SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A P E N A L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 28 de agosto de 2020
Tercero interesado en el Juicio de Amparo en su calidad de víctima del delito; Prescripción de la acción penal; Posesión de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN) publicó el pasado día 28 de agosto de 2020, diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA PENAL, donde destacan los siguientes precedentes:
- TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO DE AMPARO EN SU CALIDAD DE VÍCTIMA DEL DELITO. SI MUERE SIN HABER DESIGNADO REPRESENTANTE, LOS TRIBUNALES DE AMPARO DEBEN SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO, REALIZAR LAS DILIGENCIAS PERTINENTES Y NOTIFICAR A LA SUCESIÓN A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE O ALBACEA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DE LA MATERIA.
- PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. INTERPRETACIÓN FUNCIONAL DE ESTE INSTITUTO TOMANDO EN CONSIDERACIÓN LAS NORMAS QUE ESTABLECEN SU INTERRUPCIÓN, ASÍ COMO EL TÉRMINO MÁXIMO QUE FIJA LA LEY (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
- POSESIÓN DE ARMA DE FUEGO DE USO EXCLUSIVO DEL EJÉRCITO, ARMADA Y FUERZA AÉREA. SE ACTUALIZA ESTE DELITO CUANDO UNA PERSONA LA TIENE O LA LLEVA CONSIGO EN EL INTERIOR DE SU DOMICILIO.
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