lunes, 19 de septiembre de 2016

@SCJN - TESIS Tercero extraño por equiparación, Suspensión en el Amparo Indirecto; Daños y perjuicios.


SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 15 de abril de 2016


MATERIA COMÚN


Tercero extraño por equiparación; Suspensión en el Amparo Indirecto; Recurso de Revisión; Desarrollo urbano y ordenamiento territorial; Demanda de Amparo; Daños y perjuicios.



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA COMÚN, publicadas el pasado día 15 de abril de 2016, entre las que destacan los siguientes rubros:


  • TERCERO EXTRAÑO POR EQUIPARACIÓN. ES IMPROCEDENTE EL AMPARO PROMOVIDO CON ESE CARÁCTER EN LA HIPÓTESIS EN LA QUE EL EMPLAZAMIENTO SE HUBIERA REALIZADO EN FORMA ILEGAL, SI EN LA SENTENCIA SE LE ABSUELVE DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS, AL NO AFECTARSE DERECHOS SUSTANTIVOS.
  • SUSPENSIÓN EN EL AMPARO INDIRECTO. DEBE NEGARSE CONTRA LOS EFECTOS MATERIALES DE UNA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN O EDIFICACIÓN, CUANDO EL QUEJOSO NIEGA CONOCER SU CONTENIDO E INVOCA COMO FONDO DEL ASUNTO LA VIOLACIÓN A SU DERECHO DE AUDIENCIA PREVIA EN SU EXPEDICIÓN.
  • RECURSO DE REVISIÓN. EL JUEZ DE DISTRITO CARECE DE FACULTADES PARA DESECHARLO, POR CONSIDERAR QUE QUIEN LO INTERPONE NO ESTÁ AUTORIZADO PARA ELLO, SALVO EN LA HIPÓTESIS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 88 DE LA LEY DE AMPARO.
  • DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL. LAS LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN O EDIFICACIÓN PUEDEN REPRESENTAR LA INDIVIDUALIZACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO E INTERÉS SOCIAL QUE CARACTERIZA A LAS DISPOSICIONES EN LA MATERIA, EN LAS QUE TIENEN SU FUNDAMENTO Y ORIGEN.
  • DEMANDA DE AMPARO. SU DESECHAMIENTO DE PLANO, CONFORME AL ARTÍCULO 113 DE LA LEY DE LA MATERIA, CONSTITUYE UNA EXCEPCIÓN POR REGLA GENERAL.
  • DAÑOS Y PERJUICIOS. LA AFIANZADORA CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA IMPUGNAR LA DETERMINACIÓN QUE DECLARA FUNDADO EL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN TRAMITADO EN UN JUICIO DE AMPARO BIINSTANCIAL.



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