SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Tesis y Jurisprudencias del 29 de abril de 2016
MATERIA PENAL
Pruebas en la audiencia de vinculación a proceso; Prescripción de la acción penal; Auto de vinculación a proceso; Reparación del daño en materia penal; Actos de tortura.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, publicadas el pasado día 29 de abril de 2016, entre las que destacan los siguientes rubros:
- PRUEBAS
EN LA AUDIENCIA DE VINCULACIÓN A PROCESO. EL PRONUNCIAMIENTO DEL JUEZ DE
CONTROL DE NEGAR LA PETICIÓN DE EXCLUIR ALGUNOS DATOS DE AQUÉLLAS, PLANTEADA
COMO INCIDENCIA POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, NO ES UNA DETERMINACIÓN DE MERO
TRÁMITE, POR LO QUE EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE EL RECURSO DE REVOCACIÓN,
PREVISTO EN EL ARTÍCULO 465 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
- PRESCRIPCIÓN
DE LA ACCIÓN PENAL EN EL DELITO DE DENUNCIAS FALSAS. NO SE INTERRUMPE SI EL
OFENDIDO HIZO DEL CONOCIMIENTO DEL ÓRGANO INVESTIGADOR LA NOTITIA CRIMINIS
DESPUÉS DE QUE TRANSCURRIÓ LA MITAD DEL PLAZO NECESARIO PARA QUE AQUÉLLA OPERE,
SINO CON LA APREHENSIÓN DEL IMPUTADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO).
- AUTO
DE VINCULACIÓN A PROCESO. SI AL CONOCER DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO EN
SU CONTRA, EL TRIBUNAL REVISOR ADVIERTE QUE EL JUEZ DE CONTROL, DURANTE LA
AUDIENCIA RELATIVA, DECLARÓ INFUNDADA LA INCIDENCIA PLANTEADA POR LA DEFENSA
DEL ACUSADO, CONSISTENTE EN EXCLUIR LOS DATOS DE PRUEBA QUE SE OBTUVIERON
ILÍCITAMENTE, ES ILEGAL QUE AQUÉL EXCEPTÚE ESE PRONUNCIAMIENTO DE LA MATERIA
DEL RECURSO DE APELACIÓN, BAJO EL ARGUMENTO DE QUE EN SU CONTRA DEBIÓ
PROMOVERSE EL DIVERSO DE REVOCACIÓN.
- REPARACIÓN
DEL DAÑO EN MATERIA PENAL. PARÁMETROS PARA LA CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO MORAL
(LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
- ACTOS
DE TORTURA. LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, CON MOTIVO DE LA VIOLACIÓN A LAS
LEYES QUE LO RIGEN POR LA OMISIÓN DE INVESTIGAR LOS DENUNCIADOS POR EL
IMPUTADO, DEBE ORDENARSE A PARTIR DE LA DILIGENCIA INMEDIATA ANTERIOR AL AUTO
DE CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
- ACTOS
DE TORTURA. LA OMISIÓN DEL JUEZ PENAL DE INSTANCIA DE INVESTIGAR LOS
DENUNCIADOS POR EL IMPUTADO, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL
PROCEDIMIENTO QUE TRASCIENDE A SU DEFENSA Y AMERITA LA REPOSICIÓN DE ÉSTE.
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