domingo, 2 de febrero de 2020

#SCJN - TESIS - Declaratoria de inexistencia de autoridades responsables; Excusa del Pleno de Circuito para conocer de una Contradicción de Tesis; Litisconsorcio activo voluntario en el Juicio de Nulidad; Negativa ficta.



SUPREMA  CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN



S   C   J   N



M A T E R I A   C O M Ú N



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de febrero de 2019



Negativa ficta; Litisconsorcio activo voluntario en el Juicio de Nulidad; Excusa de un integrante del Pleno de Circuito para conocer de una Contradicción de Tesis; Declaratoria de inexistencia de autoridades responsables.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, publicadas el pasado día 22 de febrero de 2019, donde sobresalen las siguientes tesis:


  1. NEGATIVA FICTA. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN EL QUE SE RECLAMA ESA FIGURA, AL NO OPERAR EN ESTE EL PRINCIPIO DE LITIS ABIERTA.
  2. LITISCONSORCIO ACTIVO VOLUNTARIO EN EL JUICIO DE NULIDAD. LA CONFIRMACIÓN DEL DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA RELATIVA POR LO QUE HACE A UNO DE LOS ACTORES, CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN QUE PONE FIN A JUICIO Y, POR ENDE, ES IMPUGNABLE EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.
  3. EXCUSA DE UN INTEGRANTE DEL PLENO DE CIRCUITO PARA CONOCER DE UNA CONTRADICCIÓN DE TESIS. DEBE CALIFICARSE DE PLANO CON BASE EN LAS CAUSALES DE IMPEDIMENTO PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y, DE SER FUNDADA, LOS DEMÁS MAGISTRADOS DEBEN RESOLVERLA SIN NECESIDAD DE SUSTITUIR AL IMPEDIDO.
  4. DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE AUTORIDADES RESPONSABLES. PREVIO A DECRETARLA, EL JUEZ DE DISTRITO DEBE OTORGAR AL QUEJOSO SU DERECHO DE AUDIENCIA.


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