sábado, 29 de junio de 2019

#SCJN - TESIS - Aviso de terminación de contrato de arrendamiento; Compensación de créditos en el Juicio de Quiebra; Medida precautoria en cobro de título de crédito; Título ejecutivo; Principio de intervención mínima de los menores en juicio de orden familiar.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


S   C   J   N


M A T E R I A    C I V I L


Título ejecutivo; Principio de intervención mínima de los menores en juicios de orden familiar; Medida precautoria (Suspensión de pago y cobro de un título de crédito); Compensación de créditos en el Juicio de Quiebra; Aviso de terminación de contrato de arrendamiento.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CIVIL, publicadas el pasado día 17 de agosto de 2018, donde sobresalen los siguientes precedentes:


  1. TÍTULO EJECUTIVO. EL DICTAMEN DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR PUEDE ALCANZAR ESE CARÁCTER SI LA AUTORIDAD JUDICIAL CONSTATA QUE EXISTEN PRUEBAS SUFICIENTES DE QUE SE REÚNEN LOS REQUISITOS NECESARIOS DE UNA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL INCUMPLIDA QUE SEA CIERTA, LÍQUIDA Y EXIGIBLE.
  2. PRINCIPIO DE INTERVENCIÓN MÍNIMA DE LOS MENORES EN JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR. DEBE VIGILARSE CON ESPECIAL CUIDADO POR EL JUZGADOR, A EFECTO DE QUE NO SE COLOQUE AL NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE EN UN MAYOR ESTADO DE VULNERABILIDAD QUE LO LLEVE A REVICTIMIZARLO POR PARTICIPAR EN AQUÉLLOS.
  3. MEDIDA PRECAUTORIA (SUSPENSIÓN DE PAGO Y COBRO DE UN TÍTULO DE CRÉDITO). NO ES PROCEDENTE QUE LA AUTORIDAD JUDICIAL LA CONCEDA CUANDO IMPIDE EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA JURISDICCIÓN POR SER UNA CUESTIÓN DE ORDEN PÚBLICO.
  4. COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS EN EL JUICIO DE QUIEBRA. CONDICIONES EN QUE OPERA.
  5. AVISO DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. NO ES OBLIGATORIO BAJO LA LEGISLACIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE MÉXICO, AUNQUE SE HAYA RENUNCIADO A SU APLICACIÓN POR ACUERDO DE VOLUNTADES.


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