SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A (FISCAL)
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 27 de septiembre de 2019
Revisión Fiscal, si en la sentencia recurrida sólo se anuló un porcentaje del crédito impugnado, el TCC puede liquidarlo; Revisión Fiscal, para determinar la procedencia de ese Recurso en razón de la cuantía, únicamente debe considerarse la porción del crédito anulado en la sentencia recurrida.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 27 de septiembre de 2019, donde destacan los siguientes rubros:
- REVISIÓN FISCAL. SI EN LA SENTENCIA RECURRIDA SÓLO SE ANULÓ UN PORCENTAJE DEL CRÉDITO IMPUGNADO, EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO PUEDE LIQUIDARLO MEDIANTE OPERACIONES ARITMÉTICAS SIMPLES PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE ESE RECURSO EN RAZÓN DE LA CUANTÍA.
- REVISIÓN FISCAL. PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE ESE RECURSO EN RAZÓN DE LA CUANTÍA, ÚNICAMENTE DEBE CONSIDERARSE LA PORCIÓN DEL CRÉDITO ANULADO EN LA SENTENCIA RECURRIDA.
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