SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 16 de agosto de 2019
Sucesión en materia agraria; Procedimiento administrativo sancionador; Impuesto Sobre Espectáculos Públicos; Directores Generales adjuntos de sanciones administrativas de la CNBV; Derechos por servicios registrales; Conceptos de anulación en el Juicio en materia Administrativa.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 16 de agosto de 2019, donde sobresalen los siguientes rubros:
- SUCESIÓN EN MATERIA AGRARIA. LA CONSTITUCIÓN DEL PATRIMONIO DE FAMILIA NO IMPLICA IMPOSIBILIDAD PARA EL EJIDATARIO DE DESIGNAR A QUIEN DEBA SUCEDERLE.
- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. CUANDO SE SIGA CONTRA UN INTERNO POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL, NO EXISTE OBLIGACIÓN DE QUE ESTÉ ASISTIDO POR UN LICENCIADO EN DERECHO.
- IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. NO SE CAUSA POR EL EXCEDENTE DEL 5% DEL VALOR DE LOS BOLETOS DE CORTESÍA DECLARADOS PARA UNA FUNCIÓN (LEGISLACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO).
- DIRECTORES GENERALES ADJUNTOS DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. SON COMPETENTES PARA IMPONER SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES A LAS LEYES QUE RIGEN EL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO.
- DERECHOS POR SERVICIOS REGISTRALES. LOS ARTÍCULOS 79, FRACCIÓN II, 79-A, 79-B, 82, FRACCIÓN IV, 82-A Y 82-B DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, VIGENTE EN 2017, QUE PREVÉN EL PAGO DE DIVERSAS CUOTAS POR AQUEL CONCEPTO, CONFORMAN UN SISTEMA NORMATIVO CON IDENTIDAD DE OBJETO AL REGULAR EL MISMO SERVICIO PÚBLICO.
- CONCEPTOS DE ANULACIÓN EN EL JUICIO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. MÉTODO PARA DETERMINAR LA PREEMINENCIA DE SU ESTUDIO EN RELACIÓN CON EL MAYOR BENEFICIO JURÍDICO QUE PUEDAN PRODUCIR AL ACTOR, PARA CUMPLIR CON EL DERECHO DE ACCESO EFECTIVO A UNA JUSTICIA COMPLETA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente enlace:
https://docs.google.com/document/d/1yBYD-xx-1_3bCH3TAljGQhkWue7zV4uxVGVDXWzSRyk/edit?usp=sharing
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