SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C O M Ú N
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 23 de septiembre de 2022
Huella dactilar, es apta siempre y cuando este acompañada de una firma a ruego valida en contrato de enajenación de bienes inmuebles; Suspensión en amparo indirecto, la apariencia del buen derecho no puede invocarse para negarla.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, publicadas el pasado día 23 de septiembre de 2022, donde sobresalen los siguientes rubros:
- HUELLA DACTILAR. SIEMPRE Y CUANDO ESTÉ ACOMPAÑADA DE UNA FIRMA A RUEGO VÁLIDA, ES APTA COMO ELEMENTO PARA MANIFESTAR EL CONSENTIMIENTO EN LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS ESCRITOS DE ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES.
- SUSPENSIÓN EN AMPARO INDIRECTO. LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO NO PUEDE INVOCARSE PARA NEGARLA (LEY DE AMPARO VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).
Para mayor información, en el siguiente enlace:
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