domingo, 24 de enero de 2021

#SCJN - TESIS - Competencia del Amparo Vs requerimiento de información y documentación en una revisión de escritorio o gabinete; Autocorrección en materia fiscal; Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, matrimonio de personas del mismo sexo, negativa de pensión por viudez; SPEI no debe considerarse ingreso gravable, si se acredita es otra cuenta del propio contribuyente.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A  (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 17 de enero de 2020



SPEI no deben considerarse ingresos gravables, si se acredita que el origen es otra cuenta del propio contribuyente; Recurso de Revisión Fiscal, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, matrimonio de personas del mismo sexo, negativa de pensión por viudez; Competencia para conocer del Juicio de Amparo Vs el requerimiento de información y documentación derivado de una revisión de escritorio o gabinete; Autocorrección en materia fiscal.






La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 17 de enero de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), donde destacan los siguientes rubros:



  1. SISTEMA DE PAGOS ELECTRÓNICOS INTERBANCARIOS (SPEI). LOS DEPÓSITOS REALIZADOS MEDIANTE EL USO DE ESA HERRAMIENTA TECNOLÓGICA NO DEBEN CONSIDERARSE COMO INGRESOS GRAVABLES, SI SE ACREDITA QUE EL ORIGEN DE LOS RECURSOS MONETARIOS ES OTRA CUENTA DEL PROPIO CONTRIBUYENTE.
  2. RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. PROCEDE CONTRA LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA QUE DECLAREN LA NULIDAD DE UNA RESOLUCIÓN DICTADA POR EL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN, EN LA QUE DETERMINÓ QUE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INCURRIÓ EN DISCRIMINACIÓN INDIRECTA EN PERJUICIO DE UN MATRIMONIO DE PERSONAS DEL MISMO SEXO, AL NEGAR LA PENSIÓN DE VIUDEZ.
  3. COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA EL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DERIVADO DE UNA REVISIÓN DE ESCRITORIO O GABINETE. RECAE EN EL JUEZ DE DISTRITO QUE TENGA JURISDICCIÓN EN EL DOMICILIO DE LA AUTORIDAD FISCAL ANTE LA CUAL DEBAN PROPORCIONARSE.
  4. AUTOCORRECCIÓN EN MATERIA FISCAL. EL EJERCICIO DE ESA PRERROGATIVA NO ESTÁ CONDICIONADO A QUE SE ENTREGUE A LA AUTORIDAD COPIA DE LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE, SINO A QUE ÉSTA SE PRESENTE OPORTUNAMENTE.




Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente enlace:

















No hay comentarios.:

Publicar un comentario