto de 2014, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Oficio 500-05-2014-23982 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tale comprobantes.

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viernes, 15 de agosto de 2014

SCJN - Tesis y jurisprudencias al 15 agosto 2014.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tesis y  jurisprudencias al 15 de agosto de 2014

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer las tesis y jurisprudencias correspondientes al 15 de agosto de 2014, mismas que se muestran a continuación:

  • ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 16, APARTADO A, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013. EL ANÁLISIS DE SU CONSTITUCIONALIDAD NO PUEDE LLEVARSE A CABO CONFORME A LOS PRINCIPIOS DE JUSTICIA TRIBUTARIA.
  • REVISIÓN FISCAL. EL SUBGERENTE FISCAL Y ADMINISTRATIVO DE LA GERENCIA JURÍDICA DE LO CONTENCIOSO DE PETRÓLEOS MEXICANOS, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER DICHO RECURSO EN REPRESENTACIÓN DE LAS AUTORIDADES DEMANDADAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PERTENECIENTES A LA PARAESTATAL.
  • REVISIÓN FISCAL. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA LA INTERPOSICIÓN DE DICHO RECURSO SE RIGE PORO LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y NO POR LA LEY DE AMPARO.
  • REVISIÓN DE ESCRITORIO O GABINETE. LA AUTORIDAD FISCAL DEBE CONSIGNAR EN OFICIO LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA CONCLUIRLA Y SU NOTIFICACIÓN CONSTAR EN ACTA CIRCUNSTANCIADA.
  • REPARTO ADICIONAL DE UTILIDADES. AL ADVERTIR OFICIOSAMENTE EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO QUE EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SU CONTRA NO SE EMPLAZÓ A LOS TRABAJADORES QUEJOSOS COMO TERCEROS INTERESADOS, ANTE LA NEGATIVA DE SU EXISTENCIA POR EL ACTOR, DEBE OMITIR EL ESTUDIO DE FONDO Y CONCEDER EL AMPARO PARA QUE LA SALA RESPONSABLE DICTE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA INVESTIGAR ESA CIRCUNSTANCIA Y, DE SER EL CASO, LLAMARLOS A JUICIO, SIN QUE CON ELLO SE CONTRAVENGA EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 79 DE LA LEY DE AMPARO, VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013.
  • JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS. PARA RECLAMAR EN AMPARO LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS REGLAS I.6.2.5., SEGUNDO PÁRRAFO Y I.6.2.7., DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010, EL CONTRIBUYENTE QUE HABITUALMENTE REALICE DICHA ACTIVIDAD, DEBE ACREDITAR QUE PRESTA SUS SERVICIOS A TRAVÉS DE UNA AGENCIA O QUE ES UN "PROVEEDOR DE SERVICIO AUTORIZADO".
  • JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS. LA REGLA I.6.2.8., DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2010, QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR EL AVISO POR FALLAS EN LOS SISTEMAS DE CÓMPUTO QUE DEBEN LLEVAR LOS CONTRIBUYENTES QUE HABITUALMENTE REALICEN DICHA ACTIVIDAD, ES HETEROAPLICATIVA.
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jueves, 14 de agosto de 2014

SAT - Facilidades a las Asociaciones Religiosas materia comprobación fiscal.

Servicio de Administración Tributaria

Facilidades a las Asociaciones Religiosas en materia de comprobación fiscal


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que las Asociaciones Religiosas podrán cumplir sus obligaciones en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica a partir de enero de 2015.

Lo anterior considerando que se trata de asociaciones sin fines de lucro, cuyas actividades no son comerciales ni mercantiles, que han manifestado su firme compromiso de cumplir y que han solicitado un período para capacitarse y poder aplicar correctamente las nuevas disposiciones fiscales.

Las facilidades otorgadas consisten en:

  • Inicio de la contabilidad electrónica a partir de enero de 2015, en consonancia con la facilidad otorgada a los demás contribuyentes obligados.
  • Emisión de facturas electrónicas a partir de 2015.
  • Emisión de constancias de retenciones o de pago de servicios tradicionales con sello digital del SAT a partir de 2015.

sábado, 9 de agosto de 2014

SCJN - Tesis y jurisprudencias 8 de agosto 2014. Simulación de actos y fraude a la ley.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tesis y jurisprudencias del 8 de agosto de 2014

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer las tesis y jurisprudencias correspondientes al 8 de agosto de 2014, mismas que se muestran a continuación:

  • ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL. ES INNECESARIO CITAR EL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 22 DE OCTUBRE DE 2007, PARA FUNDAMENTAR SU COMPETENCIA EN RESOLUCIONES DE PROCEDIMIENTOS INICIADOS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESE ORDENAMIENTO.
  • PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. EL ARTÍCULO 2o.-A, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL RELATIVO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
  • SIMULACIÓN DE ACTOS JURÍDICOS. TIPOS PREVISTOS LEGALMENTE (INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2180 Y 2181 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL).
  • FRAUDE A LA LEY. ELEMENTOS DEFINITORIOS.
  • FRAUDE A LA LEY. CUÁNDO SE COMETE AL AMPARO DE UNA COMPRAVENTA CELEBRADA ANTE NOTARIO PÚBLICO.
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SAT - Proyecto 3ra. Resolución de modificaciones a RMF 2014. Contabilidad electrónica hasta 2015.

Servicio de Administración Tributaria

Proyecto de la tercera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. 

Contabilidad en medios electrónicos. Información de pólizas para trámites y solicitudes de devoluciones y compensaciones hasta 2015.


El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través de su página de internet, la actualización a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, que contiene:

  1. Contabilidad en medios electrónicos
  2. De los papeles de trabajo y registro de asientos contables
  3. Definición de área urbana suburbana y zona metropolitana para el transporte público terrestre de personas
  4. Fecha de presentación del Catálogo de cuentas de las personas morales
  5. Fecha de presentación de las balanzas de comprobación de julio a diciembre de 2014 para personas morales
  6. No presentación de la información de pólizas para trámites de devoluciones y compensaciones generadas en 2014
  7. Presentación de la información de pólizas para trámites de devoluciones y compensaciones sólo a partir y respecto de la información generada en el período o ejercicio 2015
  8. Presentación de la información de pólizas en facultades de comprobación de la autoridad sólo a partir y respecto de la información generada en el período o ejercicio 2015.
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SRE - Decreto Convenio entre los EUM y Malta evitar doble imposición y evasión ISR.

Secretaría de Relaciones Exteriores

Decreto Promulgatorio del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Malta para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia del Impuesto Sobre la Renta

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), dio a conocer el día 8 de agosto de 2014, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto Promulgatorio del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Malta para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia del Impuesto Sobre la Renta y su Protocolo, hecho en la ciudad de Roma, el diecisiete de diciembre de dos mil doce.

El presente Convenio se aplicará a las personas residentes de uno o de ambos Estados Contratantes y a los impuestos sobre la renta exigibles por México y por Malta, cualquier que sea el sistema de su exacción.

Al respecto, se consideran impuestos sobre la renta todos lo que se gravan la totalidad de la renta o cualquier elemento de la misma incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles o inmuebles.

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INEGI - INPC de julio de 2014.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Índice Nacional de Precios al Consumidor 

de julio de 2014


El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), dio a conocer el día 8 de agosto de 2014, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otros temas, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

Con base en la segunda quincena de diciembre de 2010=100 el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de julio de 2014 es 113.032 puntos. Esta cifra representa una variación de 0.28 por ciento respecto del índice correspondiente al mes de junio de 2014, que fue de 112.722.

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SHCP - Listado contribuyentes no desvirtuaron hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el día 5 de agosto de 2014, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el oficio 500-05-2014-23916 y su Anexo 1, mediante el cual se notifica que los contribuyentes que ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), sin embargo, una vez valorada la información, documentación y argumentos aportados, no desvirtuaron los hechos que se les imputaron, y por tanto, se actualiza definitivamente a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del citado Código.

Al respecto, la autoridad fiscal, mediante el respectivo oficio individual, notificó a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente que se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del CFF, dándoles a conocer de forma pormenorizada los fundamentos y motivos correspondientes, oficios cuya notificación se realizó conforme lo dispone el artículo 134 del citado ordenamiento legal, de acuerdo con la fracción VII, segundo párrafo del Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del CFF, publicado en el DOF el 9 de diciembre de 2013; y a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria así como en el DOF.

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martes, 5 de agosto de 2014

SAT - Lista contribuyentes incumplidos al 1 de agosto de 2014.

Servicio de Administración Tributaria

Lista de contribuyentes incumplidos al 1 de agosto de 2014


El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que el 1 de agosto de 2014 se actualizó la lista de contribuyentes exceptuados de la reserva fiscal en términos del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF), así como de aquellos que sus comprobantes no surten efectos de conformidad con el artículo 69-B del CFF.

En esta actualización, se incluyen los datos -nombre, razón social y RFC- de 1,544 contribuyentes. De éstos, 192 corresponden a créditos firmes, 76 a créditos exigibles, 1,120 a créditos cancelados, 6 con sentencias condenatorias ejecutorias, 31 no localizados y 119 a créditos condonados.

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SAT - Nuevo Proyecto Tercera Resolución de modificaciones a RMF 2014 anexos 3 y 25.

Servicio de Administración Tributaria

Nuevo Proyecto de la Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2014 y sus anexos 3 y 25

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través de su página de Internet, el nuevo Proyecto de la Tercera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y sus anexos 3 y 25 que contempla:

  • Procedimiento para que las instituciones que componen el sistema financiero presenten información.
  • Identificación del perceptor de intereses o de la ganancia o pérdida por la enajenación de acciones.
  • Definición de área urbana, suburbana y zona metropolitana para el transporte público terrestre de personas.

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SHCP - Informe situación económica, finanzas y deuda pública, 2do. Trimestre 2014.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Informe sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública al segundo trimestre de 2014


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la página de Internet, www.sat.gob.mx, mediante el comunicado de prensa 059/2014, dio a conocer el Informe sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública al segundo trimestre de 2014 que contempla, entre otros puntos, los siguientes:

  1. Se fortaleció el ritmo de crecimiento de la economía mexicana, entre abril y mayo el IGAE tuvo un crecimiento bimestral de 0.8%.
  2. se tuvo un déficit público de 246.5 mil millones de pesos.
  3. Gasto neto presupuestario de 32 mil 473 millones de pesos.
  4. Durante el primer semestre de 2014, el gasto público estuvo orientado a apoyar la economía y el bienestar de la población más vulnerable.
  5. El gasto neto total del sector público presupuestario se ejerció con oportunidad y registró un 9.7% en términos reales.
  6. El gasto en ramos administrativos del gobierno federal aumento en 19.1%.
  7. Los ingresos presupuestarios observaron un aumento en 1.7%
  8. Al cierre de junio la deuda del Sector Público Federal se mantuvo en niveles moderados y estables.

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SAT - Criterios normativos aprobados segundo trimestre 2014.

Servicio de Administración Tributaria

Criterios normativos aprobados durante el segundo trimestre de 2014


De conformidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación (CFF)y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (RISAT), que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del SAT, durante el segundo trimestre de 2014.

N U E V O S:
  • 00/2014/IEPS. Preparaciones alimenticias que requieren un proceso adicional para su consumo.
  • 00/2014/IEPS. Productos de confitería y helados cuyo insumo sea chicle o goma de mascar.

M O D I F I C A D O S:

  • 1/2014/CFF. Crédito fiscal. Es firme cuando han transcurrido los términos legales para su impugnación, exista desistimiento a éste o su resolución ya no admita medio de defensa alguno.
  • 2/2014/CFF. Normas sustantivas. Reúnen esta característica las aplicables para determinar la pérdida fiscal.
  • 3/2014/CFF. Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de información financiera. Su aplicación.
  • 4/2014/CFF. Momento en que se lleva a cabo la fusión, para efectos de la presentación del aviso de cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por fusión de sociedades.
  • 5/2014/CFF. Regalías por el uso o goce temporal de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas. Los pagos que se realicen en virtud de cualquier acto jurídico que tenga por objeto la distribución de una obra tienen dicho carácter.
  • 18/2014/CFF. Imposición de multas. Determinación de la multa aplicable por la omisión en el entero de diversas contribuciones y en la presentación de declaraciones.
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