miércoles, 26 de abril de 2017

#SCJN - TESIS - Documentos electrónicos oficiales; Daños ambientales; Devolución de IVA.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 14 de octubre de 2016


MATERIA ADMINISTRATIVA


Revisión fiscal; Recurso de revocación; Procedimiento de declaración administrativa; Juicio en la vía sumaria; Infracción administrativa en materia ambiental; Documentos electrónicos oficiales; Desequilibrio ecológico provocado por el cambio de uso de suelo; Declaración administrativa de caducidad o nulidad de una marca; Daños ambientales; Devolución de IVA; Juicio de nulidad, concepto "mismo actor".



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado día 14 de octubre de 2016, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, entre las que destacan los siguientes rubros:



  1. REVISIÓN FISCAL. DICHO RECURSO ES IMPROCEDENTE CONTRA LA SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD POR FALTA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO CONCEDE UNA PENSIÓN POR JUBILACIÓN.
  2. RECURSO DE REVOCACIÓN. LA REGLA 2.18.1 DEL ANEXO 1-A DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2014, AL EXIGIR QUE ESE MEDIO DE DEFENSA SE PRESENTE DESDE EL LUGAR EN QUE RESIDE EL RECURRENTE, VIOLA EL DERECHO A UN RECURSO EFECTIVO Y, POR TANTO, DEBE DESAPLICARSE.
  3. PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA. SU INICIO A PETICIÓN DE PARTE IMPIDE QUE SE SUSTANCIE OFICIOSAMENTE POR EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
  4. JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL EN LA VÍA SUMARIA. PROCEDE SI SE INTERPONE DENTRO DEL PLAZO DE CUARENTA Y CINCO DÍAS, CUANDO LA AUTORIDAD INCURRE EN EL ERROR DE DEJAR A CONSIDERACIÓN DEL CONTRIBUYENTE ELEGIR ENTRE LA VÍA ORDINARIA Y AQUÉLLA.
  5. INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA AMBIENTAL. EL DAÑO AL PAISAJE ES UN PARÁMETRO VÁLIDO PARA DETERMINAR SU GRAVEDAD.
  6. DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES. AUN CUANDO SE EXHIBAN EN IMPRESIÓN O COPIA SIMPLE, EL JUZGADOR DEBE LLEVAR A CABO UN EJERCICIO DE CONSTATACIÓN EN LA PÁGINA DE LA DEPENDENCIA PÚBLICA CORRESPONDIENTE, PARA DOTAR O NO DE FIABILIDAD A SU CONTENIDO, SÓLO PARA FINES DE VALORACIÓN PROBATORIA.
  7. DESEQUILIBRIO ECOLÓGICO PROVOCADO POR EL CAMBIO DE USO DE SUELO. NO DEPENDE DE LA EXTENSIÓN DEL TERRENO EN EL QUE ÉSTE SE REALICE, SINO DEL IMPACTO QUE ROMPE EL EQUILIBRIO DE UN ECOSISTEMA.
  8. DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE CADUCIDAD O NULIDAD DE UNA MARCA. PREVIO A TENER POR NO CONTESTADA LA SOLICITUD RELATIVA, EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEBE REQUERIR A LA CONTRAPARTE DEL SOLICITANTE PARA QUE SUBSANE LA OMISIÓN DE EXHIBIR EL DOCUMENTO RELACIONADO CON SU PERSONALIDAD.
  9. DAÑOS AMBIENTALES. DEBE PREFERIRSE SU REPARACIÓN, EN LUGAR DE LA INDEMNIZACIÓN.
  10. REVISIÓN FISCAL. DICHO RECURSO ES IMPROCEDENTE CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN CUMPLIMIENTO A UNA EJECUTORIA DE AMPARO DIRECTO CONFORME A LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN ESE JUICIO.
  11. DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA AUTORIZACIÓN DE SALDO A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES QUE NO COMPRENDA LOS INTERESES, NO CONSTITUYE UNA NEGATIVA IMPLÍCITA O TÁCITA DE SU PAGO QUE SE DEBA COMBATIR, PORQUE PARA ESE EFECTO SE REQUIERE QUE EXISTA UNA DETERMINACIÓN FUNDADA Y MOTIVADA.
  12. JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DETERMINACIÓN DEL CONCEPTO "MISMO ACTOR" CUANDO SE TRATE DE COPROPIETARIOS, PARA EFECTOS DE DETERMINAR SU IMPROCEDENCIA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, HOY CIUDAD DE MÉXICO).



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sábado, 22 de abril de 2017

#SCJN - TESIS - Trata de personas; Prescripción de la acción penal; Fraude vs una pluralidad de pasivos.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 07 de octubre de 2016


MATERIA PENAL


Trata de personas; Prescripción de la acción penal; Fraude cometido contra una pluralidad de pasivos.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, publicadas el pasado día 07 de octubre de 2016, donde destacan los siguientes rubros:



  • TRATA DE PERSONAS. HIPÓTESIS EN QUE NO SE ACTUALIZA EL ELEMENTO SUBJETIVO ESPECÍFICO DE ESTE DELITO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 188 BIS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, RELATIVO A QUE EL ACTIVO TENGA COMO FINALIDAD EL SOMETIMIENTO DE UNA PERSONA A TRABAJOS IMPUESTOS DE MANERA COERCITIVA O FORZOSA.
  • PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. PARA EFECTOS DEL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE RESPECTO DE LOS DELITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 231 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL -AHORA CIUDAD DE MÉXICO-, LA REFORMA AL DIVERSO 246, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA ENTIDAD EL 23 DE AGOSTO DE 2013, EN VIGOR AL DÍA SIGUIENTE, SÓLO ES APLICABLE A LOS DELITOS PERSEGUIBLES POR QUERELLA EN SU VIGENCIA Y NO RESPECTO DE AQUELLOS DENUNCIADOS CON ANTELACIÓN.
  • FRAUDE COMETIDO CONTRA UNA PLURALIDAD DE PASIVOS. CASO EN QUE PROCEDE INAPLICAR LA EXIGENCIA CONTENIDA EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 7 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE ZACATECAS, RELATIVA A LA UNIDAD DE SUJETO PASIVO, PARA TENER A DICHO DELITO COMO CONTINUADO, EN ARAS DE LA RAZONABILIDAD DE LA PENA, Y A FIN DE SALVAGUARDAR EL PRINCIPIO NON BIS IN IDEM.




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viernes, 21 de abril de 2017

#SCJN - TESIS - Rescisión de la relación laboral; Pensión post mortem trabajadores de PEMEX; Derecho de huelga.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 07 de octubre de 2016


MATERIA LABORAL


Unidad económica, empresas que la conforman; Rescisión de la relación laboral; Procedimiento laboral en el Amparo Directo vs laudo; Pensión post mortem de trabajadores de PEMEX; Pensión por invalidez de trabajadores al servicio del Estado; Horas extras; Derecho de huelga.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer el pasado día 07 de octubre de 2016, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde destacan los siguientes rubros:


  • UNIDAD ECONÓMICA. LAS EMPRESAS QUE LA CONFORMAN SON RESPONSABLES SOLIDARIAS FRENTE A LOS TRABAJADORES, NO OBSTANTE NO HABERLOS CONTRATADO DIRECTAMENTE.
  • RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL BUROCRÁTICA. LA ACCIÓN PUEDE EJERCERSE INDISTINTAMENTE POR LA ENTIDAD PÚBLICA O POR EL TRABAJADOR, AUN CUANDO DESEMPEÑE UN PUESTO DE CONFIANZA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE ZACATECAS).
  • PROCEDIMIENTO LABORAL. SI EN EL AMPARO DIRECTO PROMOVIDO CONTRA EL LAUDO, SE ADVIERTE QUE LAS ACTUACIONES QUE INTEGRAN AQUÉL ESTÁN INCOMPLETAS POR FALTA DE ALGUNAS CONSTANCIAS INDISPENSABLES PARA LA RESOLUCIÓN DEL ASUNTO, DE OFICIO, DEBE DECLARARSE LA INSUBSISTENCIA DEL FALLO RECLAMADO Y ORDENARSE LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, A EFECTO DE QUE SEAN REPUESTAS LAS ACTUACIONES OMITIDAS.
  • PENSIÓN POST MORTEM DE TRABAJADORES DE PETRÓLEOS MEXICANOS. LA FALTA DE DESIGNACIÓN EXPRESA DE LA MODALIDAD DE AQUELLA QUE DEBEN RECIBIR LOS BENEFICIARIOS EN SU CALIDAD DE CAUSAHABIENTES, NO EXCLUYE EL DERECHO A SU OTORGAMIENTO (CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO BIENIO 1995-1997).
  • PENSIÓN POR INVALIDEZ DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PARA SU OTORGAMIENTO ES NECESARIO QUE ÉSTOS SE ENCUENTREN EN ACTIVO AL MOMENTO DE SOLICITARLA.
  • HORAS EXTRAS. SI EL TRABAJADOR OMITE PRECISAR QUE GOZABA DE MEDIA HORA DE DESCANSO PARA CONSUMIR SUS ALIMENTOS Y REPONER ENERGÍAS EN UNA JORNADA CONTINUA DE MÁS DE 8 HORAS DE LABORES, SE INFIERE QUE DISFRUTABA DE ELLA, LO QUE DEBE TOMARSE EN CUENTA PARA PONDERAR LA VEROSIMILITUD O NO DE AQUÉLLAS.
  • DERECHO DE HUELGA. LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA NO PUEDEN EJERCERLO.




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domingo, 9 de abril de 2017

@SCJN - TESIS - Perspectiva de género; Discriminación por razón de edad; LISR art 31 de 2006; Igualdad jurídica.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 07 de octubre de 2016


MATERIA CONSTITUCIONAL


Responsabilidad patrimonial del Estado y los Municipios de Guanajuato; Perspectiva de género; Órganos jurisdiccionales del Estado de Puebla; Discriminación por razón de edad en el ámbito laboral; LISR art 31 de 2006; Privación de la patria potestad; Igualdad jurídica; Detención en caso urgente.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer el pasado día 07 de octubre de 2016, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes rubros:


  • RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO. EL NUMERAL 14 DE LA LEY RELATIVA, AL FIJAR UN LÍMITE MÁXIMO PARA LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL, VIOLA EL ARTÍCULO 113, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE MAYO DE 2015.
  • PERSPECTIVA DE GÉNERO. LA OBLIGACIÓN DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE JUZGAR BAJO DICHO PRINCIPIO, NO SIGNIFICA QUE DEBAN RESOLVER EL FONDO DEL ASUNTO CONFORME A LAS PRETENSIONES PLANTEADAS POR LAS O LOS GOBERNADOS.
  • ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL ESTADO DE PUEBLA. ANTE LA INEXISTENCIA DE UN TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN LA ENTIDAD Y ATENTO A LOS DERECHOS HUMANOS DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN Y A UN RECURSO JUDICIAL EFECTIVO TIENEN COMPETENCIA PARA RESOLVER DE LOS CONFLICTOS DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA.
  • DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE EDAD EN EL ÁMBITO LABORAL. LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE TIENEN LA OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL DE ATENDER EN EL JUICIO CUALQUIER INDICIO O MANIFESTACIÓN SOBRE SU EXISTENCIA.
  • RENTA. EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN XVI, INCISO C), DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO VIGENTE EN 2006, NO ES INCONSTITUCIONAL POR EL HECHO DE QUE SE APLIQUE EN MOMENTOS DISTINTOS EN ATENCIÓN A CADA PROCEDIMIENTO CONCURSAL PARA EFECTOS DE LA DEDUCCIÓN DE PÉRDIDAS POR CRÉDITOS INCOBRABLES.
  • PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. SU FUNCIÓN COMO MEDIDA PROTECTORA DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR.
  • IGUALDAD JURÍDICA. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 24 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
  • DETENCIÓN POR CASO URGENTE. REQUISITOS PARA SU VALIDEZ.



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sábado, 8 de abril de 2017

#SCJN - TESIS - Pruebas ofrecidas en Amparo Indirecto; Omisión legislativa; CJF; Suspensión definitiva.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 07 de octubre de 2016


MATERIA COMÚN


Pruebas ofrecidas en el Amparo Indirecto; Prueba pericial en el Amparo; Omisión legislativa o reglamentaria; Derecho de Réplica; Jurisprudencia emitida por la SCJN; Consejo de la Judicatura Federal; Recurso de Reclamación; Suspensión definitiva.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, publicadas el pasado día 07 de octubre de 2016, donde destacan los siguientes rubros:


  • PRUEBAS OFRECIDAS EN EL AMPARO INDIRECTO. AL PROVEERSE SOBRE SU ADMISIÓN, DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE MÁXIMA APERTURA Y DE ECONOMÍA PROCESAL.
  • PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO. ESTÁNDAR PARA SU ADMISIBILIDAD.
  • OMISIÓN LEGISLATIVA O REGLAMENTARIA. SU RECLAMO NO CONSTITUYE UN MOTIVO MANIFIESTO E INDUDABLE DE IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA DE AMPARO.
  • DERECHO DE RÉPLICA. ES PROCEDENTE CONCEDER LA SUSPENSIÓN PARA IMPEDIR LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA LEY RELATIVA.
  • JURISPRUDENCIA EMITIDA POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. NO ES SUSCEPTIBLE DE SUJETARSE A CONTROL CONSTITUCIONAL.
  • CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. CONTRA LA OMISIÓN DE RESPONDER UNA SOLICITUD FORMULADA EN EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICIÓN, PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
  • RECURSO DE RECLAMACIÓN. ES IMPROCEDENTE CONTRA LOS ACUERDOS PRESIDENCIALES QUE DECLARAN LA INCOMPETENCIA DEL ÓRGANO DE AMPARO PARA CONOCER DE UN ASUNTO.
  • SUSPENSIÓN DEFINITIVA. EL TÉRMINO PARA QUE EL TERCERO INTERESADO INTERPONGA EL RECURSO DE REVISIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN INCIDENTAL QUE LA CONCEDE, CUANDO NO HA SIDO EMPLAZADO Y LE FUE NOTIFICADA POR LISTA, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE QUE CONOCIÓ DICHA DETERMINACIÓN.



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viernes, 7 de abril de 2017

#SCJN - TESIS - Revisión Fiscal; Rec de Inconformidad; Negativa Ficta; Devolución de Contribuciones.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 07 de octubre de 2016


MATERIA ADMINISTRATIVA


Revisión fiscal; Responsabilidades de los servidores públicos; Recuso de inconformidad autoridades locales; Negativa ficta; Juicio de Nulidad; Juicio Agrario; Devolución de contribuciones; Revisión contenciosa administrativa; Excepción de cosa juzgada en materia agraria; Audiencia del Juicio agrario.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado día 07 de octubre de 2016, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, entre las que destacan los siguientes rubros:


  1. REVISIÓN FISCAL. PROCEDE DICHO RECURSO CONTRA LA SENTENCIA QUE DECLARÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA DEL ACTO IMPUGNADO POR NO OSTENTAR LA FIRMA DEL FUNCIONARIO EMISOR, CUANDO LA DISCUSIÓN SUSTANCIAL QUE LLEVÓ A ESA DETERMINACIÓN FUE SI SE ACTUALIZABA O NO LA NEGATIVA FICTA Y LA AUTORIDAD SOSTIENE EN SUS AGRAVIOS QUE DEMOSTRÓ EN JUICIO LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN Y SU DEBIDA NOTIFICACIÓN, ERIGIÉNDOSE ESTE TEMA EN EL ASPECTO DE FONDO O SUSTANCIAL POR DIRIMIR.
  2. RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LA HIPÓTESIS DE INFRACCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 8, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA SE ACTUALIZA, AUN CUANDO LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE AQUÉLLOS NO ESTÉN DETALLADAS EN ALGÚN ORDENAMIENTO DE CARÁCTER GENERAL.
  3. RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. PROCEDE CONTRA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA QUE INTERPRETA EL ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LO RELATIVO A UN DERECHO (DEVOLUCIÓN DE CONTRIBUCIONES).
  4. RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 11-A DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL. CONSTITUYE LA VÍA IDÓNEA PARA CONTROVERTIR LOS CRÉDITOS FISCALES DETERMINADOS POR AUTORIDADES LOCALES SUJETAS AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA FEDERAL DE DERECHOS.
  5. NEGATIVA FICTA RECAÍDA A LA SOLICITUD DEL PAGO RETROACTIVO DE DIFERENCIAS SALARIALES. SU PRESCRIPCIÓN DEBE EXPONERSE AL CONTESTAR LA DEMANDA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
  6. JUICIO DE NULIDAD. SI EL ACTOR RECONOCE QUE TUVO CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN QUE AUTORIZÓ SU BAJA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS, ELLO EXIME A LA AUTORIDAD DE LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
  7. JUICIO AGRARIO. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA SOBRE SUCESIÓN DE DERECHOS EJIDALES O COMUNALES.
  8. JUICIO AGRARIO CONTRA LA RESOLUCIÓN DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA SOBRE SUCESIÓN DE DERECHOS. AUN CUANDO SE DENOMINE A LA ACCIÓN EJERCIDA COMO "NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO", LA INEXISTENCIA DE ÉSTA NO JUSTIFICA, POR SÍ MISMA, LA IMPROCEDENCIA DE AQUÉL.
  9. DEVOLUCIÓN DE CONTRIBUCIONES PAGADAS INDEBIDAMENTE A AUTORIDADES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS SUJETAS AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS. DEBE INCLUIR LA ACTUALIZACIÓN Y EL PAGO DE INTERESES, DE ACUERDO A LAS REGLAS PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 17-A Y 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
  10. REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE CUANDO SE INVOCAN AGRAVIOS QUE YA FUERON EXAMINADOS EN DIVERSA REVISIÓN FISCAL O EN AMPARO DIRECTO, POR CONSTITUIR ESOS ASPECTOS COSA JUZGADA.
  11. REVISIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. EL RECURSO ES IMPROCEDENTE EN CONTRA DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS EN APELACIÓN POR EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL (ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO) QUE NO SEAN DEFINITIVAS, POR NO RESOLVER EL JUICIO EN LO PRINCIPAL O NO DARLO POR CONCLUIDO.
  12. EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA EN MATERIA AGRARIA, OPUESTA EN SENTIDO ESTRICTO, INDIRECTA O REFLEJA, SU NATURALEZA JURÍDICA ES DE ÍNDOLE PERENTORIA.
  13. AUDIENCIA DEL JUICIO AGRARIO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 185 DE LA LEY AGRARIA. CRITERIOS PARA DISTINGUIR CUÁNDO SE ESTÁ EN PRESENCIA DE ESA ACTUACIÓN.



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jueves, 6 de abril de 2017

#SCJN - TESIS - Prescripción de la acción penal; Pena privativa de libertad; Actos de tortura.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 30 de septiembre de 2016


MATERIA PENAL


Prescripción de la acción penal; Pena privativa de libertad; Disminución de la pena en una tercera parte en delito grave; Actos de tortura.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, publicada el pasado día 30 de septiembre de 2016, donde destacan los siguientes rubros:



  • PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. LA NO COMPARECENCIA DEL IMPUTADO A LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE LA IMPUTACIÓN, LA DETERMINACIÓN DE QUE SE SUSTRAJO DE LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA Y, EN SU CASO, EL LIBRAMIENTO DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN CORRESPONDIENTE, NO SUSPENDEN EL CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA QUE AQUÉLLA OPERE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
  • PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD. SI PARA PRESCINDIR DE ELLA O SUSTITUIRLA POR UNA MENOS GRAVE O POR UNA MEDIDA DE SEGURIDAD, EL JUEZ DE EJECUCIÓN CONSIDERA QUE EL DICTAMEN MÉDICO DESAHOGADO EN LA AUDIENCIA CORRESPONDIENTE, ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR FEHACIENTEMENTE EL ESTADO DE SALUD DEL SENTENCIADO, DEBE ORDENAR LA PRÁCTICA DE MÁS DICTÁMENES A EFECTO DE CONOCER CON CERTEZA EL VERDADERO ESTADO DE SALUD DE AQUÉL, YA QUE NO HACERLO, CONTRAVIENE LOS DERECHOS DE LEGALIDAD Y DEFENSA Y PROCEDE ORDENAR LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
  • DISMINUCIÓN DE LA PENA EN UNA TERCERA PARTE EN DELITO GRAVE. PROCEDE CONCEDER ESTE BENEFICIO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 71 TER DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, CUANDO EL INCULPADO CONFIESA QUE PARTICIPÓ EN SU COMISIÓN AL RENDIR SU DECLARACIÓN PREPARATORIA, SI ÉSTA FUE LA PRIMERA OPORTUNIDAD QUE TUVO PARA HACERLO.
  • ACTOS DE TORTURA. EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO NO SE ACTUALIZA LA HIPÓTESIS CONTENIDA EN LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 10/2016 (10a.), SI EL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL QUE RESOLVIÓ LA SITUACIÓN JURÍDICA DE QUIEN SE DIJO VÍCTIMA DE AQUÉLLOS, REALIZÓ UN ESTUDIO ESCRUPULOSO DE LOS ELEMENTOS EN QUE SE SUSTENTA LA IMPUTACIÓN AL TENOR DE LOS PARÁMETROS CONSTITUCIONALES FIJADOS, EN RELACIÓN CON LAS REGLAS DE EXCLUSIÓN DE LAS PRUEBAS ILÍCITAS.



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#SCJN - TESIS - Usuarios del servicio de transporte público colectivo urbano de Querétaro; Interés legítimo en el Amparo.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 30 de septiembre de 2016


MATERIA COMÚN


Usuarios del servicio de transporte público colectivo urbano de Querétaro; Interés legítimo en el Amparo; Auto de vinculación a proceso.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, publicadas el pasado día 30 de septiembre de 2016, donde destacan los siguientes rubros:


  • USUARIOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO URBANO. CUANDO RECLAMAN EL INCREMENTO DE LAS TARIFAS RESPECTIVAS, NO TIENEN LA CARGA DE PROBAR QUE LO UTILIZAN HABITUAL U OCASIONALMENTE.
  • SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO URBANO DE QUERÉTARO. EL ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA TARIFA APLICABLE, ES UNA NORMA GENERAL.
  • INTERÉS LEGÍTIMO EN EL AMPARO. PARA CORROBORAR LA ESPECIAL SITUACIÓN DEL QUEJOSO FRENTE A LA NORMA O ACTO DE AUTORIDAD QUE RECLAMA BAJO ESA FIGURA, DEBE SER PATENTE LA BUENA FE, LEALTAD Y ADHESIÓN A LA CAUSA EVENTUALMENTE COLECTIVA QUE RESPALDA.
  • AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. TEST DE RACIONALIDAD QUE PROCEDE APLICAR POR EL TRIBUNAL DE AMPARO, EN RELACIÓN CON LOS ANTECEDENTES DE INVESTIGACIÓN COMO CANON DE CONTROL DE SU LEGALIDAD.



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