martes, 16 de julio de 2024

#SCJN - TESIS 🔜 Cheque, instrumento que contiene una orden de pago, no apto para garantizar negocios subyacentes; Medidas cautelares o providencias precautorias; Pensión alimenticia; Responsabilidad civil derivada del ejercicio de la medicina. ✅



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 


S   C   J   N 


M A T E R I A    C I V I L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de abril de 2022 


Cheque, instrumento que contiene una orden de pago, no apto para garantizar negocios subyacentes; Medidas cautelares o providencias precautorias; Pensión alimenticia; Responsabilidad civil derivada del ejercicio de la medicina.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 22 de abril de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde sobresalen los siguientes rubros: 



  1. CHEQUE. ES UN INSTRUMENTO QUE CONTIENE UNA ORDEN DE PAGO, NO APTO PARA GARANTIZAR NEGOCIOS SUBYACENTES.
  2. MEDIDAS CAUTELARES O PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS. LA GARANTÍA PARA OTORGARLAS A INSTITUCIONES DE CRÉDITO SE RIGE POR EL ARTÍCULO 1175, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, SIN QUE OPERE LA EXCEPCIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 86 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO.
  3. PENSIÓN ALIMENTICIA. LA SENTENCIA QUE SE DICTE EN EL JUICIO RELATIVO DEBE RESOLVER SOBRE LA DEMANDA Y SU CONTESTACIÓN, AUN CUANDO DURANTE SU SUSTANCIACIÓN EL ACREEDOR ALIMENTARIO, INICIALMENTE MENOR DE EDAD, HAYA ADQUIRIDO LA MAYORÍA DE EDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE).
  4. RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA. AL ANALIZAR SI SE ACTUALIZA DEBE TOMARSE EN CUENTA QUE LOS MÉDICOS TIENEN EL DEBER DE ACTUAR EN UNA SITUACIÓN DE EMERGENCIA ANTE UN RIESGO POTENCIAL DE MUERTE DEL PACIENTE, CON INDEPENDENCIA DE QUE NO CUENTEN CON LA ESPECIALIDAD QUE ÉSTE REQUIERA (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

No hay comentarios.:

Publicar un comentario