SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A P E N A L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 13 de mayo de 2022
Prisión preventiva oficiosa; Procedimiento abreviado; Suplencia de la queja acotada en el Recurso de Apelación; Extorsión agravada, art 204 Bis, fr I, III y VIII, del Código Penal del Edo de Chihuahua.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 13 de mayo de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, donde destacan los siguientes rubros:
- PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. PROCEDE REVISAR SU DURACIÓN EN EL PLAZO DE DOS AÑOS, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 20, APARTADO B, FRACCIÓN IX, CONSTITUCIONAL Y, EN SU CASO, DETERMINAR SI CESA O SE PROLONGA SU APLICACIÓN.
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO. LOS ARTÍCULOS 201, FRACCIÓN I, 202, PÁRRAFO PRIMERO, Y 205, PÁRRAFO PRIMERO, DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES QUE ESTABLECEN QUE SÓLO EL MINISTERIO PÚBLICO PUEDE SOLICITARLO, NO TRANSGREDEN EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA EN SU VERTIENTE RESTAURATIVA.
- SUPLENCIA DE LA QUEJA ACOTADA EN EL RECURSO DE APELACIÓN. DEBE APLICARSE EN FAVOR DE LAS VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 461 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
- EXTORSIÓN AGRAVADA. LA PENA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 204 BIS, FRACCIONES I, III Y VIII, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, ES PROPORCIONAL CONFORME AL ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.
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