SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A P E N A L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 10 de diciembre de 2021
Libertad condicionada, art 137, fr II, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, inexistencia de un riesgo objetivo y razonable; Orden de aprehensión por desacato del imputado a una orden de comparecencia; Prescripción de la acción penal en el Sistema Penal Acusatorio.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 10 de diciembre de 2021, diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, donde destacan los siguientes precedentes:
- LIBERTAD CONDICIONADA. EJES DE ANÁLISIS DEL REQUISITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 137, FRACCIÓN II, DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, RELATIVO A LA INEXISTENCIA DE UN RIESGO OBJETIVO Y RAZONABLE CON EL EXTERNAMIENTO DEL SENTENCIADO PARA LA VÍCTIMA U OFENDIDO, LOS TESTIGOS QUE DEPUSIERON EN SU CONTRA Y PARA LA SOCIEDAD, PARA LA OBTENCIÓN DE DICHO BENEFICIO PRELIBERACIONAL.
- ORDEN DE APREHENSIÓN POR DESACATO DEL IMPUTADO A UNA ORDEN DE COMPARECENCIA. PREVIAMENTE A SU LIBRAMIENTO, COMO FORMA DE CONDUCIRLO A PROCESO, DEBE CONSTATARSE LA DEBIDA NOTIFICACIÓN DE ÉSTA, AL SER UNA FORMALIDAD ESENCIAL DEL PROCEDIMIENTO.
- PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. PARA SU ESTUDIO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, ES NECESARIO QUE HAYA INICIADO EL PROCESO Y EXISTA PRONUNCIAMIENTO DE FONDO DEL JUEZ DE CONTROL SOBRE EL TEMA; DE LO CONTRARIO, SE ACTUALIZA LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XXIII, DE LA LEY DE AMPARO, DE CONFORMIDAD CON EL DIVERSO 211, ÚLTIMO PÁRRAFO, EN RELACIÓN CON SU FRACCIÓN I, INCISO B), DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
Para mayor información, en el siguiente enlace:
https://docs.google.com/document/d/1yN7x1T_QHMOMQXFAH64cmVM-QSq6KlYFTuR341QKMoI/edit?usp=sharing
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