SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C I V I L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 21 de junio de 2019
Sociedad conyugal; Prescripción de la acción; Competencia por materia para conocer de un reclamo por pago de honorarios.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 21 de junio de 2019, donde sobresalen los siguientes precedentes:
- SOCIEDAD CONYUGAL. PARA DETERMINAR SI UN BIEN ADQUIRIDO POSTERIORMENTE A LA SEPARACIÓN MATERIAL DE LOS CÓNYUGES CORRESPONDE A ESE RÉGIMEN, DEBE PRECISARSE SI EN LA FECHA DE SU ADQUISICIÓN, EL CÓNYUGE DEMANDANTE SE DEDICÓ PREPONDERANTEMENTE AL HOGAR, ASÍ COMO AL CUIDADO Y EDUCACIÓN DE LOS HIJOS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 196 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE COLIMA).
- PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN. SE INTERRUMPE CON LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, AUN CUANDO EN EL JUICIO RESPECTIVO SE DECRETE LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO).
- COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DE UN RECLAMO POR PAGO DE HONORARIOS. CUANDO LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO ENTRE LAS PARTES ACTORA Y DEMANDADA, NO TUVO POR OBJETO LA SATISFACCIÓN DEL INTERÉS PÚBLICO, CORRESPONDE A UN JUEZ EN MATERIA CIVIL.
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