miércoles, 21 de diciembre de 2022

#SCJN - TESIS ->> Caducidad de la instancia; Daño moral; Endoso en propiedad de un pagaré; Nulidad de matrimonio.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    C I V I L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 28 de mayo de 2021


Nulidad de matrimonio; Endoso en propiedad de un pagaré; Daño moral; Caducidad de la instancia.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 28 de mayo de 2021, donde sobresalen los siguientes rubros: 



  1. NULIDAD DEL MATRIMONIO. TANTO LOS HIJOS O HEREDEROS DE LA PRIMERA UNIÓN DE LA PERSONA QUE CONTRAJO SEGUNDAS NUPCIAS CON EL DE CUJUS ESTANDO CASADA, COMO LOS DEL PRIMER ENLACE DE ÉSTE, TIENEN LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA CAUSA PARA EJERCER LA ACCIÓN RELATIVA (INTERPRETACIÓN EXTENSIVA Y TELEOLÓGICA DEL ARTÍCULO 241 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NAYARIT).
  2. ENDOSO EN PROPIEDAD DE UN PAGARÉ. LA PALABRA "INDISTINTAMENTE" CONTENIDA EN ÉSTE, SE REFIERE A QUE LA OBLIGACIÓN DEBE SER MANCOMUNADA, ATENTO AL PRINCIPIO DE LITERALIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 5o. DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.
  3. DAÑO MORAL. PARA FIJAR UNA INDEMNIZACIÓN JUSTA POR ESE CONCEPTO, ÉSTA DEBE GUARDAR SIMETRÍA CON LA CUANTIFICACIÓN EFECTUADA POR LA RESPONSABILIDAD CIVIL SUBJETIVA, CUANDO EL DAÑO CAUSADO PROVOQUE UNA INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE QUE CORRESPONDA AL DERECHO LESIONADO (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. NO OPERA EN LOS INCIDENTES PROMOVIDOS EN LOS JUICIOS SUCESORIOS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 311, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, CONFORME AL PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD DE LA NORMA).

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