lunes, 31 de agosto de 2020

#SCJN - TESIS - Notarios Públicos, su carácter en el Amparo, en sucesiones extrajudiciales; Prueba pericial en grafoscopia en el Juicio Mercantil; Remate en el Juicio Ordinario Mercantil; Separación de Juicios de Amparo; Revisión en Amparo indirecto.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    C O M Ú N


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 16 de agosto de 2019


Separación de Juicios de Amparo; Revisión en Amparo indirecto; Remate en el Juicio Ordinario Mercantil; Prueba pericial en grafoscopia en el Juicio Mercantil; Notarios Públicos, su carácter en el Amparo, en sucesiones extrajudiciales.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 16 de agosto de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde destacan los siguientes rubros:



  • SEPARACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO. AL NO ESTAR PREVISTA ESTA FIGURA EN LA LEY DE LA MATERIA VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013, SI EL JUEZ DE DISTRITO EN LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL ADVIERTE QUE FUERON SOMETIDOS A SU CONSIDERACIÓN DOS ACTOS RECLAMADOS DESVINCULADOS ENTRE SÍ, PUEDE DECLARARSE INCOMPETENTE PARA CONOCER DE UNO DE ELLOS, SIN QUE POR ELLO SE DIVIDA LA CONTINENCIA DE LA CAUSA.
  • REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO DEBEN VERIFICAR SI EXISTE JURISPRUDENCIA APLICABLE QUE RESUELVA LA MATERIA DE CONSTITUCIONALIDAD QUE ACTUALICE SU COMPETENCIA DELEGADA, PREVIO A DECLARARSE LEGALMENTE INCOMPETENTES.
  • REMATE EN EL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. CONTRA LA ORDEN DE ADJUDICACIÓN Y EL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DE AQUÉL (ADJUDICACIÓN FIRME) PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO, SIN NECESIDAD DE AGOTAR RECURSO ORDINARIO ALGUNO.
  • PRUEBA PERICIAL EN GRAFOSCOPIA EN EL JUICIO MERCANTIL. ES INNECESARIO AGOTAR LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN LA PRIMERA ETAPA DE LA ACTIVIDAD PROBATORIA PARA REFUTAR SU VALORACIÓN EN LA SENTENCIA.
  • NOTARIOS PÚBLICOS. NO TIENEN EL CARÁCTER DE AUTORIDADES RESPONSABLES PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CUANDO SE LES RECLAMEN ACTOS DERIVADOS DE LA TRAMITACIÓN DE SUCESIONES EXTRAJUDICIALES.




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