SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A L A B O R A L
Trabajadores de confianza, art 9 de la LFT; Trabajadores de confianza al servicio del Estado; Prueba de inspección judicial en materia laboral sobre documentos; Notificación personal en materia laboral; Embargo sobre partidas presupuestales en el Juicio Laboral burocrático.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), publico el pasado día 01 de junio de 2018, diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde sobresalen los siguientes rubros:
- TRABAJADORES DE CONFIANZA. SIGNIFICADO DEL CONCEPTO "CARÁCTER GENERAL" PREVISTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
- TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO. AL RESOLVER SI LES ASISTE ESE CARÁCTER, DEBE ATENDERSE A LAS FUNCIONES ACREDITADAS EN EL JUICIO, AUN CUANDO EL PATRÓN HUBIERA INVOCADO UN INCISO ESPECÍFICO DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 5o. DE LA LEY FEDERAL RELATIVA.
- PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIAL EN MATERIA LABORAL SOBRE DOCUMENTOS. EL SEÑALAMIENTO DE SU OBJETO NO ES UN REQUISITO QUE DEBA INDICARSE AL OFRECERLA, AL ESTAR IMPLÍCITO AL FIJAR LOS HECHOS O CUESTIONES QUE PRETENDEN ACREDITARSE.
- NOTIFICACIÓN PERSONAL EN MATERIA LABORAL. MOMENTO EN QUE SURTE EFECTOS CUANDO SE SEÑALAN LOS ESTRADOS PARA SU REALIZACIÓN.
- EMBARGO SOBRE PARTIDAS PRESUPUESTALES EN EL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO. SU TRABA EQUIVALE A LA ORDEN DE REGISTRO DE LA DEUDA PROVENIENTE DEL LAUDO PARA QUE SE REALICE EL PAGO DE LOS PASIVOS CONFORME A LA PRELACIÓN QUE CORRESPONDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS PARA EL EJERCICIO FISCAL DE DOS MIL DIECISIETE).
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