SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Tesis y Jurisprudencias del 11 de marzo de 2016
MATERIA LABORAL
Pensión por ascendencia; Laudo, proyecto de resolución; Actas administrativas; Reinstalación y prorroga de contrato temporal; Antigüedad genérica de empresa.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado día 11 de marzo de 2016, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en materia LABORAL, las cuales son del tenor siguiente:
- PENSIÓN POR ASCENDENCIA. DEBE PAGARSE A PARTIR DE LA FECHA DE LA MUERTE DEL TRABAJADOR.
- LAUDO. ES INEXISTENTE SI AL PIE SE LEE "PROYECTO DE RESOLUCIÓN" Y LAS FIRMAS DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA OBRAN EN OTRA FOJA, NO CONSECUTIVA, QUE NO CUENTA CON ENTRE SELLO, RÚBRICA, NI CONTIENE CERTIFICACIÓN DE QUE CORRESPONDE A AQUÉL.
- ACTAS ADMINISTRATIVAS LEVANTADAS PARA SUSTENTAR LAS CAUSAS DE LA RESCISIÓN LABORAL. AUNQUE HAYAN SIDO RATIFICADAS POR QUIENES LAS SUSCRIBIERON, ANTE EL PATRÓN, DEBEN SER EXAMINADAS POR LA JUNTA, LA QUE HABRÁ DE DETERMINAR SU VALOR PROBATORIO.
- REINSTALACIÓN Y PRÓRROGA DE CONTRATO TEMPORAL. EL TRABAJADOR PUEDE EJERCER AMBAS ACCIONES EN LA DEMANDA Y/O EN LA AMPLIACIÓN, PUES ES PROPIAMENTE EN EL LAUDO DONDE LA JUNTA DEBE EXAMINAR SU PERTINENCIA, BAJO UN ANÁLISIS SUCESIVO.
- ANTIGÜEDAD GENÉRICA DE EMPRESA. EL LAUDO QUE CONDENA AL DEMANDADO A RECONOCERLA POR UN PERÍODO QUE NO FUE EL EXACTAMENTE RECLAMADO POR EL ACTOR, NO ES INCONGRUENTE, AL NO IMPLICAR VARIACIÓN DE LA ACCIÓN.
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