SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
S C J N
M A T E R I A C O N S T I T U C I O N A L
TESIS y JURISPRUDENCIAS del 30 de noviembre de 2018
Usuarios de drogas; Suplencia de la queja deficiente en el Juicio de Amparo; Reasignación sexo-genérica; Aguinaldo del personal técnico operativo y confianza, haberes y policías complementarias en la CDMX.
La SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN), dio a conocer el pasado día 30 de noviembre de 2018, las diversas TESIS y JURISPRUDENCIAS en MATERIA CONSTITUCIONAL, donde destacan los siguientes precedentes:
- USUARIOS DE DROGAS. CONSTITUYEN UN CRITERIO DE
CLASIFICACIÓN SOSPECHOSO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN
FEDERAL.
- SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN EL
JUICIO DE AMPARO. EL
ARTÍCULO 79, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE LA MATERIA, AL EXCLUIR DE ÉSTA A LA
MATERIA LABORAL NO VULNERA EL DERECHO HUMANO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.
- REASIGNACIÓN SEXO-GENÉRICA. LOS ARTÍCULOS 48, 130 Y 131 TER DEL
CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, AL PREVER QUE LA SOLICITUD DE
MODIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD EN CUANTO AL NOMBRE Y SEXO DEBE
TRAMITARSE EN LA VÍA JUDICIAL Y NO EN LA ADMINISTRATIVA, LIMITAN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
A LA NO DISCRIMINACIÓN, IGUALDAD, LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD E
IDENTIDAD DE GÉNERO Y DE ACCESO A LA JUSTICIA.
- REASIGNACIÓN SEXO-GENÉRICA. LA MEDIDA LEGISLATIVA QUE REGULA EL
TRÁMITE PARA LA ADECUACIÓN INTEGRAL DEL ACTA DE NACIMIENTO DE LAS PERSONAS
TRANSGÉNERO, MEDIANTE UN PROCEDIMIENTO JURISDICCIONAL, NO SUPERA EL TEST DE
PROPORCIONALIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
- AGUINALDO DEL PERSONAL TÉCNICO OPERATIVO
BASE Y CONFIANZA, HABERES Y POLICÍAS COMPLEMENTARIAS DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA CENTRALIZADA, DESCONCENTRADA, PARAESTATAL Y DELEGACIONES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO. EL CAPÍTULO
III DE LOS LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE LES OTORGA EL PAGO DE ESE
CONCEPTO, PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 1 DE
DICIEMBRE DE 2017, AL ESTABLECER QUE AQUÉL SE PAGARÁ CONFORME AL SALARIO BASE,
VIOLA EL ARTÍCULO 127 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
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