Mostrando las entradas con la etiqueta PRODECON. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta PRODECON. Mostrar todas las entradas

miércoles, 13 de julio de 2022

#SCJN - TESIS -->> Negativa ficta, cuando al contestar la demanda en el JCAF promovido contra esa resolución la autoridad exhibe respuesta negativa expresa, no está obligada a solicitar que al resolver se tomen en consideración los motivos y fundamentos en que ésta se sustenta; PRODECON El acuerdo de improcedencia que emite en respuesta a la solicitud de acuerdo conclusivo es un acto de autoridad para la procedencia del Juicio de Amparo



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A   A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 25 de junio de 2021


PRODECON El acuerdo de improcedencia que emite en respuesta a la solicitud de acuerdo conclusivo es un acto de autoridad para la procedencia del Juicio de Amparo; Negativa ficta, cuando al contestar la demanda en el JCAF promovido contra esa resolución la autoridad exhibe respuesta negativa expresa, no está obligada a solicitar que al resolver se tomen en consideración los motivos y fundamentos en que ésta se sustenta.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN) dio a conocer el pasado día 25 de junio de 2021, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), donde destacan los siguientes precedentes:



  • PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE (PRODECON). EL ACUERDO DE IMPROCEDENCIA QUE EMITE EN RESPUESTA A LA SOLICITUD DE ACUERDO CONCLUSIVO ES UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 8 DE DICIEMBRE DE 2020).
  • NEGATIVA FICTA. CUANDO AL CONTESTAR LA DEMANDA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL PROMOVIDO CONTRA ESA RESOLUCIÓN LA AUTORIDAD EXHIBE UNA RESPUESTA NEGATIVA EXPRESA, NO ESTÁ OBLIGADA A SOLICITAR QUE AL RESOLVER SE TOMEN EN CONSIDERACIÓN LOS MOTIVOS Y FUNDAMENTOS EN QUE ÉSTA SE SUSTENTA.

miércoles, 30 de septiembre de 2015

PRODECON - Análisis de facultades de comprobación de autoridades fiscales.

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Análisis sistémico en materia de facultades de comprobación de las autoridades fiscales


La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet el "Análisis Sistémico 12/2015" correspondiente a 2015, que contempla:

Al ejercer facultades de comprobación las autoridades fiscales aplican indebidamente el inciso d) de la fracción X del artículo 17-H del CFF, desconociendo lo dispuesto por el inciso c) del propio artículo y fracción.

Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente vínculo:



miércoles, 1 de julio de 2015

PRODECON - Boletín "Lo que todo contribuyente debe saber".

PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

Boletín "Lo que todo contribuyente debe saber"


La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, el Boletín denominado "Lo que todo contribuyente debe saber. Los impuestos federales", que contempla:

  • Introducción
  • Elementos esenciales de los impuestos
  • Impuesto Sobre la Renta - ISR - 
  • Impuesto al Valor Agregado - IVA -
  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios - IEPS -
  • Impuesto Sobre Automóviles Nuevos - ISAN -
  • Coclusiones

Si desea mayor información, visite:





miércoles, 10 de junio de 2015

PRODECON - Boletín mayo de 2015.

PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

Boletín del mes de mayo de 2015


La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, su Boletín número 5 correspondiente al mes de mayo de 2015 que contempla, entre otros, lo siguiente:

  • Asesoró a un ex empleado de una institución educativa sobre el tratamiento especial que debe otorgarse a los pagos por salarios caídos, para que pudiera obtener devolución del ISR pagado en exceso.
  • Obtiene resolución favorable de autoridad fiscal que cancela el embargo de un terreno por homonimia.
  • Logra, a través del procedimiento de queja, dejar sin efectos el gravamen sobre un bien inmueble, derivado de un crédito fiscal declarado nulo desde 1986.
  • Logra que el INFONAVIT acepte la sustitución de garantía del interés fiscal ofrecida por un contribuyente y desmovilice sus cuentas bancarias.
  • Logra, a través del procedimiento de queja, que el IMSS deje sin efectos un "dictamen de responsabilidad solidaria".
  • Cierra procedimiento de acuerdo conclusivo decretando violación de derechos graves y evidente en perjuicio del sujeto auditado, ya que la autoridad revisora, para negar la suscripción de dicho instrumento, se basó en la aplicación e interpretación de normas de trabajo.

Si desea mayor información, visite:




sábado, 16 de mayo de 2015

PRODECON - Criterios sustantivos, administrativos y jurisdiccionales.

PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

Publicación de los Criterios Sustantivos, Administrativos y Jurisdiccionales


La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet, los Criterios Sustantivos y los Administrativos y Jurisdiccionales, los cuales se detallan a continuación:

  • ACUERDOS CONCLUSIVOS. EL AUTORIZADO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES CARECE DE FACULTADES PARA PROPONER O ACEPTAR LOS TÉRMINOS PARA SU ADOPCIÓN.
  • DEVOLUCIÓN POR PAGOS DE COLEGIATURAS A JUICIO DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, LA REGLA MISCELANEA QUE REGULA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A LOS PAGOS REFERIDOS, VIOLA EL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LEY.
  • DEDUCCIÓN DE INTERÉS POR CRÉDITOS HIPOTECARIOS. A JUICIO DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, NO ESTÁN LIMITADOS A UNA SOLA CASA HABITACIÓN.
  • SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. A CONSIDERACIÓN DEL JUZGADOR TANTO LAS PERSONAS FÍSICAS COMO LAS MORALES TIENEN DERECHO A PRESENTAR EL AVISO RESPECTIVO (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2013).
  • MULTA POR NO EXPEDIR COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET. CASO EN QUE NO SE TIPIFICA LA INFRACCIÓN RELATIVA.
  • SEGURO SOCIAL. RECLASIFICACIÓN PARA EFECTOS DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO, A JUICIO DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, DEBE ATENDERSE A LAS ACTIVIDADES QUE EFECTIVAMENTE LLEVAN A CABO LOS TRABAJADORES DE LA SUBCONTRATISTA (OUTSOURCING).
  • DEDUCCIONES PERSONALES. A JUICIO DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, LOS HONORARIOS MÉDICOS POR TRATAMIENTOS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA POR INFERTILIDAD MASCULINA, SON DEDUCIBLES.
  • IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. A CRITERIO DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL, LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE INVERNADEROS HIDROPONICOS SE GRAVAN A LA TASA DEL 0%.
Si desea mayor información, visite:



PRODECON - Boletín abril de 2015.

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Boletín del mes de abril de 2015 

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet, su Boletín número 4 correspondiente al mes de abril de 2015, que contempla, entre otros, los siguientes logros:

  • Obtención de sentencias del TFJFA que declaran la nulidad de las Reglas de Carácter General que establecen la retención del 20% por concepto del ISR sobre los recursos de la subcuenta de ahorro para el retiro.
  • Logra que la autoridad efectúe la reactivación del certifica de sello digital de un contribuyente.
  • Logra a través del procedimiento de Queja, que una institución financiera administradora de fondos de inversión, devuelva a un contribuyente las cantidades retenidas de manera indebida.
  • Obtiene, a través del procedimiento de Queja, que el INFONAVIT revoque un crédito fiscal por aportaciones y/o amortizaciones ante su omisión de notificar al patrón contribuyente el aviso para retención de descuentos al trabajador.
  • Consigue que la autoridad aduanera entregue a una empresa mercancía afecta a un PAMA, cuya resolución había quedado sin efectos por recurso de revocación.

Para mayor referencia, ingrese a:



    martes, 14 de abril de 2015

    PRODECON - Análisis sistémico en deducciones personales pagadas en efectivo

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Análisis sistémico en materia de deducciones personales pagadas en efectivo

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, el "Análisis Sistémico 06/2015 correspondiente a 2015, que contempla:

    Imposibilidad para que las personas físicas deduzcan en su declaración anual el pago de honorarios médicos y dentales realizados en efectivo.

    Para conocer el contenido, en el siguiente vínculo:



    jueves, 9 de abril de 2015

    PRODECON - Boletín 3, marzo 2015.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Boletín del mes de marzo de 2015

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, su Boletín número 3 correspondiente al mes de marzo de 2015, que contempla, entre otros, los siguientes logros:

    • Conclusión de visita domiciliaria sin observaciones
    • Obtención de sentencia favorable que reconoce deducibles los gastos derivados de un tratamiento de reproducción asistida.
    • Devolución de mercancías a un contribuyente que le fueron embargadas en un PAMA.
    • Cancelación de cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales emitidas con base en una prima de riesgo de trabajo que había quedado sin efectos.
    • Corrección de declaraciones informativas en beneficio del contribuyente.
    • Sugiere al INFONAVIT deja sin efectos el Criterio Normativo 01/2015.
    • Publicación por parte del SAT los datos de los contribuyentes que comprueben no simular operaciones.
    • Acuerdo conclusivo en el cual el contribuyente demuestra haber efectuado la totalidad de las operaciones de comercio exterior declaradas en el ejercicio revisado.
    Para mayor referencia, ingrese a:



    lunes, 30 de marzo de 2015

    PRODECON - Recomendación en materia del RIF franquicitarios.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Recomendación sistémica en materia del Régimen de Incorporación Fiscal 

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, la "Recomendación Sistémica 02/2015" correspondiente a 2015, que contempla:

    La imposibilidad para tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal de los franquicitarios -personas físicas- cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de dos millones de pesos, vulnera el principio de igualdad.

    Para mayor referencia, visite:



    jueves, 26 de marzo de 2015

    PRODECON - Recomendación en materia de Centros Cambiarios y SOFOM

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Recomendación sistémica en materia de Centros Cambiarios

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, la "Recomendación Sistémica 01/2015", correspondiente a 2015, que contempla:

    Imposibilidad de los Centros Cambiarios, Transmisores de Dinero y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM), para dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales a través de medios bancarios.

    Para mayor referencia, ingrese a:



    domingo, 22 de marzo de 2015

    PRODECON - Recomendación en la determinación de créditos fiscales.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Recomendación en materia de la determinación de créditos fiscales

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, la recomendación 04/2015, relativa a la determinación de créditos fiscales por parte de la autoridad por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), actualización, multas y recargos, en virtud de que la autoridad:

    • Consideró ingresos acumulables para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta un préstamo que no es objeto de dicho impuesto.
    • No se consideraron pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar.
    Para mayor referencia, ingrese a:



    domingo, 8 de marzo de 2015

    PRODECON vs. SAT - Propinas en restaurantes, pierde el contribuyente.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Recomendación en materia de la determinación indebida de créditos fiscales

    Propinas en restaurantes

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, la recomendación 08/2015, relativa a la lesión del contribuyente de sus derechos fundamentales de legalidad, certeza y seguridad jurídica relativos a la materia tributaria, ya que a través de éste dicha autoridad le determinó indebidamente un crédito fiscal, por concepto del Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única, Impuesto al Valor Agregado y retenciones del Impuesto Sobre la Renta, actualización, recargos y multas, así como, por un reparto de utilidades por el ejercicio revisado.

    Para conocer el contenido de manera completa, en los siguientes vínculos:

    La RECOMENDACIÓN derivada de la queja del contribuyente, emitida por PRODECON al SAT:


    La CONTESTACIÓN del SAT a la PRODECON:





    PRODECON - Análisis sistémico, contribuyentes incumplidos.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Análisis sistémico en materia listado de contribuyentes incumplidos

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, el "Análisis Sistémico 04/2015", correspondiente a 2015, que contempla:

    "Vulneración a los derechos fundamentales de los contribuyentes que desvirtúan la presunción del artículo 69-B, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, en virtud de que no se da la debida publicidad a su desincorporación del listado."

    Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente vínculo:



    jueves, 5 de marzo de 2015

    PRODECON - Avances en trámite de devolución del IVA RMF 2015.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Seguimiento de avances en el trámite de devolución del IVA 

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, los acuerdos alcanzados en la Primera Reunión Periódica celebrada entre la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y el Servicio de Administración Tributaria sobre el tema: "Seguimiento de avances en el trámite de devolución del Impuesto al Valor Agregado, con motivo de la emisión de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015".

    Para mayor referencia, ingrese a:



    miércoles, 4 de marzo de 2015

    PRODECON - Análisis criterio normativo INFONAVIT, defraudación fiscal.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Análisis sistémico en materia de criterio normativo del INFONAVIT

    Delito de defraudación fiscal 

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, el "Análisis Sistémico 03/2015" correspondiente a 2015, que considera lo siguiente:

    El criterio normativo 01/2015 emitido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), genera inseguridad jurídica al no precisar con claridad en qué casos se presentará querella por el delito de DEFRAUDACIÓN FISCAL o sus equiparables.

    Si desea mayor información, visite:



    sábado, 21 de febrero de 2015

    PRODECON - Análisis construcción de casa habitación IVA.

    PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Análisis sistémico en materia de enajenación y construcción de casa habitación

    La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet el "Análisis Sistémico 02/2015", que contempla:

    Incertidumbre jurídica a la que se enfrentan los contribuyentes que se dedican a la enajenación y construcción de casas habitación; actividades que conforme a las disposiciones legales y reglamentarias respectivas, se encuentran exentas del Impuesto al Valor Agregado.

    Si desea mayor información, visite:



      lunes, 9 de febrero de 2015

      PRODECON - Confirma criterio del SAT contabilidad electrónica escalonada.

      PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

      Criterio confirmatorio de la presentación de la contabilidad en medios electrónicos de forma escalonada

      La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), obtuvo criterio confirmatorio por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), respecto de la entrada en vigor escalonada de las obligaciones en materia de contabilidad electrónica, lo cual brinda seguridad jurídica a los contribuyentes.

      Lo anterior, en virtud de que fue en los resolutivos tercero y cuarto de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2014, donde se estableció la gradualidad de la contabilidad electrónica, disponiendo que sólo aquellos contribuyentes que hubieran obtenido ingresos acumulables superiores a 4 millones de pesos en 2013, así como las instituciones financieras, serán los que estarán obligados a llevar y enviar su contabilidad electrónica, a partir del primero de enero de 2015, mientras que los restantes contribuyentes lo harían a partir de enero de 2016.

      Si desea mayor información, visite:



        domingo, 8 de febrero de 2015

        PRODECON - Análisis sistémico en materia de los CFDI.

        PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

        Análisis sistémico en materia de los CFDI

        La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), dio a conocer por medio de su página de Internet, el "Análisis Sistémico 01/2015 correspondiente a 2015, que contempla: Dificultad a la que se enfrentan los pagadores de impuestos para obtener Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), como adquirientes de bienes y servicios.

        Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente vínculo:



        lunes, 13 de octubre de 2014

        SAT/PRODECON - Derechos en auditorías por Devolución del IVA.

        SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

        PRODECON

        Derechos de contribuyentes en auditorías iniciadas por Devolución del IVA 

        La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dieron a conocer los lineamientos de la nueva estrategia interna del órgano recaudador para auditar la procedencia de solicitudes de devolución del IVA, lo que constituye un avance para los derechos de los contribuyentes, ya que hasta hoy no se habían emitido reglas para agilizar las auditorias que el SAT puede iniciar para verificar la procedencia de los saldos a favor solicitados. 

        Es la primera vez que se difunde una versión pública de las estrategias internas del SAT, las cuales son consideradas como datos reservados por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

        Los principales puntos de la nueva estrategia son los siguientes: 

        • Cuando con motivo de la solicitud de devolución, el SAT inicie una auditoria para verificar su procedencia, deberá concluir su acto de fiscalización en 90, o máximo 180 días, notificando dentro de esos mismos plazos la resolución favorable o desfavorable al contribuyente.
        • En toda auditoría, y siempre dentro de los citados plazos, se levantará Acta Final de Visita para dar oportunidad al contribuyente de refutar cualquier observación efectuada por el SAT.
        Para mayor referencia, ingrese a: 




        lunes, 8 de septiembre de 2014

        SCJN - Principio de la Prodecon relativo a "fecha cierta" de los documentos privados.

        Suprema Corte de Justicia de la Nación

        Principio de la PRODECON relativo a la fecha cierta de los documentos privados

        Mediante jurisprudencia firme, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ha establecido, en lo que interesa, las siguientes premisas sobre el concepto de "fecha cierta" de documentos privados:

        a) Que tal fecha es aquélla que se tiene a partir del día en que el documento se presenta ante un fedatario público o bien se inscribe en algún registro público, y;

        b) Que en caso de que un documento no goce de esta cualidad, no puede otorgársele valor probatorio frente a terceros, ya que no se tiene certeza en cuanto a la fecha en que acontecieron los actos jurídicos que consigna. Como se ve, dichas premisas encuentran su contexto, fundamentalmente, en el marco de un procedimiento litigioso en el que se pretende evidenciar la eficacia probatoria de un documento privado, a fin de que el mismo pueda surtir efectos en la esfera jurídica de un tercero, que precisamente es parte en el juicio. Por lo tanto, en opinión de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, es válido afirmar que los elementos mencionados, relacionados con la "fecha cierta", no pueden ni deben ser concebidos por la autoridad fiscal como parámetros de valoración en el curso de una auditoría, para apreciar documentos privados exhibidos por los contribuyentes revisados con el objeto de acreditar diversas operaciones que hubieran celebrado, como pueden ser préstamos, aumentos de capital en sociedades de capital variable, entre otros; ya que el Derecho Común que regula ese tipo de actos no prevé mayores formalidades para su perfeccionamiento.

        Para conocer el contenido de manera completa, en el siguiente vínculo: