lunes, 7 de enero de 2019

#SCJN - TESIS - Suplencia de la queja deficiente; Nulidad de convenio por simulación; IMSS-Oportunidades; Crédito de INFONAVIT; Pensión por viudez; Principio de adquisición procesal.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J    N


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 5 de enero de 2018


M A T E R I A    L A B O R A L


Principio de adquisición procesal en materia laboral; Pensión por viudez; Créditos otorgados por el INFONAVIT; Certificado de derechos expedido por el IMSS; Acción de otorgamiento de base de trabajadores del programa IMSS-Oportunidades; Acción de nulidad de convenio por simulación en materia laboral; Suplencia de la queja deficiente en materia laboral.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, publicadas el pasado día 5 de enero de 2018, donde destacan los siguientes rubros:


  • PRINCIPIO DE ADQUISICIÓN PROCESAL EN MATERIA LABORAL. LAS PRUEBAS OFRECIDAS EN EL JUICIO NO SÓLO BENEFICIAN A SU OFERENTE, SINO A LAS PARTES QUE PUEDAN APROVECHARSE DE ELLAS.
  • PENSIÓN POR VIUDEZ. CUANDO EL ASEGURADO GOZABA DE UNA PENSIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE, TOTAL O PARCIAL, Y FALLECE POR CAUSAS AJENAS A LAS QUE DIERON ORIGEN A ESE ASEGURAMIENTO, PARA DETERMINAR EL MONTO DE AQUÉLLA DEBE CONSIDERARSE LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 153 Y 167 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA.
  • CRÉDITOS OTORGADOS POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. AL ESTAR CUBIERTOS POR UN SEGURO EN CASO DE INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE Y MUERTE, ASÍ COMO PARA INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE DEL 50% O MÁS, LA DEUDA Y DEMÁS OBLIGACIONES DERIVADAS DE DICHO CRÉDITO SE CUBREN Y EXTINGUEN.
  • CERTIFICADO DE DERECHOS EXPEDIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. EN SU VALORACIÓN DEBE DISTINGUIRSE ENTRE UNA OBJECIÓN Y UN SIMPLE ALEGATO.
  • ACCIÓN DE OTORGAMIENTO DE BASE DE TRABAJADORES DEL PROGRAMA IMSS-OPORTUNIDADES. PARA SU PROCEDENCIA ES NECESARIO QUE ESTÉN INSCRITOS EN LA BOLSA DE TRABAJO.
  • ACCIÓN DE NULIDAD DE CONVENIO POR SIMULACIÓN EN MATERIA LABORAL. PROCEDE LA EJERCITADA POR UN TERCERO AFECTADO DESFAVORABLEMENTE POR EL ACTO SIMULADO, AUN CUANDO ÉSTE REÚNA EXTERNAMENTE CONDICIONES DE VALIDEZ.
  • SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA LABORAL. CUANDO EL TRABAJADOR QUEJOSO EXPRESAMENTE MANIFIESTA ESTAR CONFORME CON ALGUNA PARTE DEL LAUDO, EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO ESTÁ IMPEDIDO PARA EXAMINAR DE OFICIO EN SU INTEGRIDAD SU LEGALIDAD.



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