SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el pasado 22 de enero de 2015, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el DECRETO por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda, que contempla:
- Los contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, podrán optar por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio, el total del precio pactado en la enajenación o la parte del precio exigible durante el mismo para efectos del ISR.
- Se condona el pago del IVA y sus accesorios, que haya causado hasta el 31 de diciembre de 2014, los contribuyentes por la prestación de servicio parciales de construcción destinados a casa habitación, siempre que la contribución no haya sido trasladada ni cobrada al prestatario de los servicios mencionados.
- Los contribuyentes que estén pagando a plazo adeudos en los términos del artículo 66 del CFF, por concepto del IVA derivado de los servicios citados en el numeral 2, gozarán de la condonación.
- Los contribuyentes que se encuentren sujetos a un procedimiento administrativo de ejecución que estén sujetos a facultades de comprobación podrán gozar del beneficio fiscal.
Los beneficios previstos en el presente Decreto, no se considerarán como ingreso acumulable para los efectos del ISR.
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