domingo, 29 de agosto de 2021

#SCJN - TESIS - Deducciones personales previstas en el art 151, fr I, de la LISR; IVA exhibición de un comprobante fiscal es insuficiente para reconocer el derecho subjetivo a su devolución; Recurso de revisión fiscal, art 63, fr III, inciso a), de la LFPCA.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S  C  J  N


M A T E R I A   A D M I N I S T R A T I V A  (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 02 de octubre de 2020


Recurso de revisión fiscal, art 63, fr III, inciso a) de la LFPCA; IVA exhibición de un comprobante fiscal es insuficiente para reconocer el derecho subjetivo a su devolución; Deducciones personales previstas en el art 151, fr I, de la LISR.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 02 de octubre de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), donde destacan los siguientes rubros:



  1. RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. PROCEDE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 63, FRACCIÓN III, INCISO A), DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CUANDO LA AUTORIDAD HACENDARIA ESTABLECE EL SIGNIFICADO, CONTENIDO O ALCANCE DE UN CONCEPTO (AUNQUE SEA GRAMATICAL), PARA SUBSUMIR EN UNA HIPÓTESIS NORMATIVA LOS HECHOS DEL CASO CONCRETO.
  2. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LA EXHIBICIÓN DE UN COMPROBANTE FISCAL ES INSUFICIENTE PARA RECONOCER EL DERECHO SUBJETIVO A SU DEVOLUCIÓN.
  3. DEDUCCIONES PERSONALES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DEBEN CONSIDERARSE ASÍ LOS PAGOS REALIZADOS POR CONCEPTO DE COASEGURO Y DEDUCIBLE EN LOS SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES.




Para mayor información, en el siguiente enlace:






https://docs.google.com/document/d/1qb2NPZt72OY0PKNfNbDWheiHmOGlz5LVBm-5rRrEKyM/edit?usp=sharing





www.falconylagunes.com







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