SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C O M Ú N
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 23 de agosto de 2019
Revisión en Amparo Directo, cuando se hace improcedente; Reparación integral del daño en desaparición forzada de personas (Violación de Derechos Humanos); Facultad de Atracción, cuando versa sobres aspectos de Constitucionalidad; Facultad de Atracción en materia contenciosa administrativa; Agravios inoperantes en la reclamación.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 23 de agosto de 2019, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde destacan los siguientes rubros:
- REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. CUANDO EL PLANTEAMIENTO LO HACE IMPROCEDENTE.
- REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS (VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS). EFECTOS DE LA CONCESIÓN DEL AMPARO AL ACREDITARSE SU EXISTENCIA, AUN EN EL SUPUESTO DE QUE LA VÍCTIMA RECUPERE SU LIBERTAD.
- FACULTAD DE ATRACCIÓN. POR REGLA GENERAL, NO PROCEDE EJERCERLA PARA CONOCER DE UN JUICIO DE AMPARO DIRECTO, CUANDO EL TEMA A RESOLVER VERSA SOBRE ASPECTOS DE CONSTITUCIONALIDAD.
- FACULTAD DE ATRACCIÓN. LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PUEDE EJERCERLA PARA CONOCER DE UN RECURSO DE REVISIÓN EN MATERIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, CUANDO EN LA RESOLUCIÓN RECLAMADA SE REALIZÓ EL CONTROL DIFUSO DE CONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL.
- AGRAVIOS INOPERANTES EN LA RECLAMACIÓN. LA DESESTIMACIÓN DE LOS ENCAMINADOS A COMBATIR UNA RAZÓN QUE POR SÍ MISMA SUSTENTA EL SENTIDO DEL ACUERDO RECURRIDO, HACE INNECESARIO EL ESTUDIO DE LOS DEMÁS.
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