SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A A D M I N I S T R A T I V A
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 10 de agosto de 2018
Recursos en materia agraria; Pensiones concedidas por el Gerente General de la caja de previsión de la Policía preventiva de la CDMX; Excepción a la prohibición de registro de Marcas de las que sean idénticas o semejantes en grado de confusión; Comisariado ejidal.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 10 de agosto de 2018, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, donde destacan los siguientes precedentes:
- RECURSOS EN MATERIA AGRARIA. AL ESTABLECER LA LEY RELATIVA UN SISTEMA PROPIO, LE ES INAPLICABLE SUPLETORIAMENTE EL ARTÍCULO 227 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES QUE PREVÉ EL DE REVOCACIÓN.
- PENSIONES CONCEDIDAS POR EL GERENTE GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. EL TITULAR DE LA DEPENDENCIA PARA LA CUAL PRESTÓ SUS SERVICIOS EL SERVIDOR PÚBLICO A QUIEN SE OTORGAN, NO ES PARTE EN EL JUICIO DE NULIDAD PROMOVIDO CONTRA EL DICTAMEN RELATIVO.
- MARCAS. LA EXCEPCIÓN A LA PROHIBICIÓN DE REGISTRO DE LAS QUE SEAN IDÉNTICAS O SEMEJANTES EN GRADO DE CONFUSIÓN A OTRA PREVIAMENTE REGISTRADA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 90, FRACCIÓN XVI, DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL –EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE MAYO DE 2018–, NO EXENTA DE CUMPLIR CON EL REQUISITO RELATIVO A QUE EL SIGNO PROPUESTO A INSCRIPCIÓN NO AFECTE DERECHOS PREVIOS DE TERCEROS.
- COMISARIADO EJIDAL. LA RESTRICCIÓN CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY AGRARIA PARA QUE SUS MIEMBROS EN FUNCIONES ADQUIERAN TIERRAS U OTROS DERECHOS EJIDALES, ES INAPLICABLE CUANDO LA ASAMBLEA DE EJIDATARIOS DETERMINE EL PARCELAMIENTO Y ASIGNACIÓN DE LAS TIERRAS DE USO COMÚN.
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