mi茅rcoles, 15 de mayo de 2024

#SCJN - TESIS 馃攷 Buz贸n tributario, art 17-K, 煤ltimo p谩rrafo, del CFF, aviso de notificaci贸n; IVA, art 15, fr IV, de la ley relativa, servicio de guarder铆a; ISR art 93, fr VIII, de la ley relativa, contribuyente jubilado; Solicitud de devoluci贸n de saldo a favor del IVA, c贸mputo del plazo para interponer la Revocaci贸n en contra de su negativa. 馃啀



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


S   C   J   N 


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL) 


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 07 de octubre de 2022 


Buz贸n tributario, art 17-K, 煤ltimo p谩rrafo, del CFF, aviso de notificaci贸n; IVA, art 15, fr IV, de la ley relativa, servicio de guarder铆a; ISR art 93, fr VIII, de la ley relativa, contribuyente jubilado; Solicitud de devoluci贸n de saldo a favor del IVA, c贸mputo del plazo para interponer la Revocaci贸n en contra de su negativa.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado d铆a 07 de octubre de 2022, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. BUZ脫N TRIBUTARIO. LAS REGLAS 2.2.6. Y 2.2.7. DE LAS RESOLUCIONES MISCEL脕NEAS FISCALES PARA 2015, LA PRIMERA, Y PARA 2016 Y 2017, LA SEGUNDA, NO VULNERAN EL ART脥CULO 17-K, 脷LTIMO P脕RRAFO, DEL C脫DIGO FISCAL DE LA FEDERACI脫N, AL PREVER QUE PARA RECIBIR EL AVISO DE NOTIFICACI脫N RESPECTIVO, LOS CONTRIBUYENTES INGRESAR脕N ENTRE UNA Y M脕XIMO CINCO DIRECCIONES DE CORREO ELECTR脫NICO.
  2. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA). LA EXENCI脫N DE SU PAGO PREVISTA EN EL ART脥CULO 15, FRACCI脫N IV, DE LA LEY RELATIVA, NO ES APLICABLE A LOS PARTICULARES QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACI脫N INICIAL (GUARDER脥A), POR NO SER SUJETOS DE AUTORIZACI脫N O RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL CONFORME A LA LEY GENERAL DE EDUCACI脫N VIGENTE EN 2013.
  3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. LA EXENCI脫N DE SU PAGO PREVISTA EN EL ART脥CULO 93, FRACCI脫N VIII, DE LA LEY RELATIVA, ES INAPLICABLE A LOS INGRESOS OBTENIDOS POR UN CONTRIBUYENTE JUBILADO, DERIVADOS DE UN CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, AL NO SER UNA PRESTACI脫N DE PREVISI脫N SOCIAL, PORQUE AQU脡L NO ES UN TRABAJADOR EN ACTIVO.
  4. SOLICITUD DE DEVOLUCI脫N DE SALDO A FAVOR DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA). EL C脫MPUTO DEL PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVOCACI脫N EN CONTRA DE SU NEGATIVA, INICIA A PARTIR DE QUE SE NOTIFIC脫 LA RESOLUCI脫N CON LA QUE CONCLUYERON LAS FACULTADES DE COMPROBACI脫N DE LA AUTORIDAD HACENDARIA PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA.

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