domingo, 10 de marzo de 2024

#SCJN - TESIS 🔍 Acciones colectivas; Derechos de Autor; Suspensión de la patria potestad; Pensión por orfandad, monto mínimo no debe ser menor al SMG vigente, para satisfacer el derecho al mínimo vital; Régimen patrimonial en el concubinato; Sustracción internacional de personas menores de edad; Violencia familiar, esclarecer los hechos y exista desigualdad por razón de género. ❗



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 


S   C   J   N 


M A T E R I A    C O N S T I T U C I O N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 13 de mayo de 2022



Régimen patrimonial en el concubinato; Sustracción internacional de personas menores de edad; Violencia familiar, esclarecer los hechos y exista desigualdad por razón de género; Acciones colectivas; Derechos de Autor; Suspensión de la patria potestad; Pensión por orfandad, monto mínimo no debe ser menor al SMG vigente, para satisfacer el derecho al mínimo vital.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 13 de mayo de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. RÉGIMEN PATRIMONIAL EN EL CONCUBINATO. EL ARTÍCULO 273, PÁRRAFO TERCERO, DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, AL IMPONER LAS REGLAS RELATIVAS A LA COMUNIDAD DE BIENES, ES CONTRARIO AL DERECHO DE LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD.
  2. SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE PERSONAS MENORES DE EDAD. EL ARTÍCULO 13, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA CONVENCIÓN DE LA HAYA SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES EN LA MATERIA NO VULNERA EL DERECHO A LA IGUALDAD PROCESAL.
  3. VIOLENCIA FAMILIAR. LAS PERSONAS JUZGADORAS DEBEN RECABAR Y ORDENAR LAS PRUEBAS NECESARIAS PARA ESCLARECER LOS HECHOS, CUANDO LA VIOLENCIA INVOLUCRE LOS DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE UN GRUPO VULNERABLE O EXISTA DESIGUALDAD POR RAZÓN DE GÉNERO.
  4. ACCIONES COLECTIVAS. LA EXIGENCIA A LOS CONSUMIDORES PARA QUE DEMUESTREN INDIVIDUALMENTE EL ALCANCE DE LOS DAÑOS QUE SUFRIERON Y SU IMPORTE, ES UNA MEDIDA DESPROPORCIONADA QUE OBSTACULIZA EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.
  5. DERECHOS DE AUTOR. LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS DE AL MENOS EL 40% (CUARENTA POR CIENTO) DEL PRECIO DE VENTA DEL PRODUCTO O SERVICIO PRESTADO, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 216 BIS DE LA LEY FEDERAL DE LA MATERIA, NO ES CONTRARIA AL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA.
  6. SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. EL ARTÍCULO 447, FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE LA PREVÉ CUANDO QUIEN LA EJERZA NO PERMITA QUE SE LLEVEN A CABO LAS CONVIVENCIAS PREVIAMENTE DECRETADAS, NO VIOLA LOS ARTÍCULOS 4o. DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL, 17 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS Y 23 DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.
  7. PENSIÓN POR ORFANDAD. DE LA INTERPRETACIÓN CONFORME DE LOS ARTÍCULOS 156 Y 157 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA, SE CONCLUYE QUE SU MONTO MÍNIMO NO DEBE SER MENOR AL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE, PARA SATISFACER EL DERECHO AL MÍNIMO VITAL.

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