jueves, 23 de abril de 2026

#SCJN - TESIS 馃搶 Acciones personales, se adjudicaron los bienes a las personas heredadas; Documentos certificados exhibidos en juicio en t茅rminos del art 100 de la Ley de Instituciones de Cr茅dito, documentos que acreditan la personalidad y facultades de quien los certifica; Acci贸n de pago de honorarios, prestaci贸n de los Servicios Profesionales contratados; Primera notificaci贸n a un tutor de la existencia de un juicio incoado contra su pupilo, formalidades por la Ley Civil; Recurso de Apelaci贸n Principal, legislaci贸n del Edomex. 馃搵




 

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N



S  C  J  N



M A T E R I A       C I V I L



TESIS y JURISPRUDENCIAS del 07 de julio de 2023



Acciones personales, se adjudicaron los bienes a las personas heredadas; Documentos certificados exhibidos en juicio en t茅rminos del art 100 de la Ley de Instituciones de Cr茅dito, documentos que acreditan la personalidad y facultades de quien los certifica; Acci贸n de pago de honorarios, prestaci贸n de los Servicios Profesionales contratados; Primera notificaci贸n a un tutor de la existencia de un juicio incoado contra su pupilo, formalidades por la Ley Civil; Recurso de Apelaci贸n Principal, legislaci贸n del Edomex.



La SUPREMA CORTE DE LA JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer el pasado d铆a 07 de julio de 2023, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde  destacan los siguientes precedentes:  



  • ACCIONES PERSONALES. NO PROCEDE SU EJERCICIO EN CONTRA DE LOS HEREDEROS EN UN JUICIO SUCESORIO CUANDO 脡STE SE TIENE POR CONCLUIDO Y SE ADJUDICARON LOS BIENES A LAS PERSONAS HEREDERAS (LEGISLACI脫N DE LOS ESTADOS DE CAMPECHE Y GUANAJUATO).
  • DOCUMENTOS CERTIFICADOS EXHIBIDOS EN JUICIO EN T脡RMINOS DEL ART脥CULO 100 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CR脡DITO. PARA QUE SU CERTIFICACI脫N SE CONSIDERE DEBIDAMENTE REALIZADA Y PUEDA SURTIR EFECTOS LA PRESUNCI脫N CONTENIDA EN LA LEY, SE DEBEN ACOMPA脩AR LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE QUIEN LOS CERTIFICA.
  • ACCI脫N DE PAGO DE HONORARIOS. EL ELEMENTO CONSISTENTE EN LA PRESTACI脫N DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES CONTRATADOS, PUEDE ACREDITARLO EL PROFESIONISTA EN DERECHO DURANTE EL T脡RMINO PROBATORIO DECRETADO EN EL JUICIO INSTAURADO CONTRA SU CLIENTE (LEGISLACI脫N DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOS脥).
  • PRIMERA NOTIFICACI脫N A UN TUTOR O TUTORA DE LA EXISTENCIA DE UN JUICIO INCOADO CONTRA SU PUPILO. DEBE OBSERVAR LAS MISMAS FORMALIDADES PREVISTAS POR LA LEY CIVIL PARA EL EMPLAZAMIENTO.
  • RECURSO DE APELACI脫N PRINCIPAL. LA PARTE QUE VENCI脫 EST脕 LEGITIMADA PARA INTERPONERLO EN CASO DE QUE LA LEY NO CONTEMPLE LA APELACI脫N ADHESIVA (LEGISLACI脫N DEL ESTADO DE M脡XICO).

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