domingo, 21 de abril de 2019

#SCJN - TESIS - Juicio Contencioso Admvo Vs Negativa ficta, Ley de Justicia Admva para el Edo y Mpios de Nuevo León; Inexistencia de operaciones hechas constar por los contribuyentes; SAT; Art 42 o 69-B del CFF.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 17 y 31 de agosto de 2018


Inexistencia de las operaciones hechas constar por los contribuyentes; Juicio Contencioso Administrativo Federal Vs negativa ficta, Ley de Justicia Admva para el Edo y Mpios de Nuevo León.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas los pasados días 17 y 31 de agosto de 2018, donde sobresalen los siguientes rubros:


  • INEXISTENCIA DE LAS OPERACIONES HECHAS CONSTAR POR LOS CONTRIBUYENTES. LAS AUTORIDADES PUEDEN DECLARARLA EN USO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 42, O MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL REGULADO EN EL ARTÍCULO 69-B, AMBOS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
  • JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PROMOVIDO CONTRA UNA NEGATIVA FICTA. EL ARTÍCULO 50, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN, AL FACULTAR A LA AUTORIDAD DEMANDADA PARA QUE EN LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA EXPRESE MOTIVOS Y FUNDAMENTOS SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PROCESALES O DE FORMA DE LA SOLICITUD DE ORIGEN, VIOLA EL DERECHO DE ACCESO EFECTIVO A LA JUSTICIA.


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domingo, 7 de abril de 2019

#SCJN - TESIS - Prueba pericial en el procedimiento especial; Trabajadores al servicio del Estado y Municipios de Veracruz.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    L A B O R A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 11 de mayo de 2018


Trabajadores al servicio del Estado y Municipios de Veracruz que orientan e informan al público en general; Prueba pericial en el procedimiento especial.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, publicadas el pasado día 11 de mayo de 2018, donde destacan los siguientes rubros:


  • TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE VERACRUZ QUE ORIENTAN E INFORMAN AL PÚBLICO EN GENERAL ACERCA DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES. NO TIENEN EL CARÁCTER DE CONFIANZA, PORQUE ESAS FUNCIONES SON DIFERENTES A LAS DE DAR ASESORÍA.
  • PRUEBA PERICIAL EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL. PARA LA VALIDEZ DE LA AUDIENCIA EN QUE SE DESAHOGA, DEBE INTERVENIR Y FIRMAR EL AUXILIAR DE LA JUNTA Y NO EL PRESIDENTE (ANÁLISIS DE OFICIO AL EQUIPARARSE A UN PRESUPUESTO PROCESAL).


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#SCJN - TESIS - Derrames de hidrocarburos por tomas clandestinas; IMPI, reconocimiento oficial a organizaciones; Revisión Fiscal; IMSS, pruebas en escrito aclaratorio; Uso ininterrumpido de una marca.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A 


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 25 de mayo de 2018


Uso ininterrumpido de una marca; Revisión fiscal; Pruebas ofrecidas ante el IMSS mediante un escrito aclaratorio; IMPI, reconocimiento oficial a organizaciones; Derrames de hidrocarburos por tomas clandestinas; Deducción de pagos por servicios de enseñanza educación básico y medio superior Ley General de Educación.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 25 de mayo de 2018, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, donde destacan los siguientes rubros:


  • USO ININTERRUMPIDO DE UNA MARCA. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL NO ES VIOLATORIO DE LAS GARANTÍAS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA POR NO DEFINIR EL TÉRMINO "USO ININTERRUMPIDO", CUYO OBJETO Y ALCANCES, COMO CARGA PROBATORIA DE QUIEN PIDE LA NULIDAD DE UN REGISTRO MARCARIO, PUEDEN DESPRENDERSE DE UNA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA Y TELEOLÓGICA DE LA LEY.
  • REVISIÓN FISCAL. SI DICHO RECURSO LO INTERPONE UN APODERADO LEGAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, ES IMPROCEDENTE.
  • PRUEBAS OFRECIDAS ANTE EL IMSS MEDIANTE UN ESCRITO ACLARATORIO. PUEDEN TOMARSE EN CUENTA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PORQUE SE OFRECIERON DURANTE LA TRAMITACIÓN DE LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA Y OBRAN EN EL EXPEDIENTE.
  • INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. ESTÁ FACULTADO PARA OTORGAR RECONOCIMIENTO OFICIAL A DETERMINADAS ORGANIZACIONES, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 90, FRACCIÓN VII, DE LA LEY DE LA MATERIA, CON CIERTO CRÉDITO O DEFERENCIA A ESA DECISIÓN Y UN VALOR PRESUNTO.
  • DERRAMES DE HIDROCARBUROS POR TOMAS CLANDESTINAS. LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS RESULTA APLICABLE A LA MATERIA AMBIENTAL Y, DE MANERA ESPECIAL, A LAS ACTIVIDADES RIESGOSAS Y MATERIALES PELIGROSOS, COMO LO ES LA GASOLINA.
  • DEDUCCIÓN DE LOS PAGOS POR SERVICIOS DE ENSEÑANZA CORRESPONDIENTE A LOS TIPOS DE EDUCACIÓN BÁSICO Y MEDIO SUPERIOR A QUE SE REFIERE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN. PARA QUE PROCEDA DEBEN CUMPLIRSE LOS REQUISITOS QUE AL EFECTO PREVÉN LOS ARTÍCULOS 1.8 Y 1.9 DEL DECRETO QUE COMPILA DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES Y ESTABLECE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 26 DE DICIEMBRE DE 2013, A FIN DE ACREDITAR QUE LAS EROGACIONES LAS REALIZÓ EL CONTRIBUYENTE QUE PRETENDE AQUÉLLA.


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