domingo, 10 de marzo de 2024

#SCJN - TESIS --> Prescripción mercantil extintiva; Pensión compensatoria, para determinar su duración; Precedentes judiciales obligatorios, ratio decidendi; Contrato de adhesión, cláusulas desproporcionadas y abusivas; Contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria. 📌



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A   C I V I L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 18 de febrero de 2022


Contrato de adhesión, cláusulas desproporcionadas y abusivas; Contrato de apertura de crédito con garantía hipotecaria; Prescripción mercantil extintiva; Pensión compensatoria, para determinar su duración; Precedentes judiciales obligatorios, ratio decidendi.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 18 de febrero de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  • CONTRATO DE ADHESIÓN. SU EXISTENCIA PUEDE APRECIARSE A TRAVÉS DEL CONTENIDO DE CLÁUSULAS DESPROPORCIONADAS Y ABUSIVAS EN CONTRA DE UNO DE LOS CONTRATANTES Y NO SOLAMENTE EN EL HECHO DE SUSCRIBIRSE EN FORMATOS PREESTABLECIDOS O MACHOTES.
  • CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO CON GARANTÍA HIPOTECARIA. AUN CUANDO SE CELEBRE ANTE NOTARIO PÚBLICO PUEDE CONSTITUIR UN CONTRATO DE ADHESIÓN PUES, POR REGLA GENERAL, CONTIENE CLÁUSULAS REDACTADAS PREVIAMENTE E IMPUESTAS POR LA INSTITUCIÓN FINANCIERA AL ACREDITADO, COMO LA DE SUMISIÓN EXPRESA A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
  • PRESCRIPCIÓN MERCANTIL EXTINTIVA. LA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA ES APTA PARA INTERRUMPIRLA CUANDO EN ELLA SE RESISTE A LA PRETENSIÓN DEL DEMANDANTE.
  • PENSIÓN COMPENSATORIA. PARA DETERMINAR SU DURACIÓN, EL JUEZ DEBE TOMAR EN CONSIDERACIÓN LAS CONDICIONES OBJETIVAMENTE DEMOSTRADAS EN QUE QUEDAN LOS CÓNYUGES CON LA DISOLUCIÓN FAMILIAR Y NO CIRCUNSTANCIAS FUTURAS HIPOTÉTICAS BASADAS EN EL INCREMENTO DE LA EDAD Y SUS PRECONCEPCIONES ASOCIADAS.
  • PRECEDENTES JUDICIALES OBLIGATORIOS. PARA DETERMINAR SU APLICABILIDAD EN EL CASO CONCRETO, ES NECESARIO QUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL ANALICE SU RATIO DECIDENDI.

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