SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C O M Ú N
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 21 de agosto de 2020
Tercero interesado; Recusación en el Juicio de Amparo; Cambio de situación jurídica; Amparo indirecto Vs resolución interlocutoria en incidente de sustitución procesal.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 21 de agosto de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, donde sobresalen los siguientes precedentes:
- TERCERO INTERESADO. EL PATRÓN NO TIENE ESA CALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN III, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO, AUN CUANDO EN EL JUICIO LABORAL DE ORIGEN FUE DEMANDADO, SI EN TAL PROCEDIMIENTO SE ESTÁ DILUCIDANDO ENTRE DOS O MÁS SINDICATOS LA TITULARIDAD DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, PUES DE HACERLO SE ATENTARÍA EN CONTRA DEL LIBRE EJERCICIO DE LA LIBERTAD SINDICAL, EXCLUSIVA DE LOS SINDICATOS.
- RECUSACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. SÓLO PUEDE SOLICITARSE EN UNA OCASIÓN (APLICACIÓN SUPLETORIA DEL ARTÍCULO 51 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES).
- CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN EL QUE SE RECLAMA CUALQUIER CUESTIÓN INHERENTE A LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA, SE ACTUALIZA CON EL DICTADO DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA EN EL PROCESO PENAL NATURAL, SIN NECESIDAD DE ESPERAR A QUE ÉSTA CAUSE ESTADO.
- AMPARO INDIRECTO. PROCEDE EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN INTERLOCUTORIA DICTADA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL INCIDENTE DE SUSTITUCIÓN PROCESAL, SIEMPRE QUE SE HAYA EMITIDO EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE LAUDO.
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