jueves, 25 de enero de 2018

#SCJN - TESIS - Reconsideración en la LFCE; Desarrollo Urbano; Cuotas del IMSS; PROFECO.



SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Tesis y Jurisprudencias del 07, 21 y 28 de abril de 2017


M  A  T  E  R  I  A     A  D  M  I  N  I  S  T  R  A  T  I  V  A


Recurso de Reconsideración previsto en la LFCE; Autorizaciones en materia de desarrollo urbano; Cédula de Liquidación de COP; Procedimiento de verificación del origen de mercancías; Sanciones impuestas por la PROFECO por oposición a sus facultades de vigilancia y verificación; Reversión de bienes ejidales; Reclamo de un policía federal que solicita el pago de una pensión.




La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN) dio a conocer los pasados días 07, 21 y 28 de abril de 2017, las TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA ADMINISTRATIVA, donde sobresalen los siguientes precedentes:



  • RECURSO DE RECONSIDERACIÓN PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 39 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA, VIGENTE HASTA EL 6 DE JULIO DE 2014 Y 71 DE SU REGLAMENTO. SE RIGE POR EL SISTEMA DE LITIS ABIERTA.
  • AUTORIZACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO. PARA QUE LOS VECINOS AFECTADOS POR ÉSTAS ACREDITEN SU INTERÉS JURÍDICO PARA EXIGIR QUE SE APLIQUEN LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES PROCEDENTES, O BIEN, PARA INTENTAR LOS MEDIOS DE DEFENSA QUE PREVÉN LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES, DEBEN DEMOSTRAR OBJETIVAMENTE EL DAÑO QUE LES CAUSARON (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).
  • CÉDULA DE LIQUIDACIÓN DE CUOTAS OBRERO PATRONALES. CUANDO EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL LA EMITE, PERO NO ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL PARA FINCAR UN CRÉDITO FISCAL, LA NULIDAD DECRETADA DEBE SER LISA Y LLANA.
  • PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE MERCANCÍAS MEDIANTE CUESTIONARIOS ESCRITOS, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 506, PUNTO 1, INCISO A), DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE. LA AUTORIDAD ADUANERA ESTÁ FACULTADA PARA REQUERIR AL EXPORTADOR O PRODUCTOR LOS REGISTROS CONTABLES QUE ACREDITEN AQUEL ASPECTO.
  • SANCIONES IMPUESTAS POR LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR POR OPOSICIÓN A SUS FACULTADES DE VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN. REGLAS PARA SU INDIVIDUALIZACIÓN.
  • REVERSIÓN DE BIENES EJIDALES. LA ACCIÓN RELATIVA ES PRESCRIPTIBLE CUANDO EL FIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE FOMENTO EJIDAL (FIFONAFE) PRETENDE INCORPORAR AQUÉLLOS A SU PATRIMONIO, NO SI PRETENDE REINTEGRARLOS AL NÚCLEO DE POBLACIÓN AFECTADO CON EL DECRETO EXPROPIATORIO.
  • COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECLAMO DE UN POLICÍA FEDERAL QUE SOLICITA EL PAGO DE UNA PENSIÓN A CARGO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. AL PERTENECER CONSTITUCIONALMENTE A UN RÉGIMEN ESPECIAL, CORRESPONDE AL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.


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