SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A P E N A L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 05 de marzo de 2021
Recurso de apelación interpuesto por el sentenciado contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de enjuiciamiento en el Sistema Procesal Penal acusatorio; Modificación de la calificación del hecho delictivo materia de la imputación; Información reservada; Dictamen pericial en materia balística.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 05 de marzo de 2021, diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, donde destacan los siguientes rubros:
- RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL SENTENCIADO CONTRA LA SENTENCIA CONDENATORIA DICTADA POR EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA INTERPONERLO INICIA AL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUÓ LA AUDIENCIA DE SU LECTURA Y EXPLICACIÓN Y NO AL SIGUIENTE AL EN QUE SE CELEBRÓ LA RELATIVA A LA INDIVIDUALIZACIÓN DE SANCIONES Y REPARACIÓN DE DAÑO.
- RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA LA SENTENCIA DICTADA POR EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO QUE CONDENA AL ACUSADO Y ABSUELVE A SUS COINCULPADOS. EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA INTERPONERLO INICIA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUÓ LA AUDIENCIA DE LECTURA Y EXPLICACIÓN DEL FALLO.
- MODIFICACIÓN DE LA CALIFICACIÓN DEL HECHO DELICTIVO MATERIA DE LA IMPUTACIÓN. LA SALA DE CASACIÓN NO ESTÁ FACULTADA PARA REALIZARLA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
- INFORMACIÓN RESERVADA. EL ACCESO AL INCULPADO A LA INFORMACIÓN RELATIVA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN Y LA AUTORIDAD RESPONSABLE DE SU INTEGRACIÓN, NO OBSTRUYE LA PREVENCIÓN O PERSECUCIÓN DE LOS DELITOS, POR LO QUE NO PUEDE NEGARSE BAJO DICHO SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 110, FRACCIÓN VII, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
- DICTAMEN PERICIAL EN MATERIA DE BALÍSTICA. ES NECESARIA SU RATIFICACIÓN EN SEDE JUDICIAL PARA DETERMINAR LA NATURALEZA Y CLASIFICACIÓN JURÍDICA DEL MATERIAL BÉLICO.
Para mayor información, en el siguiente enlace:
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