s谩bado, 23 de diciembre de 2023

#SCJN - TESIS 馃搸 Tarifas para el cobro del servicio de agua potable de los municipios del Edo de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2020; Orden p煤blico, concepto jur铆dico indeterminado que debe ser precisado y valorado dependiendo las circunstancias espec铆ficas de cada caso concreto; Principio de Definitividad, no es necesario agotar el JCA previo a promover el Juicio de Amparo, C贸digo de Justicia Administrativa del Edo de Quintana Roo. ❗



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de abril de 2022


Principio de Definitividad, no es necesario agotar el JCA previo a promover el Juicio de Amparo, C贸digo de Justicia Administrativa del Edo de Quintana Roo; Tarifas para el cobro del servicio de agua potable de los municipios del Edo de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2020; Orden p煤blico, concepto jur铆dico indeterminado que debe ser precisado y valorado dependiendo las circunstancias espec铆ficas de cada caso concreto.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado d铆a 22 de abril de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 



  • PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. NO ES NECESARIO AGOTAR EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PREVIO A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO, TODA VEZ QUE EL C脫DIGO DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO ESTABLECE MAYORES REQUISITOS QUE LOS PREVISTOS EN LA LEY DE AMPARO, PARA CONCEDER LA SUSPENSI脫N.
  • TARIFAS PARA EL COBRO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020. LAS APROBADAS POR LA JUNTA CENTRAL A PROPUESTA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS JUNTAS MUNICIPALES DE AGUA Y SANEAMIENTO SON V脕LIDAS, ANTE LA OMISI脫N DE CREACI脫N DEL CONSEJO DE ADMINISTRACI脫N DE 脡STAS, PREVISTO EN LA LEY DEL AGUA DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.
  • ORDEN P脷BLICO. ES UN CONCEPTO JUR脥DICO INDETERMINADO QUE DEBE SER PRECISADO Y VALORADO DEPENDIENDO DE LAS CIRCUNSTANCIAS ESPEC脥FICAS DE CADA CASO CONCRETO.

viernes, 22 de diciembre de 2023

#SCJN - TESIS 馃敎 Despido de una trabajadora embarazada; Declaraci贸n de beneficiarios en materia de trabajo; Fondo de ahorro para la jubilaci贸n y apoyo m煤ltiple; Pensiones del ISSEMYM derivadas de la LSS para los servidores p煤blicos del Edo Mex y municipios; Cosa juzgada en otorgamiento de pensi贸n; Dilaci贸n excesiva en la etapa de ejecuci贸n de sentencia laboral; Prestaciones extralegales; Beneficiario menor de edad en materia de trabajo. 馃摌



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


S   C   J   N


M A T E R I A    L A B O R A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 18 de marzo de 2022


Cosa juzgada en otorgamiento de pensi贸n; Dilaci贸n excesiva en la etapa de ejecuci贸n de sentencia laboral; Prestaciones extralegales; Beneficiario menor de edad en materia de trabajo; Despido de una trabajadora embarazada; Declaraci贸n de beneficiarios en materia de trabajo; Fondo de ahorro para la jubilaci贸n y apoyo m煤ltiple; Pensiones del ISSEMYM derivadas de la LSS para los servidores p煤blicos del Edo Mex y municipios.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer el pasado d铆a 18 de marzo de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, donde destacan los siguientes precedentes: 



  1. COSA JUZGADA. NO SE ACTUALIZA SOBRE EL PAGO DE LAS SUBSECUENTES MENSUALIDADES Y SUCESIVAS DIFERENCIAS EN EL OTORGAMIENTO DE PENSI脫N, RECONOCIDO EN UN LAUDO ANTERIOR, QUE YA FUE DECLARADO CUMPLIDO Y QUE NO FUERON MATERIA DEL MISMO Y, COMO CONSECUENCIA, SON RECLAMABLES A TRAV脡S DE UN SEGUNDO JUICIO LABORAL.
  2. DILACI脫N EXCESIVA EN LA ETAPA DE EJECUCI脫N DE SENTENCIA EN MATERIA LABORAL. PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE UN AMPARO INDIRECTO EN SU CONTRA, NO ES APLICABLE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 33/2019 (10a.), EMITIDA POR LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N.
  3. PRESTACIONES EXTRALEGALES. EN EL CASO DE LAS RELACIONES LABORALES QUE SE RIGEN POR EL APARTADO A DEL ART脥CULO 123 CONSTITUCIONAL, CORRESPONDE AL TRABAJADOR APORTAR LAS PRUEBAS QUE CONSIDERE PERTINENTES PARA DEMOSTRAR LA OBLIGACI脫N DEL PATR脫N PARA PAGARLAS. LO ANTERIOR, CON INDEPENDENCIA DE QUE LA PARTE DEMANDADA NO HAYA DADO CONTESTACI脫N A LA DEMANDA Y TAMPOCO ACUDA A LA AUDIENCIA RESPECTIVA EN SU FASE DE OFRECIMIENTO Y ADMISI脫N DE PRUEBAS.
  4. BENEFICIARIO MENOR DE EDAD EN MATERIA DE TRABAJO. ATENDIENDO AL INTER脡S SUPERIOR DE 脡STE, LA AUTORIDAD LABORAL DEBE RECABAR PRUEBAS DE OFICIO.
  5. DESPIDO DE UNA TRABAJADORA EMBARAZADA. DEBE JUZGARSE CON PERSPECTIVA DE G脡NERO CUANDO SE SOLICITA UNA PROVIDENCIA CAUTELAR, POR LO QUE ADEM脕S DE PREVENIRLA, DEBEN DESAHOGARSE PRUEBAS DE OFICIO PARA VISIBILIZAR LA SITUACI脫N DE VULNERABILIDAD O DISCRIMINACI脫N POR RAZ脫N DE G脡NERO (LEY FEDERAL DEL TRABAJO VIGENTE A PARTIR DEL 2 DE MAYO DE 2019).
  6. DECLARACI脫N DE BENEFICIARIOS EN MATERIA DE TRABAJO. CUANDO QUIEN LA SOLICITA SEA LA REPRESENTANTE LEGAL DE UN MENOR DE EDAD, DEBE ATENDERSE AL INTER脡S SUPERIOR DE 脡STE.
  7. FONDO DE AHORRO PARA LA JUBILACI脫N Y APOYO M脷LTIPLE. CORRESPONDE AL SINDICATO DE MAESTROS AL SERVICIO DEL ESTADO DE M脡XICO LA CARGA DE PROBAR QUE EL TRABAJADOR NO REALIZ脫 APORTACIONES.
  8. PENSIONES DEL ISSEMYM DERIVADAS DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS SERVIDORES P脷BLICOS DEL ESTADO DE M脡XICO Y MUNICIPIOS. ES COMPETENTE PARA OTORGARLAS EL TRIBUNAL ESTATAL DE CONCILIACI脫N Y ARBITRAJE A TRAV脡S DEL JUICIO LABORAL BUROCR脕TICO.

#SCJN - TESIS 馃搶 #ISR deducci贸n de intereses reales efectivamente pagados por cr茅ditos hipotecarios, art 151, fracci贸n IV, de la LISR, est谩 limitada a un bien inmueble destinado a casa habitaci贸n; Facturas, c贸digo QR, es un elemento para la verificaci贸n de los CFDI que arroja informaci贸n fidedigna de los que participaron en el acto de comercio; Facturas, es informaci贸n generada o comunicada que conste en medios electr贸nicos, 贸pticos o en cualquier otra tecnolog铆a, obtenida por el c贸digo QR, se reconoce como prueba plena. ❗



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M A T E R I A   A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 22 de abril de 2022


Facturas, c贸digo QR, es un elemento para la verificaci贸n de los CFDI que arroja informaci贸n fidedigna de los que participaron en el acto de comercio; Facturas, es informaci贸n generada o comunicada que conste en medios electr贸nicos, 贸pticos o en cualquier otra tecnolog铆a, obtenida por el c贸digo QR, se reconoce como prueba plena; ISR deducci贸n de intereses reales efectivamente pagados por cr茅ditos hipotecarios, art 151, fracci贸n IV, de la LISR, est谩 limitada a un bien inmueble destinado a casa habitaci贸n.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado d铆a 22 de abril de 2022, donde sobresalen los siguientes rubros: 



  1. FACTURAS. EL C脫DIGO QR (DEL INGL脡S QUICK RESPONSE CODE O C脫DIGO DE RESPUESTA R脕PIDA) QUE EN ELLAS SE CONTIENE, CONSISTE EN UN ELEMENTO PARA LA VERIFICACI脫N DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET (CFDI) QUE ARROJA INFORMACI脫N FIDEDIGNA DE LOS QUE PARTICIPARON EN EL ACTO DE COMERCIO.
  2. FACTURAS. LA INFORMACI脫N GENERADA O COMUNICADA QUE CONSTE EN MEDIOS ELECTR脫NICOS, 脫PTICOS O EN CUALQUIER OTRA TECNOLOG脥A, OBTENIDA A TRAV脡S DEL C脫DIGO QR QUE AQU脡LLAS CONTIENEN, SE RECONOCE COMO PRUEBA PLENA.
  3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. LA DEDUCCI脫N DE LOS INTERESES REALES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR CR脡DITOS HIPOTECARIOS PREVISTA EN EL ART脥CULO 151, FRACCI脫N IV, DE LA LEY RELATIVA, EST脕 LIMITADA A UN BIEN INMUEBLE DESTINADO A CASA HABITACI脫N.

#SCJN - TESIS 馃搷 Debida diligencia en la investigaci贸n de los delitos, el FGR y el Titular de la Fiscal铆a Especializada en materia de los DH est谩n facultados para supervisarla; Protecci贸n al consumidor, aplicable el Principio Favor Debilis para la acreditaci贸n de vicios ocultos. ✅



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


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M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 08 de abril de 2022


Protecci贸n al consumidor, aplicable el Principio Favor Debilis para la acreditaci贸n de vicios ocultos; Debida diligencia en la investigaci贸n de los delitos, el FGR y el Titular de la Fiscal铆a Especializada en materia de los DH est谩n facultados para supervisarla.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado d铆a 08 de abril de 2022, donde sobresalen los siguientes rubros:



  1. PROTECCI脫N AL CONSUMIDOR. ES APLICABLE EL PRINCIPIO FAVOR DEBILIS PARA LA ACREDITACI脫N DE VICIOS OCULTOS.
  2. DEBIDA DILIGENCIA EN LA INVESTIGACI脫N DE LOS DELITOS. EL FISCAL GENERAL DE LA REP脷BLICA Y EL TITULAR DE LA FISCAL脥A ESPECIALIZADA EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS EST脕N FACULTADOS PARA SUPERVISARLA, RESPECTO DE LAS FISCAL脥AS A SU CARGO, A FIN DE GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS DE EFICIENCIA, EFICACIA Y PROFESIONALISMO.

#SCJN - TESIS 馃攷 Pensi贸n por viudez, art 129, primer p谩rrafo, de la Ley del Seguro Social; Acciones afirmativas, mujeres con discapacidad tengan acceso a los beneficios previstos en el programa "Ciudad Segura y Amigable para mujeres y ni帽as". ☑



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


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M A T E R I A    C O N S T I T U C I O N A L


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 11 de marzo de 2022


Acciones afirmativas, mujeres con discapacidad tengan acceso a los beneficios previstos en el programa "Ciudad Segura y Amigable para mujeres y ni帽as"; Pensi贸n por viudez, art 129, primer p谩rrafo, de la Ley del Seguro Social.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer el pasado d铆a 11 de marzo de 2022, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde sobresalen los siguientes precedentes: 



  1. ACCIONES AFIRMATIVAS. SU IMPLEMENTACI脫N GARANTIZA QUE LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD TENGAN ACCESO A LOS BENEFICIOS PREVISTOS EN EL PROGRAMA "CIUDAD SEGURA Y AMIGABLE PARA MUJERES Y NI脩AS", AL USAR EL TRANSPORTE P脷BLICO Y CONCESIONADO DE LA CIUDAD DE M脡XICO CON APOYO DE PERSONAS DEL SEXO MASCULINO.
  2. PENSI脫N POR VIUDEZ. EL P脕RRAFO PRIMERO DEL ART脥CULO 129 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, AL PREVER COMO CONDICI脫N PARA SU OTORGAMIENTO QUE EL ASEGURADO FALLECIDO TENGA ACREDITADO EL PAGO DE CIENTO CINCUENTA SEMANAS COTIZADAS COMO M脥NIMO, NO VIOLA EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL CONTENIDO EN LA FRACCI脫N XXIX DEL APARTADO A DEL PRECEPTO 123 DE LA CONSTITUCI脫N GENERAL.

#SCJN - TESIS 馃敎 Negativa ficta en el Juicio Contencioso Administrativo; Recurso de Queja previsto en el art 58, fr II, inciso A), numeral 3, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. ✔



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S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A   (FISCAL)


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 08 de abril de 2022


Recurso de Queja previsto en el art 58, fr II, inciso A), numeral 3, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; Negativa ficta en el Juicio Contencioso Administrativo.



La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA (FISCAL), publicadas el pasado d铆a 08 de abril de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 



  • RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ART脥CULO 58, FRACCI脫N II, INCISO A), NUMERAL 3, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE A PROMOVER EL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAME EL INCUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE NULIDAD DICTADA POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.
  • NEGATIVA FICTA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. CUANDO NO SE AMPL脥E LA DEMANDA DE NULIDAD, EN T脡RMINOS DEL ART脥CULO 17, FRACCI脫N I, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, LA LITIS SE INTEGRA CON LOS HECHOS Y CONCEPTOS DE ANULACI脫N DE LA DEMANDA, AS脥 COMO DEL ANEXO CONSISTENTE EN LA SOLICITUD O PETICI脫N NO RESUELTA EN EL T脡RMINO DE TRES MESES, FRENTE A LOS MOTIVOS Y FUNDAMENTOS LEGALES QUE EXPRESE LA AUTORIDAD AL CONTESTAR LA DEMANDA INICIAL, POR LO QUE NO SE ACTUALIZA LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL ART脥CULO 8o., FRACCI脫N X, DEL CITADO ORDENAMIENTO.

#SCJN - TESIS 馃搧 Principio de Prevenci贸n en Materia Ambiental, su relaci贸n y alcance; Manifestaci贸n de impacto ambiental, su evaluaci贸n hol铆stica e integral. 馃搶



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N


S   C   J   N


M A T E R I A    A D M I N I S T R A T I V A


TESIS y JURISPRUDENCIAS del 01 de abril de 2022


Manifestaci贸n de impacto ambiental, su evaluaci贸n hol铆stica e integral; Principio de Prevenci贸n en Materia Ambiental, su relaci贸n y alcance.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACI脫N (SCJN), dio a conocer las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, publicadas el pasado d铆a 01 de abril de 2022, donde destacan los siguientes precedentes: 


  • MANIFESTACI脫N DE IMPACTO AMBIENTAL. SU EVALUACI脫N HOL脥STICA E INTEGRAL CON BASE EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ESTABLECIDO PARA TAL EFECTO EN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOL脫GICO Y LA PROTECCI脫N AL AMBIENTE, AS脥 COMO EN SU REGLAMENTO EN MATERIA DE EVALUACI脫N DEL IMPACTO AMBIENTAL, GARANTIZA UNA ADECUADA PROTECCI脫N AL MEDIO AMBIENTE.
  • PRINCIPIO DE PREVENCI脫N EN MATERIA AMBIENTAL. SU RELACI脫N Y ALCANCE CON EL DEBER DE CUIDAR EL MEDIO AMBIENTE REGULADO POR EL MARCO NORMATIVO CONVENCIONAL DE LA MATERIA.