sábado, 23 de diciembre de 2023

#SCJN - TESIS 🔜 Desistimiento del Juicio Contencioso Administrativo Federal, corresponde al TCC pronunciarse sobre la actualización de la causal de sobreseimiento relativa; Carga probatoria en el Juicio de Nulidad, art 16, fr II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; Revisión fiscal, cuando sentencia declaró la nulidad por un vicio formal, Jurisprudencia 2a./J.252/2007. 🔍



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


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M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 10 de junio de 2022


Carga probatoria en el Juicio de Nulidad, art 16, fr II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; Revisión fiscal, cuando sentencia declaró la nulidad por un vicio formal, Jurisprudencia 2a./J.252/2007; Desistimiento del Juicio Contencioso Administrativo Federal, corresponde al TCC pronunciarse sobre la actualización de la causal de sobreseimiento relativa.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 10 de junio de 2022, donde sobresalen los siguientes rubros: 




  1. CARGA PROBATORIA EN EL JUICIO DE NULIDAD. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD DEMANDADA AL NEGAR LA EXISTENCIA DE CRÉDITOS FISCALES A CARGO DE LA ACTORA Y AFIRMAR QUE SE TRATA DE PROPUESTAS DE PAGO AUTOLIQUIDADAS, CUANDO SON CONTROVERTIDOS EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
  2. REVISIÓN FISCAL. EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO CARECE DE FACULTADES PARA DESECHARLA EN EL AUTO INICIAL, POR ADVERTIR QUE EN LA SENTENCIA RECURRIDA SE DECLARÓ LA NULIDAD POR UN VICIO FORMAL, AUN CUANDO EXISTA JURISPRUDENCIA QUE ASÍ LO HAYA CALIFICADO (ALCANCE Y APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 252/2007).
  3. DESISTIMIENTO DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CORRESPONDE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO PRONUNCIARSE SOBRE LA ACTUALIZACIÓN DE LA CAUSAL DE SOBRESEIMIENTO RELATIVA, CUANDO SE PROMUEVE Y RATIFICA DURANTE EL TRÁMITE DEL RECURSO DE REVISIÓN FISCAL.

#SCJN - TESIS 📌 Secretario bancario o financiero, supuesto de excepción previsto en el art 117, fr IV, de la Ley de Instituciones de Crédito, actualmente art 142; Control del tabaco, su prohibición absoluta es inconstitucional; No discriminación; Perspectiva de género; Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes, emitido por la SCJN. ❗



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 08 de abril de 2022


Control del tabaco, su prohibición absoluta es inconstitucional; No discriminación; Perspectiva de género; Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes, emitido por la SCJN; Secretario bancario o financiero, supuesto de excepción previsto en el art 117, fr IV, de la Ley de Instituciones de Crédito, actualmente art 142.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 08 de abril de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes rubros: 



  • CONTROL DEL TABACO. LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DEL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN VI, DE LA LEY GENERAL RESPECTIVA ES INCONSTITUCIONAL.
  • NO DISCRIMINACIÓN. LAS EMPRESAS PROPIETARIAS DE PLATAFORMAS ELECTRÓNICAS INTERMEDIARIAS DE EMPLEABILIDAD NO SON RESPONSABLES POR LOS ACTOS DE DISCRIMINACIÓN COMETIDOS POR LOS USUARIOS EN ÉSTAS, CUANDO ACTÚEN COMO MEDIOS O VEHÍCULOS NEUTROS.
  • PERSPECTIVA DE GÉNERO. ES APLICABLE PARA LA VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS, CON INDEPENDENCIA DE LA CALIDAD CON QUE COMPAREZCA AL PROCEDIMIENTO PENAL LA PERSONA EN FAVOR DE QUIEN SE UTILIZA O HAYA INSTADO EL RECURSO O JUICIO EN EL QUE SE ATIENDE DICHA METODOLOGÍA.
  • PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA QUIENES IMPARTEN JUSTICIA EN CASOS QUE INVOLUCREN NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, EMITIDO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. PUEDE AUXILIAR LA LABOR DE INSTITUCIONES O FUNCIONARIOS DEDICADOS A LA INFANCIA, COMO LOS PERITOS PSICÓLOGOS QUE EVALÚAN A MENORES DE EDAD VÍCTIMAS DE AGRESIÓN SEXUAL.
  • SECRETO BANCARIO O FINANCIERO. LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN BANCARIA POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (SHCP) EN USO DE SUS FACULTADES DE COMPROBACIÓN SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL, NO VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIDA PRIVADA DEL CUAL AQUÉL ES PARTE, POR LO QUE ES LÍCITA LA QUE SE ADJUNTA COMO PRUEBA A LA QUERELLA CORRESPONDIENTE POR DELITOS FISCALES (SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 117, FRACCIÓN IV, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE ENERO DE 2014, ACTUALMENTE ARTÍCULO 142).

#SCJN - TESIS 📍 Revisión electrónica de contribuciones, el hecho de que el SAT no emita ni notifique la resolución definitiva en el plazo de 40 días, trae como consecuencia la nulidad lisa y llana de la resolución emitida, art 53-B, fr IV, del CFF; Estados de cuenta bancarios proporcionados por la #CNBV para comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales, exhibidos por la SHCP como fundamento de la querella por los delitos de defraudación fiscal y la equiparada. ✅



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M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 20 de mayo de 2022


Estados de cuenta bancarios proporcionados por la CNBV para comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales, exhibidos por la SHCP como fundamento de la querella por los delitos de defraudación fiscal y la equiparada; Revisión electrónica de contribuciones, el hecho de que el SAT no emita ni notifique la resolución definitiva en el plazo de 40 días, trae como consecuencia la nulidad lisa y llana de la resolución emitida, art 53-B, fr IV, del CFF.





La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 20 de mayo de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 




  1. ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS PROPORCIONADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES PARA COMPROBAR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, EXHIBIDOS POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO COMO FUNDAMENTO DE LA QUERELLA POR LOS DELITOS DE DEFRAUDACIÓN FISCAL Y DEFRAUDACIÓN FISCAL EQUIPARADA. ES INNECESARIO QUE EL MINISTERIO PÚBLICO LOS SOMETA A CONTROL JUDICIAL PREVIO, TRATÁNDOSE DEL PROCESO PENAL MIXTO.
  2. REVISIÓN ELECTRÓNICA DE CONTRIBUCIONES. EL HECHO DE QUE LA AUTORIDAD FISCAL NO EMITA NI NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA EN ESE PROCEDIMIENTO EN EL PLAZO DE 40 DÍAS, TRAE COMO CONSECUENCIA LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN EMITIDA (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 53-B, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN).





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#SCJN - TESIS ✔ Impuesto predial, arts 13 y 14 de la Ley de Ingresos del Mpio de Durango del ejercicio fiscal 2018; Prelación de pago de créditos, art 241 de la Ley de Instituciones de Crédito; Derecho Humano a un medio ambiente sano, diferencia entre los Principios de Prevención y de Precaución; Derecho a la Igualdad y no discriminación. 👥



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 01 de abril de 2022


Derecho Humano a un medio ambiente sano, diferencia entre los Principios de Prevención y de Precaución; Derecho a la Igualdad y no discriminación; Impuesto predial, arts 13 y 14 de la Ley de Ingresos del Mpio de Durango del ejercicio fiscal 2018; Prelación de pago de créditos, art 241 de la Ley de Instituciones de Crédito.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 01 de abril de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes rubros: 




  1. DERECHO HUMANO A UN MEDIO AMBIENTE SANO. DIFERENCIA ENTRE LOS PRINCIPIOS DE PREVENCIÓN Y DE PRECAUCIÓN.
  2. DERECHO HUMANO A UN MEDIO AMBIENTE SANO. POR VIRTUD DEL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN, RESULTA CONSTITUCIONAL ADOPTAR DECISIONES JURISDICCIONALES EN SITUACIONES QUE PUEDAN PRODUCIR RIESGOS AMBIENTALES, INCLUSO ANTE LA FALTA DE CERTEZA CIENTÍFICA O TÉCNICA AL RESPECTO.
  3. DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN. NO PROCEDE LA INTERPRETACIÓN CONFORME DEL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DEL ESTADO DE INTERDICCIÓN REGULADO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
  4. IMPUESTO PREDIAL. LOS ARTÍCULOS 13 Y 14 DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE DURANGO, DGO., PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, AL NO ESTABLECER UNA MECÁNICA PARA CALCULAR LA BASE GRAVABLE (VALOR CATASTRAL) DE ESA CONTRIBUCIÓN, VIOLAN EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD TRIBUTARIA.
  5. PRELACIÓN DE PAGO DE CRÉDITOS. EL ARTÍCULO 241 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, AL PREVER UN ORDEN EN EL QUE TIENE PREFERENCIA EL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO (IPAB), ES ACORDE AL MARGEN DE CONFIGURACIÓN LEGISLATIVA QUE EL ARTÍCULO 25, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL OTORGA AL LEGISLADOR PARA DISEÑAR LA PROTECCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL.


#SCJN - TESIS 📎 Tarifas para el cobro del servicio de agua potable de los municipios del Edo de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2020; Orden público, concepto jurídico indeterminado que debe ser precisado y valorado dependiendo las circunstancias específicas de cada caso concreto; Principio de Definitividad, no es necesario agotar el JCA previo a promover el Juicio de Amparo, Código de Justicia Administrativa del Edo de Quintana Roo. ❗



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de abril de 2022


Principio de Definitividad, no es necesario agotar el JCA previo a promover el Juicio de Amparo, Código de Justicia Administrativa del Edo de Quintana Roo; Tarifas para el cobro del servicio de agua potable de los municipios del Edo de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2020; Orden público, concepto jurídico indeterminado que debe ser precisado y valorado dependiendo las circunstancias específicas de cada caso concreto.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 22 de abril de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 



  • PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. NO ES NECESARIO AGOTAR EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PREVIO A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO, TODA VEZ QUE EL CÓDIGO DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO ESTABLECE MAYORES REQUISITOS QUE LOS PREVISTOS EN LA LEY DE AMPARO, PARA CONCEDER LA SUSPENSIÓN.
  • TARIFAS PARA EL COBRO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020. LAS APROBADAS POR LA JUNTA CENTRAL A PROPUESTA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE AGUA Y SANEAMIENTO SON VÁLIDAS, ANTE LA OMISIÓN DE CREACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ÉSTAS, PREVISTO EN LA LEY DEL AGUA DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.
  • ORDEN PÚBLICO. ES UN CONCEPTO JURÍDICO INDETERMINADO QUE DEBE SER PRECISADO Y VALORADO DEPENDIENDO DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESPECÍFICAS DE CADA CASO CONCRETO.

viernes, 22 de diciembre de 2023

#SCJN - TESIS 🔜 Despido de una trabajadora embarazada; Declaración de beneficiarios en materia de trabajo; Fondo de ahorro para la jubilación y apoyo múltiple; Pensiones del ISSEMYM derivadas de la LSS para los servidores públicos del Edo Mex y municipios; Cosa juzgada en otorgamiento de pensión; Dilación excesiva en la etapa de ejecución de sentencia laboral; Prestaciones extralegales; Beneficiario menor de edad en materia de trabajo. 📘



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 18 de marzo de 2022


Cosa juzgada en otorgamiento de pensión; Dilación excesiva en la etapa de ejecución de sentencia laboral; Prestaciones extralegales; Beneficiario menor de edad en materia de trabajo; Despido de una trabajadora embarazada; Declaración de beneficiarios en materia de trabajo; Fondo de ahorro para la jubilación y apoyo múltiple; Pensiones del ISSEMYM derivadas de la LSS para los servidores públicos del Edo Mex y municipios.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 18 de marzo de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde destacan los siguientes precedentes: 



  1. COSA JUZGADA. NO SE ACTUALIZA SOBRE EL PAGO DE LAS SUBSECUENTES MENSUALIDADES Y SUCESIVAS DIFERENCIAS EN EL OTORGAMIENTO DE PENSIÓN, RECONOCIDO EN UN LAUDO ANTERIOR, QUE YA FUE DECLARADO CUMPLIDO Y QUE NO FUERON MATERIA DEL MISMO Y, COMO CONSECUENCIA, SON RECLAMABLES A TRAVÉS DE UN SEGUNDO JUICIO LABORAL.
  2. DILACIÓN EXCESIVA EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA EN MATERIA LABORAL. PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE UN AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA, NO ES APLICABLE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 33/2019 (10a.), EMITIDA POR LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
  3. PRESTACIONES EXTRALEGALES. EN EL CASO DE LAS RELACIONES LABORALES QUE SE RIGEN POR EL APARTADO A DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, CORRESPONDE AL TRABAJADOR APORTAR LAS PRUEBAS QUE CONSIDERE PERTINENTES PARA DEMOSTRAR LA OBLIGACIÓN DEL PATRÓN PARA PAGARLAS. LO ANTERIOR, CON INDEPENDENCIA DE QUE LA PARTE DEMANDADA NO HAYA DADO CONTESTACIÓN A LA DEMANDA Y TAMPOCO ACUDA A LA AUDIENCIA RESPECTIVA EN SU FASE DE OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS.
  4. BENEFICIARIO MENOR DE EDAD EN MATERIA DE TRABAJO. ATENDIENDO AL INTERÉS SUPERIOR DE ÉSTE, LA AUTORIDAD LABORAL DEBE RECABAR PRUEBAS DE OFICIO.
  5. DESPIDO DE UNA TRABAJADORA EMBARAZADA. DEBE JUZGARSE CON PERSPECTIVA DE GÉNERO CUANDO SE SOLICITA UNA PROVIDENCIA CAUTELAR, POR LO QUE ADEMÁS DE PREVENIRLA, DEBEN DESAHOGARSE PRUEBAS DE OFICIO PARA VISIBILIZAR LA SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD O DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE GÉNERO (LEY FEDERAL DEL TRABAJO VIGENTE A PARTIR DEL 2 DE MAYO DE 2019).
  6. DECLARACIÓN DE BENEFICIARIOS EN MATERIA DE TRABAJO. CUANDO QUIEN LA SOLICITA SEA LA REPRESENTANTE LEGAL DE UN MENOR DE EDAD, DEBE ATENDERSE AL INTERÉS SUPERIOR DE ÉSTE.
  7. FONDO DE AHORRO PARA LA JUBILACIÓN Y APOYO MÚLTIPLE. CORRESPONDE AL SINDICATO DE MAESTROS AL SERVICIO DEL ESTADO DE MÉXICO LA CARGA DE PROBAR QUE EL TRABAJADOR NO REALIZÓ APORTACIONES.
  8. PENSIONES DEL ISSEMYM DERIVADAS DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ES COMPETENTE PARA OTORGARLAS EL TRIBUNAL ESTATAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE A TRAVÉS DEL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO.

#SCJN - TESIS 📌 #ISR deducción de intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios, art 151, fracción IV, de la LISR, está limitada a un bien inmueble destinado a casa habitación; Facturas, código QR, es un elemento para la verificación de los CFDI que arroja información fidedigna de los que participaron en el acto de comercio; Facturas, es información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología, obtenida por el código QR, se reconoce como prueba plena. ❗



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de abril de 2022


Facturas, código QR, es un elemento para la verificación de los CFDI que arroja información fidedigna de los que participaron en el acto de comercio; Facturas, es información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología, obtenida por el código QR, se reconoce como prueba plena; ISR deducción de intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios, art 151, fracción IV, de la LISR, está limitada a un bien inmueble destinado a casa habitación.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 22 de abril de 2022, donde sobresalen los siguientes rubros: 



  1. FACTURAS. EL CÓDIGO QR (DEL INGLÉS QUICK RESPONSE CODE O CÓDIGO DE RESPUESTA RÁPIDA) QUE EN ELLAS SE CONTIENE, CONSISTE EN UN ELEMENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET (CFDI) QUE ARROJA INFORMACIÓN FIDEDIGNA DE LOS QUE PARTICIPARON EN EL ACTO DE COMERCIO.
  2. FACTURAS. LA INFORMACIÓN GENERADA O COMUNICADA QUE CONSTE EN MEDIOS ELECTRÓNICOS, ÓPTICOS O EN CUALQUIER OTRA TECNOLOGÍA, OBTENIDA A TRAVÉS DEL CÓDIGO QR QUE AQUÉLLAS CONTIENEN, SE RECONOCE COMO PRUEBA PLENA.
  3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. LA DEDUCCIÓN DE LOS INTERESES REALES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR CRÉDITOS HIPOTECARIOS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN IV, DE LA LEY RELATIVA, ESTÁ LIMITADA A UN BIEN INMUEBLE DESTINADO A CASA HABITACIÓN.

#SCJN - TESIS 📍 Debida diligencia en la investigación de los delitos, el FGR y el Titular de la Fiscalía Especializada en materia de los DH están facultados para supervisarla; Protección al consumidor, aplicable el Principio Favor Debilis para la acreditación de vicios ocultos. ✅



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 08 de abril de 2022


Protección al consumidor, aplicable el Principio Favor Debilis para la acreditación de vicios ocultos; Debida diligencia en la investigación de los delitos, el FGR y el Titular de la Fiscalía Especializada en materia de los DH están facultados para supervisarla.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 08 de abril de 2022, donde sobresalen los siguientes rubros:



  1. PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. ES APLICABLE EL PRINCIPIO FAVOR DEBILIS PARA LA ACREDITACIÓN DE VICIOS OCULTOS.
  2. DEBIDA DILIGENCIA EN LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS. EL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EL TITULAR DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS ESTÁN FACULTADOS PARA SUPERVISARLA, RESPECTO DE LAS FISCALÍAS A SU CARGO, A FIN DE GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS DE EFICIENCIA, EFICACIA Y PROFESIONALISMO.

#SCJN - TESIS 🔎 Pensión por viudez, art 129, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social; Acciones afirmativas, mujeres con discapacidad tengan acceso a los beneficios previstos en el programa "Ciudad Segura y Amigable para mujeres y niñas". ☑



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 11 de marzo de 2022


Acciones afirmativas, mujeres con discapacidad tengan acceso a los beneficios previstos en el programa "Ciudad Segura y Amigable para mujeres y niñas"; Pensión por viudez, art 129, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 11 de marzo de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. ACCIONES AFIRMATIVAS. SU IMPLEMENTACIÓN GARANTIZA QUE LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD TENGAN ACCESO A LOS BENEFICIOS PREVISTOS EN EL PROGRAMA "CIUDAD SEGURA Y AMIGABLE PARA MUJERES Y NIÑAS", AL USAR EL TRANSPORTE PÚBLICO Y CONCESIONADO DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON APOYO DE PERSONAS DEL SEXO MASCULINO.
  2. PENSIÓN POR VIUDEZ. EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 129 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, AL PREVER COMO CONDICIÓN PARA SU OTORGAMIENTO QUE EL ASEGURADO FALLECIDO TENGA ACREDITADO EL PAGO DE CIENTO CINCUENTA SEMANAS COTIZADAS COMO MÍNIMO, NO VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL CONTENIDO EN LA FRACCIÓN XXIX DEL APARTADO A DEL PRECEPTO 123 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.

#SCJN - TESIS 🔜 Negativa ficta en el Juicio Contencioso Administrativo; Recurso de Queja previsto en el art 58, fr II, inciso A), numeral 3, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. ✔



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 08 de abril de 2022


Recurso de Queja previsto en el art 58, fr II, inciso A), numeral 3, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; Negativa ficta en el Juicio Contencioso Administrativo.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado día 08 de abril de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 



  • RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 58, FRACCIÓN II, INCISO A), NUMERAL 3, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAME EL INCUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE NULIDAD DICTADA POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.
  • NEGATIVA FICTA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. CUANDO NO SE AMPLÍE LA DEMANDA DE NULIDAD, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 17, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, LA LITIS SE INTEGRA CON LOS HECHOS Y CONCEPTOS DE ANULACIÓN DE LA DEMANDA, ASÍ COMO DEL ANEXO CONSISTENTE EN LA SOLICITUD O PETICIÓN NO RESUELTA EN EL TÉRMINO DE TRES MESES, FRENTE A LOS MOTIVOS Y FUNDAMENTOS LEGALES QUE EXPRESE LA AUTORIDAD AL CONTESTAR LA DEMANDA INICIAL, POR LO QUE NO SE ACTUALIZA LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 8o., FRACCIÓN X, DEL CITADO ORDENAMIENTO.

#SCJN - TESIS 📁 Principio de Prevención en Materia Ambiental, su relación y alcance; Manifestación de impacto ambiental, su evaluación holística e integral. 📌



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TESIS y JURISPRUDENCIAS del 01 de abril de 2022


Manifestación de impacto ambiental, su evaluación holística e integral; Principio de Prevención en Materia Ambiental, su relación y alcance.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado día 01 de abril de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 


  • MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. SU EVALUACIÓN HOLÍSTICA E INTEGRAL CON BASE EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ESTABLECIDO PARA TAL EFECTO EN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, ASÍ COMO EN SU REGLAMENTO EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL, GARANTIZA UNA ADECUADA PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE.
  • PRINCIPIO DE PREVENCIÓN EN MATERIA AMBIENTAL. SU RELACIÓN Y ALCANCE CON EL DEBER DE CUIDAR EL MEDIO AMBIENTE REGULADO POR EL MARCO NORMATIVO CONVENCIONAL DE LA MATERIA.