martes, 30 de noviembre de 2021

#SCJN - TESIS - Abuso del proceso, supuestos, existencia, alcances y elementos que lo configuran; Actas administrativas levantadas con motivo de las faltas cometidas por los trabajadores al servicio del Estado; Enfermedad profesional de los trabajadores de PEMEX; Presunción legal en materia laboral; Prueba de inspección laboral; Revisión del grado de incapacidad permanente; Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, demanda de pago conforme a un contrato colectivo de trabajo.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A     L A B O R A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 07 de agosto de 2020


Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, demanda de pago conforme a un contrato colectivo de trabajo; Sindicatos, facultad administrativa de la autoridad laboral, de tomar nota de las altas y bajas de sus miembros; Revisión del grado de incapacidad permanente; Renuncia, alcance probatorio cuando el trabajador acredita que fue obligado a presentarla; Prueba de inspección laboral; Presunción legal en materia laboral; Procedimiento especial de seguridad social; Intereses generados por falta de pago de salarios caídos; Enfermedad profesional de los trabajadores de PEMEX; Contratos colectivos de trabajo publicados en la página web de PEMEX en su doble calidad de patrón y de sujeto obligado; Actas administrativas levantadas con motivo de las faltas cometidas por los trabajadores al servicio del Estado; Abuso del proceso, supuestos, existencia, alcances y elementos que lo configuran.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 07 de agosto de 2020, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde destacan los siguientes rubros: 


  • VACACIONES, PRIMA VACACIONAL Y AGUINALDO. SI SE DEMANDA SU PAGO CONFORME A UN CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO PERO SE CONDENA EN LOS TÉRMINOS QUE PREVÉ LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, DADA LA INAPLICACIÓN DE LA NORMA EXTRALEGAL CORRELATIVA, EL LAUDO RESPECTIVO NO ES INCONGRUENTE, AL NO IMPLICAR VARIACIÓN DE LA ACCIÓN.
  • SINDICATOS. LA FACULTAD ADMINISTRATIVA DE LA AUTORIDAD LABORAL, DE TOMAR NOTA DE LAS ALTAS Y BAJAS DE SUS MIEMBROS, NO COMPRENDE EL ANÁLISIS DE LEGALIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE EXPULSIÓN DE ALGUNO DE ELLOS.
  • REVISIÓN. PROCEDE ESTE RECURSO Y NO EL DE RECLAMACIÓN, CONTRA LA NEGATIVA DE LOS PRESIDENTES DE LAS JUNTAS DE APLICAR ALGUNA MEDIDA DE APREMIO.
  • REVISIÓN DEL GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE. EL DERECHO DE LOS ASEGURADOS PARA SOLICITARLA, ES IMPRESCRIPTIBLE.
  • RENUNCIA. SU ALCANCE PROBATORIO CUANDO EL TRABAJADOR ACREDITA QUE FUE OBLIGADO A PRESENTARLA.
  • PRUEBA DE INSPECCIÓN. LA JUNTA LABORAL PUEDE ORDENAR SU DESAHOGO EN EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA MISMA, SI EL OFERENTE NO JUSTIFICA LA NECESIDAD DE QUE SE LLEVE A CABO EN UNA LOCALIDAD DIVERSA Y SE LIMITA A SEÑALAR QUE OBEDECE A CUESTIONES DE ÍNDOLE CONTABLE Y FISCAL.
  • PRESUNCIÓN LEGAL EN MATERIA LABORAL. SE ACTUALIZA DE MANERA REFORZADA, POR LA FALTA DE EXHIBICIÓN, POR PARTE DEL EMPLEADOR, DE UN ELEMENTO PROBATORIO QUE, ADEMÁS DE ESTAR LEGALMENTE OBLIGADO A CONSERVAR, RESULTA IDÓNEO PARA ACREDITAR LA JORNADA EFECTIVAMENTE LABORADA POR EL TRABAJADOR, COMO SON LAS LISTAS DE ASISTENCIA.
  • PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL. LOS ASUNTOS EN LOS QUE LOS TRABAJADORES JUBILADOS DE LA INDUSTRIA AZUCARERA, ALCOHOLERA Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA DEMANDEN EL PAGO DEL BONO DE PREVISIÓN SOCIAL MENSUAL PREVISTO EN EL CONTRATO LEY RELATIVO, DEBEN SUSTANCIARSE EN DICHA VÍA.
  • INTERESES GENERADOS POR FALTA DE PAGO DE SALARIOS CAÍDOS. EN EL CUMPLIMIENTO DEL LAUDO, DEBEN GENERARSE HASTA LA FECHA EN QUE EL TRABAJADOR FALLECE.
  • ENFERMEDAD PROFESIONAL DE LOS TRABAJADORES DE PETRÓLEOS MEXICANOS. EN EL CASO DE QUE EXISTA DICTAMEN DEL PATRÓN EN EL QUE SE ESTABLEZCA EL GRADO DE INCAPACIDAD PARA UN TRABAJADOR EN ACTIVO, ÉSTE DEBE TOMARSE PARA INICIAR EL CÓMPUTO DEL PLAZO PRESCRIPTIVO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 519, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
  • CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PUBLICADOS EN LA PÁGINA WEB DE PETRÓLEOS MEXICANOS EN SU DOBLE CALIDAD DE PATRÓN Y DE SUJETO OBLIGADO EN MATERIA DE TRANSPARENCIA. CONSTITUYEN UN HECHO NOTORIO.
  • ACTAS ADMINISTRATIVAS LEVANTADAS CON MOTIVO DE LAS FALTAS COMETIDAS POR LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CONSTITUYEN TESTIMONIOS POR ESCRITO, SUSCEPTIBLES DE SER VALORADOS CON BASE EN LOS PRINCIPIOS Y REGLAS QUE RIGEN LA PRUEBA TESTIMONIAL.
  • ABUSO DEL PROCESO. SUPUESTO QUE LO ACTUALIZA EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL.
  • ABUSO DEL PROCESO. EXISTENCIA Y ALCANCES EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL MEXICANO.
  • ABUSO DEL PROCESO. ELEMENTOS QUE LO CONFIGURAN.

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