SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Inicia el nuevo régimen opcional para las personas físicas con ventas anuales al público en general
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que las personas físicas con actividad empresarial cuyas ventas sean al público en general y sus ingresos no rebasen los 100 mil pesos en el año, no pagarán el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ni el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), a partir de enero de 2015.
Con el propósito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa y evitar que operen en la informalidad, el Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100 mil pesos un descuento del 100% del IVA y del IEPS a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.
El nuevo régimen ofrece un esquema de cálculo simplificado del IVA y del IEPS con base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que pertenece el contribuyente. Con ello, el SAT calculará el monto de los impuestos y posteriormente aplicará el descuento del 100 por ciento.
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