SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 14 de agosto de 2020
Retención de boletas de calificaciones por parte de una escuela privada de nivel básico; Responsabilidades administrativas de los servidores públicos; Exámenes de control de confianza; Control del tabaco; Comunicación pública de obras en habitaciones de hoteles; Comunicación pública de obras; Afirmativa ficta prevista en el art 105 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 14 de agosto de 2020, donde destacan los siguientes precedentes:
- RETENCIÓN DE BOLETAS DE CALIFICACIONES Y DEMÁS MATERIAL DE EVALUACIÓN POR PARTE DE UNA ESCUELA PRIVADA DEL NIVEL BÁSICO. SUS CONDICIONES DE VALIDEZ.
- RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. EL ARTÍCULO 37, SEXTO PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA, ES INCONSTITUCIONAL, AL ESTAR VICIADO EL PROCESO LEGISLATIVO QUE LO MODIFICÓ.
- EXÁMENES DE CONTROL DE CONFIANZA. SU VIGENCIA ES CONDICIONANTE PARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN DE ELEMENTOS OPERATIVOS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE JALISCO, A EFECTO DE CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA.
- CONTROL DEL TABACO. EL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN VI, DE LA LEY GENERAL RELATIVA, VULNERA EL PRINCIPIO DE IGUALDAD.
- COMUNICACIÓN PÚBLICA DE OBRAS EN HABITACIONES DE HOTELES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 11 BIS DE LA GUÍA DEL CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS.
- COMUNICACIÓN PÚBLICA DE OBRAS. EL AUTOR DE UNA OBRA TIENE DERECHO A PERCIBIR LA REGALÍA QUE CORRESPONDA POR TODO ACTO DE COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LA MISMA.
- AFIRMATIVA FICTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 105 DE LA LEY DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO DE JALISCO. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA ENTIDAD ES EL ÓRGANO FORMAL Y MATERIALMENTE COMPETENTE PARA CONOCER Y RESOLVER SOBRE SU DECLARATORIA.
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