lunes, 13 de octubre de 2014

SAT - Contabilidad Electrónica. Procedimiento para su presentación.

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Contabilidad Electrónica 

Procedimiento para su presentación

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer a través de su página de Internet, un comunicado referente a la Contabilidad Electrónica, señalando que a partir del 1 de julio de 2014, están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos y las personas físicas con actividad empresarial.

Sólo quedan exentan de la obligación los siguientes: los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remanente de operación, y las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen "Mis Cuentas", o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Para conocer el contenido de manera completa, en la siguiente liga: 




No hay comentarios.:

Publicar un comentario