jueves, 13 de marzo de 2025

#SCJN - TESIS ✔ Acceso a la información pública, elementos fácticos en la jurisprudencia por precedentes obligatorios; Juicio Agrario, inaplicable el Principio General de Derecho que dice "Nadie puede volverse contra sus propios actos"; Juicio Agrario, cuando intervienen comunidades indígenas; Juicio Agrario, contratos celebrados por un ejido en uso y goce de tierras de uso común en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos. ❕



-SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN-



S   C   J   N 



M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A 



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 10 de febrero de 2023 



Acceso a la información pública, elementos fácticos en la jurisprudencia por precedentes obligatorios; Juicio Agrario, inaplicable el Principio General de Derecho que dice "Nadie puede volverse contra sus propios actos"; Juicio Agrario, cuando intervienen comunidades indígenas; Juicio Agrario, contratos celebrados por un ejido en uso y goce de tierras de uso común en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 10 de febrero de 2023, donde destacan los siguientes rubros: 


  • ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LA PRETENSIÓN DE CONOCER LOS ELEMENTOS FÁCTICOS QUE ANTECEDEN A LAS DECISIONES QUE INTEGRAN JURISPRUDENCIA POR PRECEDENTES OBLIGATORIOS, NO PUEDE INVOCARSE COMO RAZÓN PARA EXIGIR LA ENTREGA GRATUITA CON EXTENSIÓN MAYOR A LA NORMATIVAMENTE PREVISTA, DE VERSIONES FÍSICAS DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES QUE INCLUYAN DICHOS ASPECTOS.
  • JUICIO AGRARIO. ES INAPLICABLE EL PRINCIPIO GENERAL DE DERECHO QUE DICE "NADIE PUEDE VOLVERSE CONTRA SUS PROPIOS ACTOS", COMO BASE DE LA FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA DE LA PERSONA MORAL QUE CELEBRÓ CON UN EJIDO CONTRATOS SOBRE LA AFECTACIÓN DEL USO Y GOCE DE TIERRAS DE USO COMÚN PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS.
  • JUICIO AGRARIO. ESTÁNDAR PARA ANALIZAR SI EXISTIÓ ACCESO PLENO A LA JURISDICCIÓN DEL ESTADO, CUANDO INTERVIENEN COMUNIDADES INDÍGENAS.
  • JUICIO AGRARIO. LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR UN EJIDO CON LA FINALIDAD DE AFECTAR EL USO Y GOCE DE LAS TIERRAS DE USO COMÚN PARA QUE SU CONTRAPARTE LLEVE A CABO ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS, DEBEN ANALIZARSE POR LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.

#SCJN - TESIS ✅ Suspensión en el Padrón de Importadores y en el Padrón de Importadores de sectores específicos, Regla 1.3.3., fr XVII, de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019; Trabajadora al servicio del estado, supresión de plaza (no acreditada), viola el Derecho al Trabajo; Violación equiparada, art 273, párrafo cuarto, Código Penal del Estado de México; Juicio oral mercantil, art 1390 Bis 13, del Código de Comercio, ofrecimiento de pruebas demostrar sus afirmaciones, desechamiento; Juzgar con perspectiva de género e infancia, delito sexual cometido contra una niña. 📌



*SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN*



S   C   J   N 



M A T E R I A    C O N S T I T U C I O N A L



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de enero de 2023 



Juicio oral mercantil, art 1390 Bis 13, del Código de Comercio, ofrecimiento de pruebas demostrar sus afirmaciones, desechamiento; Juzgar con perspectiva de género e infancia, delito sexual cometido contra una niña; Suspensión en el Padrón de Importadores y en el Padrón de Importadores de sectores específicos, Regla 1.3.3., fr XVII, de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019; Trabajadora al servicio del estado, supresión de plaza (no acreditada), viola el Derecho al Trabajo; Violación equiparada, art 273, párrafo cuarto, Código Penal del Estado de México.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 06 de enero de 2023, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  • JUICIO ORAL MERCANTIL. EL ARTÍCULO 1390 BIS 13 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, AL ESTABLECER QUE AL OFRECER SUS PRUEBAS LAS PARTES EXPRESARÁN LAS RAZONES POR LAS QUE CONSIDERAN QUE CON ÉSTAS DEMOSTRARÁN SUS AFIRMACIONES Y QUE EN CASO DE INCUMPLIR ESE REQUISITO SE DESECHARÁN, ES INCONSTITUCIONAL.
  • JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO E INFANCIA. CUANDO SE CONCEDE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL AL SENTENCIADO POR UN DELITO SEXUAL COMETIDO CONTRA UNA NIÑA, POR TRANSGREDIR LA SENTENCIA RECLAMADA EL PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD, PROCEDE INSTRUIR AL TRIBUNAL DE ALZADA PARA QUE, AL DAR CUMPLIMIENTO AL FALLO PROTECTOR, HAGA USO DE ESAS HERRAMIENTAS METODOLÓGICAS EN FAVOR DE LA VÍCTIMA.
  • SUSPENSIÓN EN EL PADRÓN DE IMPORTADORES Y EN EL PADRÓN DE IMPORTADORES DE SECTORES ESPECÍFICOS. LA REGLA 1.3.3., FRACCIÓN XVII, DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2019, TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA, AL PREVER SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN NO REGULADOS EN LA LEY ADUANERA NI EN SU REGLAMENTO.
  • TRABAJADORA AL SERVICIO DEL ESTADO. SUPRESIÓN DE PLAZA (NO ACREDITADA), VIOLA EL DERECHO AL TRABAJO.
  • VIOLACIÓN EQUIPARADA. EL ARTÍCULO 273, PÁRRAFO CUARTO, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO, AL ESTABLECER UNA DIFERENCIA MÁXIMA DE CINCO AÑOS ENTRE LA VÍCTIMA (MENOR DE QUINCE Y MAYOR DE TRECE AÑOS) Y EL IMPUTADO, PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA EXCLUYENTE DE ESTE DELITO, ES CONSTITUCIONAL.

martes, 11 de marzo de 2025

#SCJN ✔ Demanda del Juicio Contencioso Administrativo, la depositada en la oficina del Servicio Postal Mexicano, con domicilio en el lugar de residencia de la Sala del TFJA competente, no interrumpe el plazo para su presentación. 👥



*SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN*



S   C   J   N 


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL) 



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 10 de marzo de 2023 



Demanda del Juicio Contencioso Administrativo, la depositada en la oficina del Servicio Postal Mexicano, con domicilio en el lugar de residencia de la Sala del TFJA competente, no interrumpe el plazo para su presentación. 




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 10 de marzo de 2023, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  • DEMANDA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. LA DEPOSITADA EN LA OFICINA DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO CON DOMICILIO EN EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA COMPETENTE, NO INTERRUMPE EL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓN.





Para mayor información, en el siguiente enlace:














lunes, 10 de marzo de 2025

#SCJN - TESIS ⌛ JCA improcedente por falta de competencia materia del TFJA Vs resolución que concluye el procedimiento de verificación patrimonial de los servidores públicos; Recurso de revisión en el Amparo, es innecesario que obre su copia en el cuaderno principal; Suspensión en el Amparo, impedimento jurídico para otorgarla cuando existe una violación al derecho de petición; Impuesto sobre Nóminas, art 110 Ley de Ingresos del Edo de Durango 2022, estímulo fiscal del 10% de esa contribución; Sucesión en materia agraria, perspectiva de género y del derecho a la igualdad de las partes, art 18 de la Ley Agraria. 🆗



* SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN * 



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M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A 



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 03 de febrero de 2023 



JCA improcedente por falta de competencia materia del TFJA Vs resolución que concluye el procedimiento de verificación patrimonial de los servidores públicos; Recurso de revisión en el Amparo, es innecesario que obre su copia en el cuaderno principal; Suspensión en el Amparo, impedimento jurídico para otorgarla cuando existe una violación al derecho de petición; Impuesto sobre Nóminas, art 110 Ley de Ingresos del Edo de Durango 2022, estímulo fiscal del 10% de esa contribución; Sucesión en materia agraria, perspectiva de género y del derecho a la igualdad de las partes, art 18 de la Ley Agraria.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 03 de febrero de 2025, donde sobresalen los siguientes precedentes: 


  1. JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. ES IMPROCEDENTE, POR FALTA DE COMPETENCIA MATERIAL DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONCLUYE EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y DETERMINA EL ENVÍO A LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, PARA EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA DENUNCIA QUE CORRESPONDA, CUANDO NO SE JUSTIFIQUE O EXPLIQUE LA PROCEDENCIA DEL INCREMENTO EN SU PATRIMONIO.
  2. RECURSO DE REVISIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. ES INNECESARIO QUE OBRE SU COPIA EN EL CUADERNO PRINCIPAL.
  3. SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. EXISTE UN IMPEDIMENTO JURÍDICO PARA OTORGARLA CUANDO SE RECLAMA LA VIOLACIÓN AL DERECHO DE PETICIÓN, PORQUE LA MEDIDA CAUTELAR OTORGARÍA AL QUEJOSO UN BENEFICIO DEFINITIVO.
  4. IMPUESTO SOBRE NÓMINAS. EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE DURANGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EN RELACIÓN CON EL DIVERSO 7 DE LA LEY DE HACIENDA DE ESA ENTIDAD, AL PREVER UN ESTÍMULO FISCAL DEL 10 % DE ESA CONTRIBUCIÓN, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
  5. SUCESIÓN EN MATERIA AGRARIA. DESDE EL ENFOQUE DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DEL DERECHO A LA IGUALDAD DE LAS PARTES CONTENDIENTES, CUANDO EL EJIDATARIO DE CUJUS CONTRAJO MATRIMONIO CON DOS PERSONAS DISTINTAS, AMBAS CÓNYUGES SUPÉRSTITES TIENEN DERECHO A HEREDAR EN CONCURRENCIA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY AGRARIA).

jueves, 27 de febrero de 2025

#SCJN - TESIS ✔ Predial, declaración de inconstitucionalidad del art 13, de la Ley de Ingresos del Mpio de Durango 2017-2018-2019; JCA el TJA del Edo de Nayarit, examen de los conceptos de impugnación, debe precisar las cargas probatorias; Migrantes, las autoridades migratorias deben promover y garantizar la oportunidad para denunciar e impugnar hechos violatorios de sus DH 👥



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 



S   C   J   N 



M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A 



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 24 de febrero de 2023 



Predial, declaración de inconstitucionalidad del art 13, de la Ley de Ingresos del Mpio de Durango 2017-2018-2019; JCA el TJA del Edo de Nayarit, examen de los conceptos de impugnación, debe precisar las cargas probatorias; Migrantes, las autoridades migratorias deben promover y garantizar la oportunidad para denunciar e impugnar hechos violatorios de sus DH 




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 24 de febrero de 2023, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. PREDIAL. LA DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE DURANGO, POR LA OMISIÓN DEL LEGISLADOR DE PRECISAR LA MECÁNICA PARA CALCULAR LA BASE GRAVABLE, NO LIBERA AL CONTRIBUYENTE DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO DE LA CUOTA FIJA MÍNIMA DEL IMPUESTO RELATIVO (LEGISLACIONES VIGENTES EN 2017, 2018 Y 2019).
  2. JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE NAYARIT, PREVIAMENTE AL EXAMEN DE LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN, DEBE PRECISAR LAS CARGAS PROBATORIAS CON LA FINALIDAD DE SALVAGUARDAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE IGUALDAD ENTRE LAS PARTES Y DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.
  3. MIGRANTES. LAS AUTORIDADES MIGRATORIAS DEBEN PROMOVER Y GARANTIZAR LA OPORTUNIDAD PARA DENUNCIAR E IMPUGNAR HECHOS VIOLATORIOS DE SUS DERECHOS HUMANOS EN LAS ESTACIONES MIGRATORIAS, EN RESPETO AL DERECHO HUMANO A LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

miércoles, 26 de febrero de 2025

#SCJN - TESIS ✅ Convenio de divorcio celebrado en la audiencia de juicio en un asunto de orden familiar; Diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento en un Ejecutivo Mercantil; Diligencias de apeo y deslinde; Remate, amparo indirecto Vs resolución que ordena otorgar la escritura de adjudicación; Violaciones procesales en el Juicio de Amparo directo; Modificación o revocación del monto de la garantía para que no deje de surtir efectos la suspensión definitiva en el Amparo; Conflicto competencial por razón de territorio; Hechos notorios. 👪



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 



S   C   J   N 



M A T E R I A    C I V I L



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de enero de 2023



Modificación o revocación del monto de la garantía para que no deje de surtir efectos la suspensión definitiva en el Amparo; Conflicto competencial por razón de territorio; Hechos notorios; Convenio de divorcio celebrado en la audiencia de juicio en un asunto de orden familiar; Diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento en un Ejecutivo Mercantil; Diligencias de apeo y deslinde; Remate, amparo indirecto Vs resolución que ordena otorgar la escritura de adjudicación; Violaciones procesales en el Juicio de Amparo directo.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 06 de enero de 2023, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde destacan los siguientes rubros: 



  1. MODIFICACIÓN O REVOCACIÓN DEL MONTO DE LA GARANTÍA PARA QUE NO DEJE DE SURTIR EFECTOS LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL JUICIO DE AMPARO. ES NECESARIO TRAMITAR EL INCIDENTE RELATIVO, CON INDEPENDENCIA DE QUE EL HECHO SUPERVENIENTE SEA EL "TRANSCURSO DEL TIEMPO", A EFECTO DE RESPETAR SU DERECHO DE AUDIENCIA.
  2. CONFLICTO COMPETENCIAL POR RAZÓN DE TERRITORIO. ES INEXISTENTE SI EL QUEJOSO SEÑALA COMO AUTORIDAD RESPONSABLE AL JUEZ DE DISTRITO QUE CONOCE DE SU DEMANDA DE AMPARO, PERO DE ÉSTA NO SE ADVIERTE QUE LE RECLAME ACTO CONCRETO ALGUNO.
  3. HECHOS NOTORIOS. LA FACULTAD DEL JUZGADOR DE AMPARO PARA INVOCARLOS DEBE REGIRSE POR EL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD Y LIMITARSE A CIRCUNSTANCIAS FÁCTICAS DE CONOCIMIENTO ACCESIBLE, INDUBITABLE Y SOBRE EL CUAL NO SE ADVIERTA DISCUSIÓN.
  4. CONVENIO DE DIVORCIO CELEBRADO EN LA AUDIENCIA DE JUICIO EN UN ASUNTO DE ORDEN FAMILIAR. PREVIAMENTE A SANCIONARLO LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DEBE ANALIZAR LAS POSIBLES SITUACIONES DE PODER EJERCIDAS SOBRE LA MUJER AL MOMENTO DE CELEBRARLO, JUZGANDO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y, EN SU CASO, ORDENAR EL DESAHOGO DE PRUEBAS QUE PERMITAN ADVERTIR SI FUE SU VOLUNTAD SUSCRIBIRLO.
  5. DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y EMPLAZAMIENTO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. UN REQUISITO PARA SU LEGALIDAD ES QUE EL FUNCIONARIO ENCARGADO DE PRACTICARLA SE IDENTIFIQUE CON LA PARTE DEMANDADA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1068 BIS DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
  6. DILIGENCIAS DE APEO Y DESLINDE. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE LAS DA POR CONCLUIDAS PROCEDE EL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO).
  7. REMATE. ÚNICAMENTE PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA OTORGAR LA ESCRITURA DE ADJUDICACIÓN, O BIEN, CONTRA LA QUE DISPONE LA ENTREGA DE LA POSESIÓN DEL INMUEBLE REMATADO, LO QUE OCURRA PRIMERO, POR LO QUE NO ES DABLE PROMOVERLO CONTRA OTRA QUE SE CONSIDERE DE LA MISMA CLASE (ÚLTIMA), ATENTO A LOS PRINCIPIOS DE PRECLUSIÓN Y DE CONCENTRACIÓN DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO.
  8. VIOLACIONES PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. EL ESTUDIO DE LAS INVOCADAS EN EL PRINCIPAL Y EN EL ADHESIVO DEBE REALIZARSE CONJUNTAMENTE, SIEMPRE Y CUANDO EXISTA RELACIÓN CAUSA-EFECTO ENTRE ELLAS Y LA PROBABILIDAD DE DECLARAR FUNDADAS LAS DEL AMPARO PRINCIPAL, EN ATENCIÓN A LOS PRINCIPIOS DE CONCENTRACIÓN Y JUSTICIA COMPLETA.

#SCJN - TESIS ☑ Devolución de saldo a favor solicitada en declaraciones complementarias, no procede cuando en la declaración normal se eligió la opción de acreditar ese saldo y sobre dicha devolución existe resolución definitiva del SAT negándola. 🆗



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 



S   C   J   N 



M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL) 



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 24 de febrero de 2023 



Devolución de saldo a favor solicitada en declaraciones complementarias, no procede cuando en la declaración normal se eligió la opción de acreditar ese saldo y sobre dicha devolución existe resolución definitiva del SAT negándola. 



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 24 de febrero de 2023, donde destacan los siguientes rubros: 


  • DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR SOLICITADA EN DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS. NO PROCEDE CUANDO EN LA DECLARACIÓN NORMAL SE ELIGIÓ LA OPCIÓN DE ACREDITAR ESE SALDO Y SOBRE DICHA DEVOLUCIÓN EXISTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA AUTORIDAD FISCAL NEGÁNDOLA.


Para mayor información, en el siguiente enlace: