SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 06 de enero de 2023
Derechos aduaneros, art 40 de la LFD; Aprovechamientos a las empresas dedicadas al transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público en general de gas licuado de petróleo; Resolución negativa ficta atribuida a la Comisión de Amnistía; Sistema Nacional de Investigadores, arts 61 y 62 de su Reglamento (abrogado); Juicio Agrario; Seguridad social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, seguro colectivo de retiro, prescripción.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 06 de enero de 2023, donde destacan los siguientes rubros:
- DERECHOS ADUANEROS. EL ARTÍCULO 40, INCISO M), DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, QUE PREVÉ SU PAGO POR EL TRÁMITE Y EL OTORGAMIENTO DE INSCRIPCIONES, CONCESIONES Y AUTORIZACIONES EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADAS, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE PARA LOS EJERCICIOS FISCALES DE 2015 A 2020).
- DERECHOS ADUANEROS. EL ARTÍCULO 40, INCISO M), DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, QUE PREVÉ SU PAGO POR EL TRÁMITE Y EL OTORGAMIENTO DE INSCRIPCIONES, CONCESIONES Y AUTORIZACIONES EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADAS, Y LA REGLA 7.1.1., FRACCIÓN XVIII, DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2020, NO TRANSGREDEN LOS PRINCIPIOS DE SEGURIDAD JURÍDICA Y DE LEGALIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE PARA LOS EJERCICIOS FISCALES DE 2015 A 2020).
- DERECHOS ADUANEROS. EL ARTÍCULO 40, INCISO M), DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, QUE PREVÉ SU PAGO POR EL TRÁMITE Y EL OTORGAMIENTO DE INSCRIPCIONES, CONCESIONES Y AUTORIZACIONES EN EL REGISTRO DE EMPRESAS CERTIFICADAS, Y LA REGLA 7.1.1., FRACCIÓN XVIII, DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2020, NO VIOLAN EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE PARA LOS EJERCICIOS FISCALES DE 2015 A 2020).
- APROVECHAMIENTOS A LAS EMPRESAS DEDICADAS AL TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y EXPENDIO AL PÚBLICO EN GENERAL DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO. EL OFICIO 349-B-903, QUE CONTIENE LA AUTORIZACIÓN PARA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE) REALICE SU COBRO, SE ERIGE MATERIALMENTE COMO UN ACTO LEGISLATIVO Y, POR ENDE, SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN CONSTITUYE UNA CONDICIÓN PARA SU EFICACIA JURÍDICA.
- RESOLUCIÓN NEGATIVA FICTA ATRIBUIDA A LA COMISIÓN DE AMNISTÍA. EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA CARECE DE COMPETENCIA PARA CONOCER DE ELLA POR FALTA DE RESPUESTA A LA SOLICITUD DEL BENEFICIO DE EXTINCIÓN DE LA PENA FORMULADA POR PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD EN ALGÚN CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL (CEFERESO).
- SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES. LOS ARTÍCULOS 61 Y 62 DE SU REGLAMENTO (ABROGADO), REFORMADOS MEDIANTE ACUERDO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE ABRIL DE 2021, SON NORMAS DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA.
- JUICIO AGRARIO. ANTE LA EXISTENCIA DE INDICIOS DE QUE LAS PARTES PERTENECEN A UNA COMUNIDAD O PUEBLO INDÍGENA, EL JUZGADOR DEBE OBSERVAR LA PROTECCIÓN ESPECIAL CONTENIDA TANTO EN EL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIÓN VIII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, COMO EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
- SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS. EL ARTÍCULO 94, PRIMER PÁRRAFO, DE LA LEY DEL INSTITUTO RELATIVO, AL DISPONER QUE EL DERECHO PARA RECLAMAR EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO PRESCRIBE EN DOS AÑOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE EL MILITAR CAUSE BAJA DEL ACTIVO Y ALTA EN SITUACIÓN DE RETIRO, VIOLA EL DERECHO HUMANO A LA SEGURIDAD SOCIAL PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 123, APARTADO B, FRACCIONES XI Y XIII, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL Y 9 DEL PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES "PROTOCOLO DE SAN SALVADOR".
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