martes, 11 de febrero de 2014

SAT - IETU como impuesto comprendido en tratados para evitar doble tributación.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

IETU como impuesto comprendido en los tratados para evitar la doble tributación que México tiene


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer un documento referente al IETU como impuesto comprendido en los tratados para evitar la doble tributación que México tiene en vigor actualizado al mes de enero de 2014.

Al respecto, a partir del 1 de enero de 2014 no se aplica el IETU, debido a que la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única ha sido abrogada mediante Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derecho, se expide la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013.

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