SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
Tesis y Jurisprudencias del 30 de junio de 2017
M a t e r i a L a b o r a l
Trabajadores al servicio del Edo de Jalisco y sus municipios; Pensión por orfandad; Prescripción en materia laboral; Conflictos individuales de seguridad social.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA LABORAL, publicadas el pasado día 30 de junio de 2017, donde destacan los siguiente precedentes:
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. FORMA EN QUE LA ENTIDAD PÚBLICA (DEMANDADA) DEBE PLANTEAR LA EXCEPCIÓN DE NOMBRAMIENTO DE CONFIANZA DEL SERVIDOR PÚBLICO, CUANDO SE SUSTENTE EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY RELATIVA (LEGISLACIÓN VIGENTE DEL 23 DE FEBRERO DE 2007 AL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2012).
- PENSIÓN DE ORFANDAD. DE LA INTERPRETACIÓN CONFORME DE LOS ARTÍCULOS 156 Y 157 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA SE CONCLUYE QUE SU MONTO MÍNIMO NO DEBE SER MENOR AL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE.
- PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. NO REÚNE LOS REQUISITOS PARA SU ESTUDIO, CUANDO LA EXCEPCIÓN PLANTEADA SOBRE PRESTACIONES QUE POR QUEDAR COMPRENDIDAS EN EL AÑO ANTERIOR A LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, AÚN NO PRESCRIBEN.
- CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL. CUANDO SE ACTUALICE LA EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD DE LA DEMANDA ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL ACTOR A LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS DEL ARTÍCULO 899-C DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, NO SE DEBE ABSOLVER RESPECTO DE LAS PRESTACIONES RELACIONADAS, SINO DEJAR A SALVO SUS DERECHOS PARA QUE LOS HAGA VALER EN DIVERSA OPORTUNIDAD.
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