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martes, 14 de noviembre de 2023

#SCJN -> TESIS 馃搷 Multas en el JCAF, el TFJA est谩 facultado para imponerlas por la interposici贸n de Demandas, Recursos o promociones notoriamente fr铆volas e improcedentes, art 7 Bis de la LFPCA; Seguro de Riesgos de Trabajo, art 32, fr V, 煤ltimo p谩rrafo, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliaci贸n, Clasificaci贸n de Empresas, Recaudaci贸n y Fiscalizaci贸n, declaraci贸n anual de siniestralidad, determinaci贸n de la prima de riesgo; Firma Electr贸nica Avanzada, para considerar debidamente signada una resoluci贸n por la autoridad fiscal, innecesario se帽alar el per铆odo de vigencia del certificado de sello digital. ☑



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 04 de marzo de 2022


Firma Electr贸nica Avanzada, para considerar debidamente signada una resoluci贸n por la autoridad fiscal, innecesario se帽alar el per铆odo de vigencia del certificado de sello digital; Multas en el JCAF, el TFJA est谩 facultado para imponerlas por la interposici贸n de Demandas, Recursos o promociones notoriamente fr铆volas e improcedentes, art 7 Bis de la LFPCA; Seguro de Riesgos de Trabajo, art 32, fr V, 煤ltimo p谩rrafo, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliaci贸n, Clasificaci贸n de Empresas, Recaudaci贸n y Fiscalizaci贸n, declaraci贸n anual de siniestralidad, determinaci贸n de la prima de riesgo.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado d铆a 04 de marzo de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 



  • FIRMA ELECTR脫NICA AVANZADA. PARA CONSIDERAR DEBIDAMENTE SIGNADA UNA RESOLUCI脫N EMITIDA POR LA AUTORIDAD FISCAL A TRAV脡S DEL USO DE DICHA HERRAMIENTA TECNOL脫GICA, ES INNECESARIO QUE CONSTE EN EL DOCUMENTO IMPRESO EL PERIODO DE VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL CON QUE AQU脡LLA SE GENER脫.
  • MULTAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. LAS SALAS, SECCIONES Y EL PLENO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EST脕N FACULTADOS PARA IMPONERLAS POR LA INTERPOSICI脫N DE DEMANDAS, RECURSOS O PROMOCIONES NOTORIAMENTE FR脥VOLAS E IMPROCEDENTES, CONFORME AL ART脥CULO 7o. BIS DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
  • SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO. CONFORME AL ART脥CULO 32, FRACCI脫N V, 脷LTIMO P脕RRAFO, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACI脫N, CLASIFICACI脫N DE EMPRESAS, RECAUDACI脫N Y FISCALIZACI脫N, EL PATR脫N EST脕 EXENTO DE LA OBLIGACI脫N DE PRESENTAR LA DECLARACI脫N ANUAL DE SINIESTRALIDAD CUANDO AL DETERMINAR LA PRIMA PARA CUBRIR LAS CUOTAS RELATIVAS, 脡STA SEA IGUAL A LA DEL EJERCICIO ANTERIOR.




Si desea conocer el contenido de manera completa, en el siguiente enlace: 














martes, 20 de diciembre de 2022

#SCJN - TESIS ->> Bloqueo de cuentas bancarias, art 115 de la Ley de Instituciones de Cr茅dito, Jurisprudencia 2a./J.46/2018 (10a.); Multa en el Juicio Contencioso Administrativo Federal, art 7 Bis de la LFPCA; Notificaciones por Buz贸n Tributario, su legalidad depende del aviso electr贸nico previo del SAT; Art 39 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, recursos administrativos; Recurso de Revisi贸n Fiscal.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A  (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 13 de agosto de 2021


Art 39 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, recursos administrativos; Recurso de Revisi贸n Fiscal; Notificaciones por Buz贸n Tributario, su legalidad depende del aviso electr贸nico previo del SAT; Multa en el Juicio Contencioso Administrativo Federal, art 7 Bis de la LFPCA; Bloqueo de cuentas bancarias, art 115 de la Ley de Instituciones de Cr茅dito, Jurisprudencia 2a./J.46/2018 (10a.).



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer el pasado d铆a 13 de agosto de 2021, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), donde sobresalen los siguientes rubros: 



  1. RECURSOS ADMINISTRATIVOS. LA OBLIGACI脫N PREVISTA EN EL ART脥CULO 39 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE MENCIONARLOS EN EL ACTO ADMINISTRATIVO, AS脥 COMO EL PLAZO PARA INTERPONERLOS Y ANTE QU脡 AUTORIDAD, EXCEPCIONALMENTE SE CUMPLE CUANDO EL EMISOR REMITA AL PRECEPTO LEGAL QUE EXPRESAMENTE LO INDIQUE, PUES CON ELLO SE SALVAGUARDA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.
  2. RECURSO DE REVISI脫N FISCAL. ES IMPROCEDENTE CUANDO PARA JUSTIFICAR LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA DEL ASUNTO, LA AUTORIDAD INVOCA EN EL CAP脥TULO DE PROCEDENCIA DE SU ESCRITO QUE EN LA SENTENCIA RECURRIDA LA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA INOBSERV脫 O TRANSGREDI脫 TRATADOS INTERNACIONALES, PERO NO LO HACE VALER EN LOS AGRAVIOS, NI ELLO FUE MATERIA DE LA LITIS EN EL JUICIO DE ORIGEN.
  3. NOTIFICACIONES POR BUZ脫N TRIBUTARIO. SU LEGALIDAD DEPENDE DEL AVISO ELECTR脫NICO PREVIO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACI脫N TRIBUTARIA (SAT) AL CONTRIBUYENTE DE QUE TIENE UNA NOTIFICACI脫N PENDIENTE Y NO DE LOS REQUISITOS DE CIRCUNSTANCIACI脫N Y CERCIORAMIENTO EXIGIDOS PARA LAS NOTIFICACIONES PERSONALES.
  4. MULTA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. EL ART脥CULO 7o. BIS DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NO SIRVE DE FUNDAMENTO PARA IMPONERLA AL ACTOR, AL DESVIRTUARSE LA NEGATIVA DE TENER RELACI脫N LABORAL CON LOS TRABAJADORES QUE APARECEN EN LA RESOLUCI脫N IMPUGNADA, EXPRESADA EN SU DEMANDA.
  5. BLOQUEO DE CUENTAS BANCARIAS. CUANDO DERIVE DE LA APLICACI脫N DEL ART脥CULO 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CR脡DITO EN CONTRA DE SU INTERPRETACI脫N REALIZADA EN LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 2a./J. 46/2018 (10a.), EL JUEZ DE DISTRITO QUE CONOZCA DEL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA DEBE REQUERIR A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES SU INFORME JUSTIFICADO EN EL T脡RMINO IMPRORROGABLE DE TRES D脥AS, CONFORME AL ART脥CULO 118 DE LA LEY DE AMPARO.